Dos jóvenes que abusaron en una casa okupa de 3 niñas se libran de 2,5 años de cárcel por la Ley Montero
Los jóvenes de entre 19 y 26 años mantuvieron relaciones sexuales completas con tres niñas de entre 14 y 15 años
OKDIARIO adelanta una sentencia del Tribunal Supremo en la que
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha aplicado la Ley del Sólo Sí es Sí impulsada por Irene Montero rebajando en dos años y medio de cárcel la condena a dos jóvenes que abusaron sexualmente en una casa okupada a dos niñas de 14 años y a una de 15 años en el barrio de Schamann, en Las Palmas de Gran Canaria. Los cuatro condenados pasan de, en total, ser condenados a 24,5 años de prisión a 22 años.
Tal como adelanta OKDIARIO, el Alto tribunal ha dictado una sentencia de la que el magistrado Andrés Palomo ha sido el ponente. Se revisa un caso que conmocionó a Canarias porque estaban implicados cuatro chicos de entre 19 y 26 años que usaban una «infravivienda» para abusar sexualmente de menores de 16 años. Por tanto, estas niñas estaban por debajo de la edad a partir de la cual se puede consentir relaciones sexuales. «Los acusados eran plenamente conscientes de la ilicitud de tener sexo con menores de 16 años, habiendo sido expresamente prevenido y advertido de ello uno de los acusados por una amiga común», recoge la sentencia.
El Supremo así retoca la sentencia de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Las Palmas de 2020. Este órgano consideró probado que Natanael, Karim, Jesús y Samuel frecuentaban la «infravivienda» donde «consumían sustancias estupefacientes». Además, en ocasiones dormían ahí y hacían sus actividades cotidianas.
El fallo recoge que la vivienda okupada por Jesús y Karim era empleada para «gozar de un espacio lúdico» en el cual consumir alcohol y sustancias psicotrópicas, así como de «invitar a las adolescentes y jóvenes que habían conocido tiempo atrás en la zona denominada como el ascensor del parque de Las Rehoyas con el fin de mantener relaciones con ellas, incluidas las sexuales, en las camas que había en varias de las habitaciones».
Los jóvenes que ven reducida su pena de cárcel gracias a Irene Montero, según la sentencia, con el «propósito de obtener satisfacción sexual», contactaron con las víctimas de 14, 14 y 15 años respectivamente. Les invitaron a la casa en cuestión «siendo plenamente conocedores ambos de la edad» de las afectadas. Una de las adolescentes se escapaba de un centro de menores para verse con los condenados.
Prácticas sadomasoquistas
Los jueces del tribunal constatan que se mantuvieron relaciones sexuales por parejas y en grupo. No usaban condón. En particular, dos de los encausados mantuvieron un encuentro sexual grupal en el que ataron a las menores, les taparon la boca con cinta adhesiva, también le dieron latigazos y la penetraron. La sentencia detalla todos los tipos de tocamientos que se realizaron. En el registro de la infravivienda, la Policía Nacional localizó guantes de boxeo, cintas elásticas, fustas y látigos usados por los jóvenes para su gusto por el sadomasoquismo.
De esta forma, el Supremo rebaja de 14 a 12 y de 5 a 4,5 años las condenas de cárcel a los jóvenes de 24 años en el momento de los hechos en aplicación de la Ley Montero. Se mantienen los 52.000 euros en indemnizaciones por los daños causados. En todos ellos se ha tenido en cuenta la circunstancia atenuante del Código Penal relativa a que el consentimiento libre del menor de 16 años excluirá la responsabilidad penal del autor cuando la edad y grado de desarrollo de madurez de este sea próximo al del menor.
Esta rebaja se sumará a las 1.205 que ya ha contabilizado el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) según el último balance que se hizo público en septiembre tras once meses transcurridos desde la aprobación de la Ley. De ellos, 121 han sido excarcelados. Posteriormente, el PSOE y el PP aprobaron otra normativa para rectificar la ley. No obstante, los condenados por agresión sexual hasta ese día pueden beneficiarse de la Ley Montero ya que les es más favorable.