Tribunal Supremo

La Fiscalía pide al Supremo que no condene a Montero por llamar «defraudador confeso» al novio de Ayuso

La defensa de González Amador alega que un argumentario demuestra que era una estrategia calculada del Gobierno

Hacienda transferencias familiares
Pedro Sánchez y María Jesús Montero. (EFE)

La Fiscalía ha solicitado al Tribunal Superior que desestime la demanda interpuesta por Alberto González Amador, pareja de la presidenta madrileña Isabel Díaz Ayuso, contra la vicepresidenta y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, por presunta vulneración del derecho al honor. La dirigente socialista dijo en los pasillos del Supremo que Ayuso vivía en una casa pagada con fraude fiscal sin que ningún periódico hubiera sacado esa conclusión previamente.

El caso ha quedado visto para sentencia tras la vista oral celebrada este jueves en la Sala Primera del Alto Tribunal. Tal como ha presenciado OKDIARIO, el Ministerio Público ha defendido que las declaraciones de Montero, quien calificó a González Amador de «defraudador confeso» y «delincuente fiscal», estaban amparadas por la libertad de expresión. 

Durante la vista, el representante de la Fiscalía argumentó que las manifestaciones de la ministra contaban con un «sustrato fáctico clarísimo» y respondían a un asunto de «interés general», dos elementos fundamentales para inclinar la balanza a favor de la libertad de expresión en el juicio de ponderación que debe realizar el tribunal entre este derecho y el derecho al honor.

Curiosamente, el fiscal ha dejado claro nada más empezar que no había sido instruido por ningún superior. «El principio de jerarquía que no ha sido ejercitado en absoluto por quien le pudiera corresponder», ha señalado al inicio de su alocución de conclusiones que, además, ha dicho que no estaba previsto realizar. «No hay problema, conocemos el tema», ha añadido.

En relación con los hechos a juzgar, el fiscal se ha agarrado a los emails filtrados que han provocado la imputación del fiscal general del Estado por parte de la Sala de lo Penal del Supremo. «Todo el mundo conoce que hay unos correos electrónicos en los que se admiten los delitos. Correos confidenciales pero que han llegado a la prensa. Todo el mundo los conoce y opina al respecto», ha afirmado el fiscal. Ha hecho referencia así a los correos privados del abogado de González Amador para negociar un pacto de conformidad que se filtraron.

El fiscal también destaca que González Amador tiene «proyección pública» no por sí mismo, sino por su relación con la presidenta de la Comunidad de Madrid. Ha recordado el caso del padre de un miembro de la Casa Real que también alegó eso en el Supremo pero que no fue aceptado.

Por su parte, la defensa de González Amador califica las declaraciones de la ministra como «expresiones muy graves que desbordan la libertad de expresión» y las consideró «absolutamente falsas». La abogada defensora, Guadalupe Sánchez –la misma que defiende al Rey Juan Carlos I frente a Miguel Ángel Revilla– insiste en que hasta la fecha, «en las diligencias de investigación de las que mi representado es objeto ni hay confesión ni se ha alcanzado ninguna conformidad» y que no existe sentencia condenatoria contra él.

«Cuando se imputan conductas delincuenciales concretas no se puede más que usar una sentencia condenatoria del tribunal competente», argumenta la letrada. Señala que las declaraciones fueron «reiteradas, nada menos que siete veces», con frases como «ha confesado delitos», «es un delincuente fiscal» o «ha comprado con fraude su vivienda».

«Estrategia calculada»

Un elemento controvertido durante la vista ha sido la solicitud de la defensa de que se aportaran un argumentario que la Secretaría de Estado de Comunicación o el PSOE hubieran podido proporcionar a la ministra.

La abogada cita explícitamente un correo electrónico del 3 de diciembre de 2024 con asunto «argumentario» que, según ella, demostraba que las declaraciones de Montero no fueron espontáneas sino «meditadas» y formaban parte de una estrategia concertada.

El tribunal rechazó analizar si las declaraciones de la ministra fueron replicadas por otros miembros del Gobierno, subrayando que el objeto del procedimiento se limita exclusivamente a determinar si las palabras de María Jesús Montero constituyen una vulneración del derecho al honor de González Amador.

Defensa de Montero

La Abogacía del Estado –que defiende a la vicepresidenta– se alineó con la posición de la Fiscalía, solicitando igualmente la desestimación de la demanda. Ambas instituciones coincidieron en que, aplicando la jurisprudencia del Tribunal Supremo, del Tribunal Constitucional y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, las declaraciones de Montero, aunque pudieran resultar «molestas» o «malsonantes», estarían amparadas por la libertad de expresión al referirse a un asunto de relevancia pública.

El caso se enmarca en un contexto de elevada tensión política, con acusaciones cruzadas entre el Gobierno central y la Comunidad de Madrid. La defensa de González Amador también aludió a una sentencia anterior de la misma sala que condenó a una ex ministra del anterior Ejecutivo, Irene Montero, por declaraciones similares, argumentando que debería aplicarse el mismo criterio.

La sentencia, que se conocerá en las próximas semanas, será determinante para establecer los límites de las declaraciones que pueden realizar miembros del Gobierno sobre personas investigadas pero no condenadas. La resolución podría sentar un precedente sobre el equilibrio entre el derecho al honor y la libertad de expresión en el ámbito político y mediático.

González Amador se encuentra actualmente investigado por presuntos delitos fiscales, aunque su defensa insiste en que no existe confesión ni acuerdo de conformidad, como sugirieron las declaraciones de la ministra Montero. La cuantía reclamada en la demanda por daños morales asciende a 40.000 euros

El abogado de González Amador concluyó solicitando la «condena en costas expresa y la estimación de la demanda», mientras que tanto la Fiscalía como la Abogacía del Estado pidieron su desestimación, quedando el asunto en manos del tribunal para su deliberación y fallo.

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