PRECIO DEL ALQUILER

Alerta, propietarios: el cambio que les impedirá subir el alquiler a los inquilinos en 2026 si no cumplen este requisito

El propietario debe notificar cualquier subida de la renta dentro del plazo estipulado por la LAU

1,6 millones de arrendamientos podrían verse afectados por el cambio en 2026

El 40% de los españoles se gastaría el Gordo en una vivienda, pero el premio ya no da para comprar un piso

Propietarios arrendamiento
Cartel que anuncia el alquiler de un piso.

El mercado del arrendamiento de vivienda se encamina hacia un periodo de rigurosa aplicación legal que exige máxima diligencia a los propietarios. A partir del año 2026, una oleada significativa de contratos de alquiler alcanzará su fecha de renovación o prórroga, y las normas para la actualización de la renta impondrán una nueva barrera que el arrendador deberá superar: la notificación en tiempo y forma.

La legislación de arrendamientos establece un requisito ineludible que, si se incumple, otorga al inquilino el derecho a rechazar cualquier incremento en el precio de la renta.

La notificación, el eje de la disputa

El punto clave reside en el aviso previo. La normativa vigente es tajante: los inquilinos podrán negarse a aceptar una subida del alquiler en 2026 si el propietario no les comunica la nueva cuantía dentro del plazo marcado por la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU).

Cualquier incremento en la renta, independientemente de si respeta los límites máximos establecidos por la Ley de Vivienda (como el tope que se aplicará en ese momento), debe ser debidamente notificado. Los expertos legales advierten que una subida que carezca de este aviso formal o que no esté respaldada por el marco legal puede considerarse inválida.

En la práctica, esto significa que:

  • La actualización del precio debe respetar lo estipulado en el contrato y ajustarse a los límites legales de incremento (que en 2026 estarán regulados, al igual que los topes actuales, como el 3%).
  • El casero debe enviar una comunicación fehaciente y con la antelación necesaria al inquilino, informando de manera clara sobre la nueva renta y el cálculo aplicado.

El incumplimiento del plazo y la forma de esta notificación otorga al arrendatario la capacidad legal de ignorar la subida y continuar abonando la renta anterior hasta que se produzca una rectificación o un acuerdo con validez jurídica.

La amenaza del plazo

Este requisito de diligencia se vuelve crítico si se considera el volumen de contratos afectados. Se estima que cerca de 1,6 millones de arrendamientos afrontarán la finalización de su periodo contractual durante 2026, lo que convierte a este año en un periodo de alta sensibilidad para el sector.

Para los propietarios, la lectura es clara: la posibilidad de actualizar el precio del alquiler al máximo legal permitido (siempre dentro de los límites de la Ley de Arrendamientos Urbanos y la Ley de Vivienda) depende ahora, más que nunca, de la precisión en los plazos y la formalidad del aviso. Dejar pasar la fecha límite de notificación implicará, de facto, la imposibilidad de aplicar el incremento de renta al inquilino.

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