Reto de la Financiación

¿Qué diferencias hay entre la quiebra y la suspensión de pagos?

Morosidad
Foto: GETTY/ISTOCK

A veces, dos conceptos que son distintos se toman como iguales y provocan confusión: la suspensión de pagos y la quiebra técnica. Antes de entrar en las diferencias entre ellos, explicaremos unos aspectos que son clave para entenderlos:

  • Activo corriente: se trata de aquellos bienes y derechos de la empresa que conforman su parte más líquida; es decir, todo aquello que es susceptible de convertir en dinero líquido en un periodo inferior a un año. En este apartado encontramos, básicamente, las existencias (aquellos productos en el almacén que esperan ser vendidos), las deudas que clientes y otros tienen contraídas con la empresa (que esperan ser cobradas en el plazo marcado) y el disponible en el banco o la caja.
  • Pasivo corriente: son aquellas deudas con terceros (entidades de crédito, proveedores, Administración Pública…) que la empresa ha contraído.
  • Fondo de maniobra: es el resultado de restar los dos conceptos anteriores. Si es positivo, significa que la empresa dispone de suficientes recursos a corto plazo para afrontar los pagos más inmediatos.
  • Patrimonio neto: son los recursos propios de la empresa, aquellos que ningún tercero puede exigir. Se trata del capital (las aportaciones de los socios de la empresa), las reservas (los beneficios que no se han repartido entre los accionistas) y el resultado del ejercicio.

¿Qué diferencia la suspensión de pagos y la quiebra?

La suspensión de pagos es una situación que se espera temporal por la cual el pasivo corriente de la empresa es superior al activo corriente. Por lo tanto, el resultado del fondo de maniobra es negativo. Ello no significa que la empresa no disponga de recursos, en un medio o largo plazo, para afrontar las deudas totales. Por lo tanto, en este caso, la solución pasa por renegociar la deuda con los terceros para conseguir un alargamiento del plazo de pago. En los casos más complejos, si así lo aceptan los acreedores, también se opta por realizar una determinada quita para, como mínimo, recuperar una parte del capital prestado.

La quiebra técnica, en cambio, implica que el pasivo total (contando también con las deudas a largo plazo) es superior al activo total (es decir, la totalidad de los bienes y derechos de la compañía). Ello implica, por lo tanto, un patrimonio neto negativo y la inexistencia, como consecuencia, de recursos propios. En este caso, como es de suponer, la resolución es mucho más compleja. En el momento que el empresario se declara en quiebra, los acreedores deben parar toda actividad de reclamación y el empresario debe de vender todo el patrimonio de la compañía para poder devolver el mayor porcentaje posible de aquello que debe.

Otra situación de quiebra es aquella en que, en un contexto de suspensión de pagos, no se demuestra la capacidad de poder hacer frente en un futuro a las deudas contraídas.

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