González pide a la Guardia Civil que no utilice su BMW y su Smart «porque no han servido para cometer delitos»
El expresidente de la Comunidad de Madrid, Ignacio González, no quiere que la Guardia Civil utilice su BMW 330D (valor aproximado de 50.000 euros) y su Smart Fortwo Coupé (valor aproximado de 18.000 euros) intervenidos tras estallar la ‘Operación Lezo’ porque «no constituyen medio para llevar a cabo ninguna actividad delictiva».
En un escrito remitido al titular del Juzgado Central de Instrucción nº 6 de la Audiencia Nacional Manuel García-Castellón, al que ha tenido acceso OKDIARIO, la defensa de González muestra su rechazo a que se autorice a la Guardia Civil «la adjudicación y utilización de los vehículos».
Según el escrito, «la solicitud de autorización de uso de los vehículos intervenidos debe desestimarse porque (con independencia de que no se conocen sus términos, y no puede haber trámite real de alegaciones respecto de una solicitud de la que no se da traslado a las partes) no pueden concurrir los presupuestos necesarios para justificarla, pues los dos vehículos intervenidos a mis representados no constituyen medio para llevar a cabo ninguna actividad delictiva».
«Esta parte», añade, «no alcanza a comprender cuál de los delitos por los que se sigue la presente causa contra Ignacio González (prevaricación, malversación de caudales públicos, corrupción en los negocios, negociaciones prohibidas a funcionarios, fraude, tráfico de influencias, cohecho, o blanqueo de capitales) exige, como medio comisivo esencial, un vehículo, de tal modo que pueda ser considerado efecto o instrumento del delito, y por ello hacer necesaria su intervención o embargo».
«Tampoco puede concebir esta parte que pueda existir en las actuaciones una concreta prueba (que, evidentemente, no se ha exteriorizado en el Auto por el que se da traslado a las partes para alegaciones) que vincule el vehículo Smart Fortwo Coupé de mi mandante Ignacio González, con ninguna actividad que pueda reputarse delictiva».
A continuación, el escrito señala que «ese vehículo, como resulta de la investigación que se ha efectuado en la presente causa, y figura en la documentación intervenida en la entrada y registro de su domicilio particular lo adquirió mi mandante en 2015, sin empleo de ningún dinero de cuyo origen pueda sospecharse: un pago inicial hecho con el producto de la indemnización que mi representado recibió de la compañía aseguradora Mutua Madrileña Automovilista (por la sustracción de un anterior vehículo), y plazos mensuales de 176,10 euros, mediante recibos domiciliados» en una cuenta corriente abierta en BANKIA a su nombre, y en la que no existe ningún ingreso irregular o desconocido para la investigación».
El letrado del expresidente madrileño sostiene que «tampoco tiene ninguna justificación que se estime que el vehículo BMW 330D, titularidad de Lourdes Cavero (que únicamente se encuentra, al parecer, investigada por un presunto delito de blanqueo de capitales), puede constituir un medio esencial para cometer este delito, cuando fue adquirido por ella hace seis años, está casada en separación de bienes, y fue abonado mediante una transferencia efectuada desde su cuenta corriente personal, con dinero proveniente de su propio trabajo y cuya trazabilidad puede efectuarse con la mera revisión de los extractos de la cuenta, que tiene a su disposición el Juzgado, obrantes, también, en la documentación intervenida en la entrada y registro de su domicilio particular».
La defensa de González concluye que «resulta así evidente que ni se cumplen los presupuestos formales para adoptar la medida que tan irregularmente ha solicitado la Guardia Civil, y cuya desestimación solicito, ni concurren tampoco los requisitos previstos en los artículos 127 y 127 bis del Código Penal para que los vehículos de mis representados sean intervenidos o decomisados, por lo que no puede autorizarse su utilización provisional por la Guardia Civil».
González seguirá en prisión
La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional rechaza hace unos días el recurso presentado por el expresidente de la Comunidad de Madrid para salir de prisión, donde se encuentra desde el pasado 21 de abril por su implicación en la Operación Lezo, al entender que “asistimos a una progresiva cristalización de los diferentes indicios de criminalidad”.
De esta manera, la Sala confirmaba la prisión incondicional acordada por el Juzgado Central de Instrucción 6 y rechazaba por segunda vez la solicitud de excarcelación de González, quien entendía que no existía riesgo real de fuga ni peligro de destrucción u ocultación de pruebas. Añadía que no posee medios económicos en el extranjero con los que emprender una nueva vida en Sudamérica, así como que tampoco se había tenido en cuenta su arraigo personal y familiar en España.