IMPUESTO DE SUCESIONES

Adiós a pagar por una herencia: el truco para evitar el Impuesto de Sucesiones que pocos conocen

Los herederos se pueden acoger a la ley para evitar pagar el Impuesto de Sucesiones por una herencia

Impuesto Sucesiones
(Foto: Freepik)
Pedro Antolinos

En España es posible evitar pagar el Impuesto de Sucesiones al recibir una herencia acogiéndose a la ley. Esto es posible gracias a un artículo publicado en el Texto Refundido de la Ley del Impuesto de Sucesiones que permite a los herederos poder disponer del dinero del testado para hacerse cargo de sus bienes. Para ello tendrá que cumplir con unos requisitos que explica la notaria Cristina Clemente en un vídeo publicado en las redes sociales. Consulta en este artículo todo lo que debes saber sobre el pago del Impuesto de Sucesiones a la hora de recibir una herencia.

El Impuesto de Sucesiones es un tema manido y por ello en los últimos meses se han sucedido las publicaciones que hablan de una cláusula secreta en la herencia que exime a los herederos de este gravamen. Concretamente, se apunta a un apartado en el tercio de libre disposición, por el que los familiares del fallecido no tendrían que recurrir a los fondos propios. El pago en sí vendría procedente de los fondos del testador. Pero esto no es del todo cierto, según apunta la notaria Cristina Clemente en un vídeo publicado en las redes sociales.

«Por favor, desde aquí, como notario, hago un llamamiento: ni un sólo vídeo más hablando de incluir en el testamento la cláusula de libre disposición para así no pagar el impuesto de sucesiones o poderlo pagar con cargo al dinero de la herencia», comienza diciendo en un vídeo publicado por esta experta en la materia que se caracteriza por aconsejar a los ciudadanos a través del perfil @notariabuendia.

@notariabuendia ¿Has oído hablar de la famosa “cláusula de libre disposición” en los testamentos para evitar pagar el impuesto de sucesiones? . 🚫 ¡Alerta! No caigas en la trampa de los reels ‘virales’ que desinforman. Esa cláusula NO existe. No necesitas inventar nada en tu testamento para disponer del dinero de la herencia y afrontar el impuesto. . 📜 La propia Ley (¡SÍ, la Ley, no un gurú de internet!) permite usar los fondos del causante para pagar el impuesto, siempre que puedas acreditar que eres heredero o legatario. Con los documentos correctos y si hay saldo en la cuenta, es suficiente. . No te dejes llevar por atajos falsos. Infórmate bien, protege tu legado y elige siempre el asesoramiento profesional. . Tú tienes derecho a elegir Notario. Un Notario que te escuche, te acompañe. Tu historia, nuestra firma. ❤️ . #Herencias #NotarioDeConfianza #TuHistoriaNuestraFirma ♬ sonido original – notariabuendia

«Un escalofrío recorre mi cuerpo cuando veo un nuevo reel hablando de incluir en el testamento la cláusula de libre disposición», dice antes de irse a la ley para explicarlo. «No, no podemos incluir en el testamento una cláusula inventada por algún gurú jurídico, porque es la ley en concreto, en el artículo 80.2, apartado tercero del Texto Refundido de la Ley del Impuesto de Sucesiones, la que permite disponer del dinero de la cuenta del causante para poder pagar el Impuesto de Sucesiones», cuenta.

El truco con el Impuesto de Sucesiones y la herencia

Natalia Clemente cita los documentos que serán necesarios para poder acogerse a la ley y poder recurrir a los fondos del testado para hacer frente al Impuesto de Sucesiones. La notaria viral en las redes sociales señala que para acogerse a esta norma habrá que cumplir con dos requisitos:

  • Acreditar que somos los herederos: Para ello habrá que aportar el certificado de defunción, últimas voluntades, la copia autorizada del último testamento o, si no lo hizo, el acta de notoriedad de declaración de herederos y el impuesto de autoliquidación del Impuesto de Sucesiones.
  • Que haya dinero en la cuenta del causante.

Con respecto al pago del Impuesto de Sucesiones, también hay que destacar que en la mayoría de las comunidades autónomas en las que gobierna el Partido Popular, el pago de este impuesto está bonificado al 99%. Por ello, en el caso de los parientes directos, como son hijos y otros descendientes, padres y otros ascendientes, y cónyuges, este pago es algo simbólico.

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