La empresa es condenada a pagar más de 100.000 euros

Panrico recurre al Supremo la sentencia que le obliga a seguir pagando ‘mordidas’

Panrico recurre al Supremo la sentencia que le obliga a seguir pagando ‘mordidas’
Trabajadores de Panrico en una protesta.

Panrico ha recurrido ante el Tribunal Supremo la sentencia de la Audiencia Nacional que le obliga a seguir pagando mordidas a CCOO. El grupo creado en 1963 por la familia de panaderos leridanos Costafreda ha sido condenado a pagar una indemnización de 103.807,93 euros por haber incurrido en “daños patrimoniales y morales por lesión del derecho fundamental de libertad sindical”, según la sentencia dictada por el presidente de la Sala de lo Social, el magistrado Ricardo Bodas Martín.

De esta indemnización,  a la Federación Agroalimentaria le corresponden 98.485,59 euros por estos conceptos, mientras que el resto irá a parar a uno de los liberados institucionales por las mismas causas.

Antes de llegar a la carrera judicial, el magistrado que ha condenado a Panrico destacó por su labor como abogado laboralista de CCOO durante quince años

Para CCOO, la sentencia de la Audiencia Nacional “ha supuesto un hito en el reconocimiento de derechos sindicales en las empresas”. En declaraciones a este diario, el responsable de Acción Sindical de la Federación Agroalimentaria de CCOO, Jorge Tomé, niega haber percibido ninguna “mordida” ni estar “domesticado” y considera los pagos como “un derecho reconocido y firmado por la Justicia”.

No obstante, se da la circunstancia de que, antes de llegar a la carrera judicial en 1990, el magistrado Bodas destacó por su labor como abogado laboralista de CCOO durante 15 años, lugar en el que coincidió con Enrique Lillo Pérez, letrado que defiende los intereses del sindicato en la causa.

Según fuentes jurídicas, se trata de uno de los grandes referentes de letrados laboralistas que defendieron las grandes causas del sindicato en la década de los 70 y los 80. Con raíces en el Partido Comunista a finales del franquismo, se especializó en Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social cuando finalizó sus estudios y, posteriormente, fue uno de los cofundadores de la asesoría jurídica de CCOO.

CCOO recibió pagos desde 2007

CCOO denunció a Panrico el pasado mes de septiembre después de que la compañía cesase los pagos a los que se comprometió en 2011 en un acuerdo privado.

Como ya publicó este diario, el grupo empresarial abonó facturas a las Federaciones Agroalimentarias de CCOO y UGT entre 2007 y 2010, por gastos de asesoramiento a sus secciones sindicales de centro y por el asesoramiento por la negociación colectiva entre los 12.000 y los 30.000 euros, unos hechos que la Audiencia considera probados.

En 2011, cuando la situación de la compañía se recrudeció a causa de las deudas y el fondo de capital riesgo de Oaktree se hizo con el control del 80% de las acciones, Panrico suscribió un acuerdo por escrito con la Federación Agroalimentaria de CCOO para “dotar de medios suficientes a la legitima representación de los trabajadores para que puedan desarrollar con normalidad su actividad representativa”.

Así, la empresa se comprometió a abonar 30.000 euros anuales al sindicato y a eximir de su obligación de prestar servicios laborales a dos trabajadores para ejercer como delegados institucionales. Sin embargo, Panrico sólo pagó durante un año.

Después de que la Federación Agroalimentaria de CCOO reclamase el cobro de varias facturas, el 6 de junio de 2013, el director de recursos humanos de la empresa envió un correo electrónico al sindicato en el que recordaba los términos del acuerdo suscrito en 2011, cuestionaba su grado de cumplimiento y ofrecía el pago de 10.000 euros para saldar los compromisos alcanzados.

A juicio de Panrico, el sindicato no cumplió esos compromisos al mantener “una constante oposición y actitud de enfrentamiento frente a decisiones adoptadas por la compañía tras procesos negociados y acordados con la mayoría de los representantes de los trabajadores” y puso como ejemplo el proceso de impugnación en la aplicación del convenio colectivo de la planta de Santa Perpetua de Mogoda (Barcelona), y de Valladolid.

Según la sentencia de la Audiencia Nacional, desde esa fecha la empresa no atendió al pago de ninguna de las facturas remitidas por el sindicato, aunque mantuvo a los dos liberados institucionales sin asignarles funciones laborales.

El 25 de noviembre de 2013 se alcanzó un acuerdo en un procedimiento de despido colectivo que fue suscrito por representantes de UGT y por tres de CCOO, entre ellos por uno de los liberados institucionales. El otro liberado institucional fue incluido en este despido colectivo el 17 de septiembre de 2014.

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