Impuesto

El impuesto a las grandes fortunas ahuyentará a los compradores de vivienda de lujo en Andalucía

Viviendas lujo millenials
Vivienda de lujo.
Nayara Mateo
  • Nayara Mateo
  • Redactora de economía, especializada en el sector inmobiliario, turismo, consumo y distribución. Antes en Expansión, Efe y Brainsre.news.

El impuesto a las grandes fortunas provocará un éxodo de potenciales compradores de vivienda de lujo en Andalucía hacia la zona del Algarve (Portugal), puesto que el país luso tiene una fiscalidad más atractiva.

La entrada en vigor del Impuesto de Patrimonio va a suponer que se vendan menos casas de lujo en esa comunidad. Por ejemplo, para una vivienda que cueste 20 millones de euros, el comprador tendrá que pagar unos 650.000 euros al año por el nuevo tributo. Por lo tanto, «el inversor va a decidir irse a Portugal para no pagarlo», explican a OKDIARIO fuentes de la banca privada. De esta forma, el Estado va a perder dicho ingreso por el Impuesto de Patrimonio y también en concepto de IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles), ITP (Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales) e IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido) de la compra, más los impuestos de la construcción.

En este sentido, el sector residencial de Andalucía es uno de los más damnificados porque en otras zonas como en las Islas Baleares se quedan como estaban hasta ahora. Las citadas fuentes aseguran que así «van a perder más de lo que van a recaudar». Además, añaden que es un gran error aplicarlo a los no residentes, puesto que España es un polo de atracción de ciudadanos de Latinoamérica y Europa.

Este impuesto ha provocado que las grandes fortunas extranjeras que iban a hacer de España su residencia han paralizado en seco su decisión de tributar en el país por este nuevo impuesto y la mayor presión fiscal que pretende aplicar el Gobierno.

Algunas grandes fortunas ya tenían tomada la decisión de vivir en España y pagar los impuestos en el país gracias a las condiciones mucho más favorables para la inversión, la creación de empresas y los regímenes fiscales de algunas comunidades autónomas como la Comunidad de Madrid, Andalucía y Galicia, principalmente.

«Los gravámenes han parado su decisión, la zona más afectada es la Costa del Sol, uno de sus destinos predilectos», señalan desde A&G Banca Privada. La entidad especializada en grandes patrimonios añade que las tres comunidades autónomas mencionadas recibirán «casi la totalidad del impacto que afectará sobre todo a las operaciones financieras y al ahorro».

CCAA afectadas

El impuesto a las grandes fortunas que ha sido diseñado por la ministra de HaciendaMaría Jesús Montero, está especialmente dirigido contra Madrid, que tiene bonificado el Impuesto de Patrimonio, Andalucía -que ya ha comunicado que lo suprimirá el próximo año- y otras autonomías gobernadas por el PP como la de Galicia que plantea mejorar las actuales condiciones de tributación, aumentando hasta el 50% la bonificación actual.

En concreto, el nuevo impuesto sobre grandes fortunas gravará la riqueza neta superior a los tres millones euros, con tres tramos: 1,7% a patrimonios entre 3 y 5 millones; 2,1% a patrimonios de entre 5 y 10 millones, y un 3,5% a partir de 10 millones. Con este nuevo impuesto, que permitirá deducir el 100% de lo pagado por el Impuesto de Patrimonio que gestionan las CCAA, el Gobierno espera recaudar 3.000 millones de euros en 2023 y 2024. No obstante, la AIReF estima que la recaudación será algo más baja, unos 1.270 millones en 2023 y 1.370 millones en 2024.

Impuesto permanente

El Gobierno pretende hacer permanente el nuevo impuesto a las grandes fortunas. Aunque este se denomina Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas, la redacción del texto deja la puerta abierta a que su vigencia se extienda más allá de dos años.

PSOE y Podemos han incluido en la proposición de ley del nuevo impuesto a la banca y al sector energético una enmienda para añadir un nuevo artículo sobre el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas, que grava el patrimonio neto de las personas físicas de cuantía superior a tres millones de euros.

En la enmienda se indica, en el punto 28, que el impuesto «será aplicable en los dos primeros ejercicios en los que se devengue a partir de la fecha de su entrada en vigor». Pero en el punto 23, sobre la ‘Evaluación de los resultados’, se señala que, al término del periodo de vigencia de este impuesto, «el Gobierno efectuará una evaluación para valorar los resultados del impuesto y proponer, en su caso, su mantenimiento o supresión».

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