Alevoso tijeretazo a las pensiones de los funcionarios de Justicia

Alevoso tijeretazo a las pensiones de los funcionarios de Justicia

Aviso a navegantes: el Gobierno acaba de recortar la pensión a más de 2.000 funcionarios de Justicia por la vía de un cambio de criterio en el reconocimiento de las cotizaciones, después de que se haya producido el traspaso a la Seguridad Social de la gestión de las prestaciones de los funcionarios inmersos en las denominadas clases pasivas. Este organismo  no ha computado, a efectos de cotización, los años de ocupación interina de los puestos de trabajo de la Administración de Justicia, viéndose afectados todos los cuerpos de la Administración de la Justicia que hayan pasado por esta fase de interinidad: jueces, fiscales, letrados de la Administración, cuerpos generales y especiales. Según cálculos de los propios funcionarios, los recortes pueden afectar a entre 2.000 y 3.000 personas ellos, parte de los cuales ya ha accedido a la jubilación.
Estamos ante una medida injusta y caprichosa, toda vez que la situación anterior en la que se encontraban estos funcionarios contaba con el visto bueno de la Administración, que ahora cambia de criterio llevándose por delante derechos adquiridos.

Antes de 1990 los funcionarios interinos de Justicia carecían de un sistema de cotización para su jubilación. Esta situación irregular fue denunciada y sancionada por los Tribunales de tal manera que en ese año  la Administración se vio obligada a regularizar su situación. No obstante, con el paso del tiempo, ese personal, al acercarse su jubilación, ha ido comprobando que esos periodos anteriores al año 1990 no se han computado a efectos de jubilación. La Administración estableció un mecanismo de regularización y ese compromiso se recogió en el acuerdo firmado en diciembre de 2015 . La situación se resolvió para aquellos que, con posterioridad, aprobaron su oposición y se integraron en el régimen de clases pasivas, pero no corrieron la misma suerte quienes no lo hicieron y llegan a la edad de jubilación en el régimen general de la Seguridad Social.

Parece evidente que un cambio de criterio administrativo no puede suponer una merma en las pensiones, porque si así fuera estaríamos ante una situación de gravísima inseguridad jurídica.  Hasta el 6 de octubre, los funcionarios de justicia titulares que se jubilaban por el régimen de clases pasivas veían reconocido todo su periodo de tiempo trabajado para acceder a la jubilación, pero ahora se ha cambiado el criterio de tal manera que este colectivo de funcionarios se ve obligado a retrasar su jubilación en una media de 2 años o de lo contrario verían reducida su pensión en un 20 por ciento (aproximadamente unos 350 euros).  En suma, una tropelía administrativa de dimensiones colosales.

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