Reto de la Financiación

¿Qué cambios comportará la nueva Ley Hipotecaria?

Vinculación
Foto: GETTY/ISTOCK

Después de las distintas polémicas alrededor de las cláusulas estipuladas por las entidades financieras en los contratos de préstamos hipotecarios, el gobierno ha decidido sacar adelante una Ley Hipotecaria para resolver estos problemas y dotar de mayor transparencia al sector. Así, se quiere asegurar que los clientes entienden perfectamente todos los puntos del contrato y que no se lleven ninguna sorpresa inesperada más adelante. Así pues, los puntos que tratará tal Ley son los siguientes:

  • Las entidades tendrán que explicar de forma explícita las consecuencias de las cláusulas estipuladas: hasta ahora, dentro de la escritura, se incluyan todos los aspectos referentes a las cláusulas suelo o los gastos a afrontar por parte del cliente en la constitución del préstamo hipotecario. A partir de la entrada en vigor de la Ley, los bancos tendrán la obligación de dejar constancia por escrito y de forma separada de los puntos y consecuencias de las cláusulas redactadas.
  • Incremento de la responsabilidad para los notarios: a diferencia de ahora, los notarios tendrán un papel activo en todo el proceso de contratación de la hipoteca. Tendrán la responsabilidad de asegurarse que los clientes han entendido todos los puntos del contrato y que no quede ninguna duda sobre los aspectos más complejos o difíciles de entender.
  • Conformidad del cliente sobre la comprensión del contrato: el cliente deberá de firmar un documento en el cual asegura y expresa que ha comprendido de forma clara todos los puntos referentes al préstamo hipotecario. De esta forma, se evitan reclamaciones a las entidades, que ven con buenos ojos este aspecto. De hecho, algunas como el Banco Sabadell habían manifestado que ya dejaban claro a sus clientes el contenido y consecuencias de las cláusulas suelo de sus hipotecas.
  • Menos exigencias de vinculación con la entidad: en algunos casos, las entidades fijaban un determinado tipo de interés de acuerdo a la contratación de unos productos específicos. Así, para atraer a los clientes, presentaban un bajo tipo pero, después, los costes se incrementaban de forma considerable con las necesidades de vinculación. A partir de la nueva Ley, los bancos deberán de especificar de forma clara estas vinculaciones y computarla como un coste añadido.
  • Eliminación de los costes de amortización anticipada: las entidades no podrán cobrar ninguna comisión en caso que el cliente quiera realizar algún tipo de amortización anticipada a partir del sexto año de vida del préstamo hipotecario.
  • Posibilidad de cambio de divisa: en caso que se desee, una persona podrá constituir una hipoteca en una divisa distinta a la que tiene hasta el momento. Así, podrá resguardarse de grandes cambios en los tipos. Este punto, pero, se estipula de una forma un poco vaga.

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