Vigila tu cuenta: en cualquier momento Hacienda te va a quitar este dinero y te va a hacer polvo
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Noviembre es un mes que muchos temen por una razón: Hacienda. La Agencia Tributaria tiene previsto cobrar en este mes el segundo plazo de la declaración de la renta a aquellos contribuyentes que optaron por fraccionar el pago. Por este motivo es importante que vigiles tu cuenta: en cualquier momento Hacienda te va a quitar este dinero y te va a hacer polvo si no estás preparado. A continuación, te explicamos todo lo que debes saber sobre este cargo y cómo evitar posibles problemas.
En cualquier momento Hacienda te va a quitar este dinero
El mes de noviembre se acerca y con él, también se aproxima el plazo para saldar las cuentas pendientes con la Agencia Tributaria. Muchos contribuyentes que presentaron la declaración de la renta del ejercicio 2022 y les salió a pagar, optaron por fraccionar el pago en dos partes: una del 60% que se abonó en junio y otra del 40% que se debe pagar antes del 6 de noviembre.
Esta opción es una forma de facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales a aquellos ciudadanos que no disponen de los recursos suficientes para hacer frente al importe total de la deuda tributaria. Sin embargo, también implica estar atento a la fecha límite y tener suficiente saldo en la cuenta bancaria para evitar posibles recargos o sanciones.
¿Qué pasa si no se paga el segundo plazo a tiempo?
Si se domicilió el segundo pago de la renta, este se cobrará automáticamente el 5 de noviembre. Si no se domicilió, se puede realizar el pago mediante transferencia bancaria, ingreso en efectivo o tarjeta de crédito o débito a través de la página web de la Agencia Tributaria o en las entidades colaboradoras.
En cualquier caso, es importante no olvidarse de realizar el pago antes del 6 de noviembre, ya que si se incumple el plazo, Hacienda iniciará un procedimiento de apremio para reclamar la deuda. Esto supone que se aplicará un recargo del 5% sobre el importe adeudado, sin intereses ni sanción.
Si se sigue sin pagar después de recibir la notificación del recargo, Hacienda podrá aplicar un recargo ejecutivo del 10%, 15% o 20%, según el tiempo transcurrido, y además imponer una sanción por dejar de ingresar la deuda tributaria. Además, podrá embargar bienes y derechos del deudor hasta cubrir el importe total.
¿Qué pasa si Hacienda me tiene que devolver dinero?
Por otro lado, hay contribuyentes que presentaron la declaración de la renta y les salió a devolver, es decir, que pagaron más impuestos de los que les correspondían. En este caso, será Hacienda quien tenga que ingresarles el dinero en su cuenta bancaria.
La Agencia Tributaria suele empezar a realizar las devoluciones desde los primeros días de la campaña de la renta, pero tiene un plazo máximo de seis meses desde que finaliza el plazo de presentación de la declaración, es decir, hasta el 31 de diciembre.
Si pasado este plazo, Hacienda no ha devuelto el dinero, tendrá que pagar intereses de demora del 3,75% anual desde el 1 de enero hasta el día en que se ordene el pago. Además, el contribuyente podrá presentar una reclamación económico-administrativa o un recurso de reposición para exigir su derecho a la devolución.
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