Ley de Vivienda

Sánchez capea las exigencias de Podemos: el índice de precios de zonas tensionadas no llegará hasta 2024

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Nayara Mateo
  • Nayara Mateo
  • Redactora de economía, especializada en el sector inmobiliario, turismo, consumo y distribución. Antes en Expansión, Efe y Brainsre.news.

Este martes el Consejo de Ministros ha dado luz verde al anteproyecto de Ley de Vivienda. La normativa, que ha levantado polémica en el sector por la intervención de los precios del alquiler, se vislumbra como una nueva realidad que, sin embargo, tardará en llegar.

Según informan a OKDIARIO fuentes del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, el Gobierno va a tramitar el anteproyecto de ley con carácter urgente, para enviarlo al Congreso como proyecto antes de que finalice el ejercicio 2021. No obstante, el actual periodo de sesiones de la cámara termina en diciembre, por lo que la tramitación parlamentaria de la norma no comenzará hasta febrero de 2022, previsiblemente. Así, se estima que la Ley de Vivienda entrará en vigor en la segunda mitad del próximo año, es decir, dentro de un año aproximadamente.

Y desde que se apruebe la norma, el Ejecutivo dispondrá de un plazo máximo de 18 meses para elaborar con las comunidades autónomas un índice de precios de referencia para aplicar luego las bajadas del precio del alquiler en las zonas tensionadas -aquellas donde más se han incrementado los precios del alquiler-.

En este sentido, la ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Raquel Sánchez, ha matizado que se trata de un sistema «complejo» que obligará a analizar cada zona concreta y que, por tanto, llevará un tiempo. Por ello, se prevé que el control de los precios del alquiler de las viviendas ubicadas en las zonas tensionadas no llegue hasta, al menos, mediados de 2024.

Medidas clave

La futura Ley estatal de Vivienda limitará la declaración de zona tensionada a un periodo de tres años, con posibilidad de prorrogarse de forma anual si se siguen dando las condiciones que fundamentaron esta consideración.

Uno de los requisitos para que se considere zona de mercado tensionado es que el coste de la hipoteca o el alquiler (sumando los gastos de suministros) supere el 30% de los ingresos medios de los hogares del ámbito. El otro requisito es que el precio de compra o alquiler haya sufrido en los últimos cinco años un repunte de, al menos, el 5% superior porcentaje de crecimiento del Índice de Precios de Consumo (IPC).

Reserva del 30% a VPO

El anteproyecto contempla la reserva de un 30% en el suelo urbanizado para vivienda protegida y, de dicho porcentaje, la mitad deberá destinarse a alquiler social. No obstante, desde el ministerio matizan que se darán «las compensaciones que correspondan cuando se vean afectados derechos adquiridos».

Sánchez ha matizado que se pretende así ampliar el parque de vivienda público, que en la actualidad cuenta con unas 290.000 viviendas, lo que supone  una cobertura del 1,6% de la población, frente al 10% de los países de los países europeos. «Es una ley garantista y que protege al arrendatario y también al propietario, protege el derecho a la propiedad y en ningún caso supone una invasión de las competencias de las CCAA», ha asegurado la ministra..

Incentivo a pequeños propietarios

Por su parte, los pequeños propietarios pueden acogerse a incentivos fiscales en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) de hasta el 90% si bajan el precio de sus viviendas en alquiler. Esa bonificación  se activará si el dueño reduce de forma voluntaria la renta de su inquilino en un 5% con respecto al anterior contrato.

Asimismo, se contempla una bonificación del 70% si alquila por primera vez una vivienda en índices de referencia de zonas tensionadas y lo hace a una persona joven, de entre 18 y 35 años. Otra opción para acceder a esa bonificación es destinar la casa a alquiler social en un precio inferior a los programas públicos para personas en vulnerabilidad.

Por último, se bonificará en un 60% a los propietarios que hayan congelado los precios y hayan realizado obras de rehabilitación y un 50% para el resto de casos. Sin embargo, esto, en la práctica, se traduce una subida fiscal para aquellos propietario que no bajen los precios, puesto que, hasta ahora, la deducción por alquiler general era del 60% y pasa a ser del 50%.

Protección de parque público

La normativa protegerá de forma permanente el parque público de vivienda social, que no podrá ser enajenado, según informan desde Mitma. Además, introduce el concepto de vivienda asequible incentivada de titularidad privada, que otorgará «beneficios fiscales o de cualquier otra índole».

Otra de las medidas que incluye la Ley de Vivienda es el recargo de hasta el 150% al Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) en la cuota líquida a los pisos vacíos. Este castigo podrán aplicarlos los ayuntamiento y actualmente se sitúa en el 50%. El recargo se aplicará a viviendas desocupadas durante más de dos años y a propietarios titulares de un mínimo de cuatro viviendas en el mismo municipio.

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