El aviso más importante del SEPE sobre el giro que está a punto de llegar: atentos a partir de este día
El aviso del SEPE sobre los subsidios que van a cambiar a partir del 1 de noviembre
A partir del próximo 1 de noviembre entra en vigor el Real Decreto-ley 2/2024 aprobado el pasado mes de mayo que supone una revolución en lo que respecta a los subsidios por desempleo. Este nuevo paquete de medidas que se llevan a cabo para la «para la simplificación y mejora del nivel asistencial de la protección por desempleo» llega con la eliminación de algunos subsidios que quedarán encuadrados en otros, una subida de las prestaciones durante los primeros meses y cambios en lo que respecta a la declaración de la renta, que tendrán que presentar todos los desempleados.
El pasado mes de mayo el Ministerio de Trabajo y Economía Social liderado por Yolanda Díaz consiguió la aprobación de un nuevo paquete de medidas en lo que concierte a los subsidios que reciben las personas que han agotado la prestación de desempleo y no tienen más de 52 años. Estas reformas llegaron al Boletín Oficial del Estado con el propósito de «simplificar el funcionamiento del sistema y adecuar sus objetivos para dar más claridad, seguridad jurídica y facilitar la gestión, en especial, a los colectivos con mayor grado de vulnerabilidad y peores condiciones de empleabilidad».
De esta forma, a partir del próximo 1 de noviembre los ciudadanos que hayan agotado la prestación por desempleo y cumplan con determinados requisitos verán como se aumenta su cuantía mensual, que pasará de 480 euros que se cobran ahora a 570 euros mensuales durante los primeros seis meses, que equivalen al 95% del IPREM. Los siguientes seis meses cobrarán 540 euros y a partir de ahí se recibirán los 480 euros que reciben ahora las personas que han agotado el subsidio. Esta será la cantidad que reciban las personas que soliciten esta ayuda a partir del 1 de noviembre.
Otro de los grandes cambios que introduce este paquete de medidas, y que entrará en vigor en un segunda tanda en 2025, es la posibilidad de que los ciudadanos puedan percibir el subsidio mientras se trabaja por cuenta ajena, ya se de forma completa o parcial durante un periodo máximo de 180 días. Las personas que reciben estos subsidios también tendrán la obligación de presentar la declaración de la renta a partir del próximo año, siendo esto un gran inconveniente para este grupo de personas cercano a la exclusión social que tendrán que presentar el IRPF.
Los subsidios que desparecen
A partir de este 1 de noviembre desparecerá la denominada Renta Activa de Reinserción, que era uno de los subsidios más famosos del SEPE que tenía una dotación de 480 euros durante 11 meses y con la posibilidad de prolongarlo hasta los 33 meses. Estos son los subsidios cuyo nombre desaparecerá en los próximos días y quedarán encuadrados en otro tipo de ayudas.
- Renta Activa de Reinserción.
- Subsidio para mayores de 45 años sin cargas familiares.
- Subsidio extraordinario por desempleo.
- Subsidio para liberados de prisión.
- Subsidio por revisión de incapacidad permanente.
La mayoría de estos subsidios quedarán unificados en el subsidio por agotamiento de la prestación contributiva, que como bien relata su nombre será la ayuda que reciban las personas que han agotado el paro. Dependiendo de la edad de los beneficiarios, cargas familiares y años cotizados en la Seguridad Social la prestación una duración determinada. Con este nuevo paquetes de medidas se ampliará la protección a varios grupos de la población que ante no estaban amparados en otros subsidios. Son los siguientes.
- Menores de 45 años sin responsabilidades familiares.
- Trabajadores agrarios eventuales.
- Trabajadores transfronterizos de Ceuta y Melilla.
- Españoles emigrantes retornados sin derecho a prestación contributiva.
- Mayores de 16 años víctimas de violencia de género o sexual.
«Beneficiarios y beneficiarias, en situación de desempleo de larga duración, se incorporan de manera prioritaria a programas y acciones que posibiliten su reincorporación al mercado laboral con el acceso garantizado a los servicios de la Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo», afirmaron en su día desde Gobierno sobre el nuevo paquete de medidas que entra en vigor el próximo 1 de noviembre y que será sufragado en gran medida con los fondos europeos.
Hay un grupo de trabajadores al que no afectará este nuevo Real Decreto-ley 2/2024 y son los mayores de 52 años que han agotado la prestación contributiva por desempleo y que seguirán recibiendo los 480 mensuales de forma vitalicia como hasta ahora. Esta pensión tiene como particularidad que se cotiza por jubilación a la Seguridad Social.
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