Bolsonaro firma un decreto que permite vender fusiles semiautomáticos a ciudadanos comunes

Jair Bolsonaro
Jair Bolsonaro (Foto: AFP)
Rafael Gallego

Jair Bolsonaro se ha metido en un nuevo charco con una decisión suya. Un decreto promulgado el pasado 30 de septiembre por el presidente brasileño abre un resquicio que posibilita la compra de algunos modelos de fusil semiautomático por parte de la población.

La modificación ha sido detectada por el Instituto Soy de Paz y confirmada por especialistas consultados por el periódico ‘O Globo’. Sin embargo, desde la Presidencia niegan que el texto del decreto permita esa venta de fusiles semiautomáticos.

En junio Bolsonaro ya modificó la normativa para incrementar la potencia de las armas que se pueden comprar y prohibir la venta de venta de armas portátiles a dos manos y de las no portátiles a ciudadanos comunes.

El nuevo decreto revoca esa prohibición y por tanto habilita la venta de armas largas tales como fusiles, carabinas y escopetas semiautomáticas.

El Supremo pide explicaciones

El juez del Tribunal Supremo Federal de Brasil Alexandre de Moraes ha remitido una notificación al presidente del país, Jair Bolsonaro, en la que le pide que explique sus recientes declaraciones en las que atribuyó los incendios de la Amazonía a organizaciones no gubernamentales (ONG).

El caso comenzó a raíz de una petición de la Asociación Civil Alternativa Terrazul, un grupo ecologista con sede en Fortaleza que cuestiona al presidente por las declaraciones realizadas en una entrevista el 21 de septiembre en la que apunta a las ONG por los fuegos.

«El crimen existe y nosotros tenemos que hacer todo lo posible para que no aumente, pero tiramos dinero en ONG, empapadas desde fuera (…). Puede estar habiendo, no lo estoy afirmando, una acción criminal de esos ‘oenegeros’ para llamar la atención contra mi persona y contra el Gobierno de Brasil», dijo.

Ahora la Asociación Civil Alternativa Terrazul realiza ocho preguntas a Bolsonaro a través del Supremo en las que pide pruebas que sustenten la afirmación del presidente o que aclare a qué entidades concretas se refería.

De Moraes ha considerado procedentes estas preguntas amparándose en un artículo del Código Penal sobre delitos contra a honra. Sin embargo, el presidente no tiene obligación de responder a este tipo de notificaciones.

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