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Hacienda contra las cuerdas: el pago adicional que van a recibir los mutualistas este 2026 por el IRPF

mutualistas 2026
Blanca Espada

Muchos jubilados que cotizaron a antiguas mutualidades laborales están empezando a notar un cambio en sus cuentas bancarias. En algunos casos se trata de devoluciones relativamente pequeñas, pero en otros la cifra puede llegar a ser de miles de euros. No es una ayuda nueva ni una prestación extraordinaria sino que es el dinero que en su día pagaron de más en el IRPF y que se devuelve por fin este 2026.

El origen del problema está en cómo se aplicó durante años la fiscalidad a determinadas pensiones procedentes de esas mutualidades. De este modo, y durante décadas se tributó por el total de la prestación cuando, según la normativa, debía haberse aplicado una reducción. Y ha sido ahora una sentencia del Tribunal Supremo la que ha abierto la puerta a que los jubilados que pagaron de más en el IRPF durante años puedan reclamar. De hecho, y desde entonces Hacienda está revisando miles de expedientes. Y hay un detalle que muchos pensionistas aún desconocen y es que si la devolución tarda demasiado, la ley obliga a pagar también intereses.

El pago adicional que van a recibir los mutualistas este 2026 por el IRPF

Para entender qué está pasando con los jubilados mutualistas hay que retroceder varias décadas. Antes de que el sistema actual de la Seguridad Social estuviera completamente consolidado, muchos trabajadores cotizaban a mutualidades laborales. Eran entidades que funcionaban como sistemas de previsión social y que servían para cubrir situaciones como la jubilación o la incapacidad.

Durante años este modelo convivió con el sistema público. Con el tiempo, muchas de esas mutualidades acabaron integrándose en la Seguridad Social, y las prestaciones pasaron a formar parte del sistema general de pensiones. Sin embargo, el problema no apareció hasta bastante después, cuando esas pensiones comenzaron a declararse en el IRPF ya que se aplicaba el mismo tratamiento fiscal que a cualquier pensión pública. Es decir, se declaraba el importe completo como rendimiento del trabajo y se tributaba por él. Algo que era del todo incorrecto, ya que la normativa contemplaba una excepción para determinadas aportaciones realizadas a esas mutualidades laborales décadas atrás.

En concreto, permitía aplicar una minoración del 25 % sobre la parte de la pensión derivada de esas aportaciones, de modo que sólo el 75 % de esas cantidades debía tributar y no el 100% como estaban haciendo muchos pensionistas, que al final acabaron pagando más impuestos de los que realmente les correspondían.

La sentencia que abrió la puerta a reclamar

La situación llegó finalmente a los tribunales y el Tribunal Supremo fijó criterio en su sentencia 255/2023 en la que el alto tribunal recordaba que la propia Ley del IRPF contemplaba ese tratamiento fiscal especial y confirmó que debía aplicarse. De este modo, y a partir de esa resolución judicial, los jubilados afectados pudieron empezar a reclamar la devolución de lo que habían pagado de más y además, corregirdeclaraciones de la renta de ejercicios anteriores para recuperar ese exceso de tributación.

Cómo solicitar la devolución a Hacienda

La Agencia Tributaria habilitó un procedimiento específico para tramitar estas solicitudes y revisar los expedientes. Cada caso se analiza de forma individual revisando las aportaciones realizadas a las antiguas mutualidades, los ejercicios fiscales afectados y el importe que se declaró en su momento. Y con todos esos datos se calcula la cantidad que corresponde devolver.

De este modo, los jubilados mutualistas que quieran recuperar lo pagado de más deben hacerlo a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Allí es posible pedir la rectificación de la declaración de la renta correspondiente o iniciar directamente el procedimiento para que Hacienda revise el caso. El proceso es relativamente sencillo ya que sólo hay que rellenar el formulario habilitado, indicar una cuenta bancaria del propio solicitante y aportar algunos datos básicos de contacto. Si todo es correcto y la Agencia Tributaria acepta la solicitud, el dinero se ingresa directamente en esa cuenta.

Cuánto tiempo puede tardar Hacienda en devolver el dinero

Una vez presentada la solicitud, y según explica la propia Agencia Tributaria, la administración tiene un plazo máximo de seis meses para efectuar la devolución desde que se presenta la solicitud o se rectifica la declaración.

Si el procedimiento se resuelve dentro de ese periodo, el jubilado recibe simplemente el dinero que pagó de más en su momento. La situación cambia cuando Hacienda supera ese plazo. En ese caso la ley obliga a abonar intereses de demora al contribuyente. Es una compensación por el tiempo que el dinero ha permanecido en manos de la Administración.

El cálculo depende del tipo de devolución. Si se trata del importe ingresado en la declaración del IRPF, los intereses se cuentan desde el momento en que se realizó ese pago. En el caso de retenciones u otros pagos a cuenta incluidos en la declaración, empiezan a generarse cuando han pasado más de seis meses desde la solicitud de rectificación. Actualmente el interés aplicado en estos casos es del 4,0625 %.

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