Ministerio de Sanidad

El Supremo suspende el título creado por Mónica García que discrimina a 30.000 médicos

Un nuevo auto del Supremo descarta levantar la medida cautelar como le interesaba al Ministerio de Sanidad

Mónica García, fernando simón
Mónica García y Fernando Simón en el acto de aniversario. (EP)

El Tribunal Supremo ha ratificado la suspensión cautelar de una controvertida disposición del real decreto  impulsado por la ministra de Sanidad, Mónica García (Más Madrid), que perjudica directamente a más de 30.000 médicos en España. La decisión judicial supone un importante revés para el Ministerio de Sanidad y pone en entredicho la legalidad de un decreto que, según los argumentos judiciales, podría estar incurriendo en una discriminación profesional.

El conflicto se centra en el real decreto aprobado en julio de 2024, que establece el título de Médico Especialista en Medicina de Urgencias y Emergencias, y actualiza aspectos de la formación de Medicina Familiar y Comunitaria. La Asociación Española de Médicos Generales (ASEMEG) fue la primera en impugnar la norma, argumentando que la disposición transitoria primera del decreto podría vulnerar los derechos de un importante colectivo de profesionales.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo se ha pronunciado por ahora a favor de los intereses de esta asociación, a la que se han sumado media decena de agrupaciones profesionales de diferentes comunidades autónomas. En sus razonamientos jurídicos, los magistrados han dejado claro que lo fundamental es determinar si existe una razón jurídica válida para el trato diferenciado que propone la norma.

Específicamente, Mónica García y su ministerio cuestiona la competencia profesional de los médicos «post-95» –los que entraron a trabajar después del 1995 y no pasaron un examen que hicieron sus predecesores– que trabajan en servicios de urgencias y emergencias. Esta precisión legal parece apuntar a que el decreto podría estar basando sus diferenciaciones en criterios no objetivos.

La suspensión cautelar no afecta a la totalidad del decreto. Los magistrados han sido precisos al señalar que la suspensión se limita al acceso directo a la especialidad y no compromete otras vías de acceso ni la vía ordinaria MIR (Médico Interno Residente) que regula el mismo Real Decreto.

La Sociedad Española de Medicina de Urgencias y Emergencias (Semes) ha intentado sin éxito que se levantara la medida cautelar, pero el Supremo, tal como adelanta OKDIARIO, tumba su pretensión al considerar que no se habían presentado hechos realmente novedosos que justificaran tal levantamiento. Desde Asemeg consideran que Semes han vendido a sus compañeros que se han quedado discriminados.

La decisión judicial tiene importantes implicaciones para miles de médicos que llevan años trabajando en servicios de urgencias y emergencias. El decreto de Mónica García parecía establecer un sistema de acceso a la especialidad que puede dejar fuera a profesionales con años de experiencia. Abre la puerta a la paradoja de que entren médicos recién licenciados que tengan que dar clase a los experimentados que tras 15 años de carrera, también en la Sanidad privada, tienen que hacer el MIR.

La Asemeg, que interpuso el recurso original, ha visto respaldada su posición por el Tribunal Supremo. Los magistrados han sido tajantes al mantener la suspensión cautelar, lo que sugiere serias dudas sobre la legalidad del decreto.

Alberto González, uno de los médicos afectados y dirigente de esa asociación, explica a OKDIARIO que el Ministerio de Sanidad, liderado por Mónica García, no quiere ni recibirles para escuchar sus peticiones. También afea que estuvieron reunidos con el grupo parlamentario del PSOE en el Congreso, recibieron buenas palabras y de vuelta a casa Pedro Sánchez salió en rueda de prensa para anunciar el real decreto que perjudicaba sus intereses.

Se trata de una propuesta que llegó al Consejo de Ministros tras el acuerdo de la ministra de Sanidad y de la ministra de Ciencia, Innovación y Universidades, con la aprobación previa del Ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública.

El Gobierno de Pedro Sánchez deliberó al respecto y dio luz verde a la especialidad en su reunión del día 2 de julio de 2024. Días después se recurrió y en noviembre el Supremo aceptó la medida cautelar solicitada. Ahora, el 25 de febrero, en un auto ponencia del magistrado José Luis Requero, tumba la petición de levantar la cautelar.

En un auto del 5 de marzo de 2025, la representación de Asemeg solicitó la tramitación preferente del recurso, intentando agilizar el proceso y unificar la resolución de cinco recursos diferentes interpuestos contra el mismo Real Decreto. Sin embargo, el Supremo rechaza esta solicitud, argumentando que no se trataba de una litigiosidad masificada y que no existía una complejidad especial en la tramitación de los recursos.

En un auto posterior del 12 de marzo de 2025, el Supremo ha dado un paso más en su análisis del decreto. La representación de Asemeg propuso una prueba pericial que fue rechazada por los magistrados. El tribunal considera que lo fundamental era una cuestión estrictamente jurídica, sin necesidad de recurrir a informes periciales adicionales. Además, impone costas a la parte recurrente, limitándolas a un máximo de 500 euros.

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