TSJM

Condenado a 2 años de cárcel un ex líder de la peña madridista Veteranos de Ochaíta por robar a la entidad

El ex vicepresidente de la peña Veteranos hizo decenas de transferencias a cuentas corrientes ajenas a la agrupación

Usó hasta una cuenta bancaria de su propia madre sin aportar pruebas documentales para justificar esas transferencias

Peña Madridista,cárcel
Grada de animación de la peña Veteranos.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha confirmado la condena de dos años de cárcel al ex vicepresidente de la Asociación Peña Madridista Veteranos por un delito continuado de apropiación indebida. La sentencia, que adelanta OKDIARIO, acredita que el acusado «desde julio de 2017 hasta noviembre de 2020, extrajo de las cuentas bancarias de la asociación la cantidad de 98.146,02 euros, sin estar autorizado e incorporando dicha cantidad a su patrimonio».

Tras la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid ahora un tribunal de tres magistrados, en el que Matías Madrigal ha ejercido de ponente, detalla que este peñista, nacido en Madrid hace 56 años, sin antecedentes penales, hizo esos ingresos en sus cuentas «con ánimo de enriquecimiento injusto y aprovechando su condición de vicepresidente de la Asociación Peña
Madridista Veteranos». Se trata de la peña que, entre otros, creó el conocido José Luis Ochaíta, dirigente histórico de Ultra Sur.

El condenado en primera instancia recurrió la pena de cárcel impuesta por la Audiencia Provincial, pero el TSJM ha tumbado su recurso. En la Justicia española sólo puede acudir ahora al Tribunal Supremo si considera que se ha cometido algún error en el juicio que tiene interés para sentar jurisprudencia. En todo caso, al no tener antecedentes y ser una pena de dos años el peñista no pasará por prisión.

663 transferencias

Queda constatado que el ex vicepresidente de Veteranos hizo «cuarenta
transferencias por un importe total de 4.314 euros», «dieciocho
transferencias por un importe total de 2.347,65 euros» y «seiscientas
cinco transferencias por un importe total de 91.484,37 euros». En total, casi 100.000 euros en 663 transferencias de diversas cuantías

Alegaba que era su sueldo por trabajar en la peña. Sin embargo, no ha podido presentar por ahora prueba documental alguna que acredite que tenía derecho a esa remuneración. Existe otro juicio pendiente en la jurisdicción laboral para tratar de aclarar ese punto. En todo caso, los dirigentes de Veteranos, entre otros, Ochaíta, declaró en sede judicial en contra suya.

A la pena de dos años de cárcel el destacado miembro de la peña madridista suma la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de ser candidato en elecciones durante esos dos años 7 meses de multa con una cuota diaria de 5 euros (1.050 euros) y, en concepto de indemnización la misma cantidad que sustrajo (98.146’02 euros) «por los perjuicios causados, con aplicación del interés legal de la Ley de Enjuiciamiento Criminal».

«Un perfecto desbarajuste»

Los jueces tumban sus argumentos de una forma directa. «Entre un totum revolutum de discrepancias, el recurso, relativiza -cuando no tacha de falsas o mentiras- las declaraciones testificales depuestas en el plenario; desglosa de forma confusa una particular versión de los hechos muy diferente a la recogida en los hechos probados, que tiene como denominador común poner de relieve que la Peña Madridista Veteranos (PMV) era un «perfecto desbarajuste», que jamás arqueó ni cuadró sus cuentas salvo a partir del año 2015, precisamente cuando el recurrente lo hizo, siendo aprobadas», recoge el fallo judicial.

El recurrente defendía que «era un mero administrativo y le pagaban como a tal, pese a trabajar tarde y noche, días de diario, fines de semana y meses de verano, sin que el presidente y el tesorero cumplieran sus funciones». Sin embargo, el TSJM no da por buenos esos argumentos para anular la sentencia.

«Este Tribunal entiende que no pueden ser acogidas ninguna de las alegaciones efectuadas por el recurrente y que revelan su discrepancia con la labor de valoración que ha llevado a efecto quien entendemos, por el contrario, ha motivado suficientemente su fallo condenatorio valorando de modo racional el resultado de la prueba practicada en el juicio oral», señalan los magistrados.

Agente de la UDEF

«Una valoración y análisis racional y lógico es desplegada en la sentencia para alcanzar una inmutable conclusión condenatoria. La misma ha tenido por objeto las diversas declaraciones de testigos, entre ellos un policía nacional, y la amplia prueba documental, cuyo respectivo contenido, el recurrente no duda en considerar de mentiroso y falaz sin contraste probatorio alguno», agrega la sentencia.

Precisamente un agente de la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF) de la Policía Nacional corroboró «la recepción de la denuncia interpuesta, la comprobación de que los estatutos de la asociación describían su carácter no remunerado y altruista, el análisis de las cuentas bancarias, la constatación de las transferencias por diferentes
conceptos extravagantes y el desvío de más de 90.000 euros».

Cuenta de su madre

Lejos de acreditar el consentimiento y conocimiento del presidente y demás directivos y miembros de la Peña en la realización de las transferencias, la prueba ha permitido «concluir que se envían a la cuenta de la madre del recurrente posibilitando la incorporación del dinero al patrimonio del acusado recurrente». No ha podido acreditar que la peña tuviera, como defendía, una deuda con su citada familiar directa.

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