El Gobierno obliga por ley a contabilizar a los menores asesinados por su padre pero no por su madre
El Ministerio de Igualdad impulsa una "estadística de víctimas por violencia contra la mujer"
El Gobierno elaborará anualmente una «estadística de víctimas mortales por violencia contra la mujer por razón de género», en la que se incluirá a los hijos asesinados por su padre, pero no por su madre. Así se recoge en el Anteproyecto de Ley Orgánica de medidas en materia de «violencia vicaria», aprobado recientemente por el Consejo de Ministros. La norma está impulsada por tres ministerios: Igualdad (Ana Redondo); Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes (Félix Bolaños) y Juventud e Infancia (Sira Rego).
El Ejecutivo define la «violencia vicaria» como «aquella violencia que, con el objetivo de causar dolor o sufrimiento a las mujeres, se ejerza sobre sus hijos e hijas o descendientes, así como sobre personas menores de edad sujetas a su tutela o guarda y custodia, o sobre los ascendientes o hermanos y hermanas de ésta, o sobre su cónyuge o persona a la que esté ligada por análoga relación de afectividad aun sin convivencia». Es decir, obvia la violencia cometida por la mujer para «causar dolor o sufrimiento» al hombre.
Esta desigual apreciación de la violencia se plasma en la nueva iniciativa que, entre otras medidas, incorpora un artículo 173 bis en el Código Penal para tipificar el delito. En este punto, se establece un tipo genérico, castigado con la pena de prisión de seis meses a tres años y privación del derecho a la tenencia y porte de armas de tres a cinco años. Pero, a continuación, distingue también entre el delito cometido contra la mujer, agravándolo en este caso. Así, «las penas se impondrán en su mitad superior cuando el delito sea cometido para causar daño o sufrimiento a quien sea o haya sido esposa o mujer que esté o haya estado ligada a él por una análoga relación de afectividad aun sin convivencia».
En la presentación del anteproyecto, la ministra de Igualdad, Ana Redondo, enmarcó la oportunidad de la norma ante un «contexto político de ola reaccionaria», y destacó las cifras de esta «durísima realidad»: desde el año 2013, un total de 65 niñas y niños han sido asesinados por violencia vicaria, 9 el año pasado y 3 en 2025. Esos datos no recogen los menores asesinados por sus madres.
La asociación Anavid, que defiende «visibilizar la violencia doméstica y ayudar a todas las víctimas» contabilizó 20 asesinatos de hijos a manos de su madre sólo en 2024. Unos datos que no figuran en los recuentos del Ministerio de Igualdad.
«Víctimas por violencia contra la mujer»
El anteproyecto modifica la Ley de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, aprobada durante el gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero (2004), para introducir la obligación de elaborar una «estadística de víctimas mortales por violencia contra la mujer por razón de género».
Se establece que «esa operación estadística deberá incluir de manera diferenciada a los hijos e hijas o descendientes o personas menores de edad sujetas a su tutela y guarda o custodia, así como a sus ascendientes, hermanos y hermanas o a quien sea su cónyuge o persona a la que esté ligada por una relación de afectividad con la mujer víctima de violencia vicaria que hayan sido asesinados en este contexto».
La elaboración de esa estadística corresponderá a la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género que, igualmente, «será la autoridad encargada de la verificación y confirmación oficial de los casos de víctimas mortales que sean hijos e hijas o descendientes de la mujer víctima, así como de aquellos ascendientes, hermanos y hermanas o quien sea su cónyuge o persona a la que esté ligada por una relación de afectividad, así como a las personas menores de edad sujetas a su tutela o guarda y custodia, cuando dichos asesinatos hayan tenido lugar en el contexto de la violencia vicaria».
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