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La ayuda extra del SEPE de 10.000 euros: mira bien si puedes pedirla

La ayuda extra del SEPE de 10.000 euros: mira bien si puedes pedirla
Janire Manzanas
  • Janire Manzanas
  • Graduada en Marketing y experta en Marketing Digital. Redactora en OK Diario. Experta en curiosidades, mascotas, consumo y Lotería de Navidad.

Acceder al paro requiere un año mínimo de cotización por desempleo, siendo esta una condición esencial debido a la naturaleza contributiva de la prestación, la más común otorgada por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).

Por lo tanto, aquellos trabajadores que no cumplen con el requisito mínimo de un año cotizado no pueden acceder al paro, pero sí hay otras ayudas que pueden solicitar.

Subsidio por insuficiencia de cotización

El subsidio por insuficiencia de cotización es una asistencia económica destinada a desempleados que han perdido su empleo de manera involuntaria y cuentan con una cotización a la Seguridad Social inferior a la requerida para la prestación por desempleo contributiva, comúnmente conocida como «el paro».

Requisitos

En primer lugar, se debe estar desempleado y en situación legal de desempleo. Esto implica estar inscrito como demandante de empleo y mantener dicha inscripción durante todo el período de percepción, además de suscribir el acuerdo de actividad.

Además, es necesario haber cotizado por desempleo, al menos, 3 meses si se tienen responsabilidades familiares o 6 meses en caso contrario, sin llegar a completar 360 días cotizados. En caso de tener los 360 días cotizados, se tendría derecho a la prestación contributiva.

Otro requisito es no percibir rentas de cualquier tipo superiores al 75% del salario mínimo interprofesional, sin contar la parte proporcional de dos pagas extraordinarias. Se considerarán las rentas íntegras o brutas, y se evaluarán los rendimientos de actividades empresariales, profesionales, agrícolas, ganaderas o artísticas.

Es esencial cumplir con estos requisitos en el momento del hecho causante, que se refiere a la situación legal de desempleo, el agotamiento del derecho semestral o el término de la causa de suspensión.

Para las personas mayores de 52 años, existe el derecho a percibir el subsidio por desempleo específico para este grupo. Es importante tener en cuenta algunas consideraciones, como la necesidad de solicitar la reanudación de una prestación contributiva interrumpida para trabajar menos de 360 días.

En el caso de interrumpir un subsidio por desempleo para trabajar menos de 12 meses y no ser la primera interrupción, se deberá solicitar una nueva prestación contributiva por desempleo si los periodos trabajados suman 360 días o más.

Duración y cuantía

En cuanto a la duración y cuantía del subsidio por desempleo, se establecen condiciones específicas basadas en el número de meses cotizados y la existencia de responsabilidades familiares.

La duración del subsidio varía según si se tienen o no responsabilidades familiares. En el caso de tenerlas, el subsidio puede durar 3, 4 o 5 meses, dependiendo de si se ha cotizado durante 3, 4 o 5 meses respectivamente. También puede extenderse a 21 meses si se ha cotizado durante 6 meses o más, con la posibilidad de prórrogas de 6 meses hasta su duración final. Para quienes no tienen responsabilidades familiares, la duración está establecida en 6 meses, siempre que se haya cotizado durante este período o más.

Las cotizaciones que dieron lugar a este subsidio no pueden ser consideradas en una situación legal de desempleo posterior para acceder a una nueva prestación de nivel contributivo o asistencial.

En cuanto a la cuantía mensual, esta equivale al 80% del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM). En situaciones de pérdida de trabajo a tiempo parcial, la cuantía se percibirá proporcionalmente a las horas trabajadas en el último contrato.

Durante la percepción del subsidio, el SEPE realizará las cotizaciones a la Seguridad Social correspondientes a prestaciones de asistencia sanitaria y, en su caso, protección a la familia.

En el caso específico del subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años, el SEPE cotizará adicionalmente para la jubilación, tomando como base el 125% del tope mínimo de cotización vigente en cada momento.

Las personas trabajadoras fijas discontinuas mayores de 52 años también recibirán cotizaciones para la jubilación, basadas en el 125% del tope mínimo de cotización vigente.

Para quienes sean menores de 52 años y hayan justificado un periodo de ocupación cotizada de 180 días o más, el SEPE ingresará las cotizaciones por jubilación a la Seguridad Social durante 60 días a partir de la fecha en que nazca el derecho al subsidio. La base de cotización será el tope mínimo vigente en cada momento.

El pago del subsidio se realiza por mensualidades de 30 días entre los días 10 y 15 del mes siguiente al devengo, abonándose en la cuenta indicada, siempre que el beneficiario sea titular de la misma.

Documentación

Cuando te dispones a solicitar el subsidio por desempleo, es fundamental tener a mano la documentación necesaria para agilizar el proceso. Entre los documentos requeridos se encuentra el modelo oficial de solicitud, el cual deberás completar de manera precisa.

La aportación de información bancaria también es esencial. Deberás proporcionar cualquier documento bancario que muestre el número de cuenta donde deseas recibir la prestación.

La documentación que respalda la situación legal de empleo es un punto importante. El Certificado de empresa será clave para acreditar dicha situación, a menos que no haya sido enviado por la empresa al SEPE.

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