Urbanismo

Palma avala el cambio de local a vivienda pero no se subirán alturas en el centro ni en zonas singulares

El crecimiento en alzada no será efectivo o se condiciona en una veintena de núcleos tradicionales

El cambio de uso comercial a residencial estará prohibido en el casco antiguo, Nuredduna o General Riera

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El concejal de Urbanismo del Ayuntamiento de Palma, Óscar Fidalgo.
Indalecio Ribelles
  • Indalecio Ribelles
  • Redactor OKDIARIO en Baleares, información local de Palma, social y política en general. Antes, redactor en EL MUNDO/ Baleares durante 20 años.

La Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Palma ha aprobado este martes la propuesta de aplicación del Decreto Ley de Vivienda del Govern en Palma y ahora será el pleno municipal del próximo 30 de noviembre el que deberá dar el visto bueno para aprobar, definitivamente, la propuesta que sería de aplicación inmediata en el municipio.

El pasado 2 de octubre el Govern aprobó el Decreto Ley de medidas urgentes para facilitar el acceso a la vivienda en los municipios de Baleares, entre ellos Palma, que posibilita a los ayuntamientos acordar su aplicación, tal y como ha explicado el regidor de Urbanismo, Vivienda y Proyectos Estratégicos, Óscar Fidalgo, en rueda de prensa. En su comparecencia, el edil del PP ha precisado que el cambio de uso de local a uso residencial sólo estará permitido en la denominada profundidad edificable en Palma.

En concreto, según ha detallado Fidalgo, el cambio de uso de local a uso residencial en planta baja, superado el espacio edificable delimitado, sólo se permitirá en dependencias anexas a la vivienda. Y, en planta piso, por encima de la planta baja, el cambio de uso de local a residencial solo será posible en aquellas parcelas que tengan uso residencial plurifamiliar como uso principal, así previsto en el planeamiento urbanístico.

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Zonas de Palma en las que no estará permitido incrementar alturas.

El cambio de uso de locales comerciales, oficinas o definición análoga a uso residencial de edificios declarados Bien de Interés Cultural (BIC) requerirá en todo caso, ha precisado el regidor de Urbanismo, Vivienda y Proyectos Estratégicos, de un informe favorable de la administración competente.

Quedarán asimismo excluidos de la aplicación los locales de planta baja situados fuera de lo establecido en esta propuesta en las calles programadas por el Ayuntamiento de Palma. En concreto, estará vetada en el centro histórico y en ejes como Nuredduna, General Riera o 31 de Diciembre y en caso de bajos en edificios catalogados por su interés arquitectónico o histórico, será necesario un informe municipal favorable.

Por otro lado, en cuanto a la aplicación de la disposición para permitir el crecimiento en altura, el regidor ha señalado que debido a razones de ámbito paisajístico, de la preservación del entorno y de zonas de calidad ambiental, el Consistorio excluye o condiciona la aplicación de este decreto en algunos ámbitos.

Concretamente, en el conjunto del centro histórico declarado BIC por resolución del Consell; en el conjunto histórico del Jonquet declarado BIC, en edificios, entornos y ámbitos declarados BIC, bien cultural o incluidos en el catálogo municipal de protección de edificios y elementos de interés histórico, artístico, arquitectónico y paisajístico.

Además, se excluye o condiciona la aplicación de este decreto en los núcleos tradicionales como Génova, Son Serra, Son Llull, La Vileta, Son Rapinya, Son Espanyolet, Es Secar de la Real, Establiments, Son Sardina, El Molinar, Coll d’en Rabassa, Es Pil·larí, S’Aranjassa, Sant Jordi, Sa Casa Blanca y Hostalets, así como los ámbitos del PERI de El Terreno, Plan Especial de Protección de Patrimonio de Santa Catalina, núcleo de la Soledat Sud y el núcleo de El Molinar.

También, esta disposición para permitir el crecimiento en alzada incluye la zona de ordenación de viviendas tradicionales (VT) del Plan de Reconversión Integral de Playa de Palma, primera línea de Costa y fachada marítima.

En relación a los terrenos calificados como equipamiento público, se ha aprobado que el cambio de uso en parcelas situadas en suelo urbano con la calificación de dotación pública que todavía no haya sido desarrollado a residencia destinada a vivienda protegida en régimen de alquiler, se permitirá, previa valoración favorable y de idoneidad, la edificabilidad máxima permitida que se pueda destinar a uso residencial de vivienda protegida en régimen de alquiler.

Palma vivienda
Zonas de Palma donde no estará permitido el cambio de uso comercial a residencial.

Palma tendrá vivienda a más altura

Mientras, en los terrenos calificados como equipamiento privado, el cambio de uso en parcelas situadas en suelo urbano con la calificación dotacional de privadas, que todavía no haya sido desarrollado a residencial destina a viviendas de precio limitado, se permitirá previa emisión de informe favorable su edificabilidad.

Con todo, según ha explicado el regidor Óscar Fidalgo, el promotor que desee edificar en alzada deberá informar a Urbanismo de su intención de edificar en alturas, quien le comunicará la altura máxima que puede edificar, las condiciones de edificabilidad y el pago por exceso de aprovechamiento.

Fidalgo ha concluido su exposición valorando el Decreto de Vivienda del Govern, «hecho con criterios técnicos, razonables y absolutamente ponderables»; así como la «voluntad conciliadora», del Ayuntamiento, cuya propuesta de aplicación se ha elaborado «sin prisa y escuchando la opinión de los técnicos municipales». Por esto, y dado que la vivienda es «una cuestión de ciudad», el regidor ha pedido «responsabilidad» a la oposición.

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