Pero le impone una multa de 100.000 euros para este curso

UEFA cierra el ‘caso Osasuna’ y le deja libre de castigo durante dos temporadas

Club Atlético Osasuna
Imagen del estadio de El Sadar. (Europa Press)
Kike Sáez

Se cierra el caso de Osasuna y la UEFA no le deja del todo libre de castigo finalmente. Sí lo hará durante las dos próximas temporadas, pero no a partir de 2025. La entidad navarra ha sido sancionada sin poder jugar competiciones europeas en la temporada 2025-26 y, además, recibe una multa de 100.000 euros y el 5% de los ingresos que pueda obtener en la competición europea a partir de la fase de grupos de la Conference League por recurrir a la justicia ordinaria.

Por tanto, el cuadro de Pamplona sí que podrá disputar este curso la Conference League, para la que se clasificó al término de la pasada Liga, pero tiene ya conoce que, aún clasificándose, no podrá disputar competiciones europeas en el curso ya citado. La sanción se debe a una violación del Artículo 11.1 del Reglamento Disciplinario de la UEFA, en conjunción con el Artículo 61.1 y 62.1 de los Estatutos de la UEFA al no haber respetado la jurisdicción exclusiva del Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS), en Lausana, ya que presentaron una demanda ante los tribunales ordinarios del estado en Pamplona.

Comunicado de la UEFA.

«Tras la investigación llevada a cabo por un Inspector de Ética y Disciplina de la UEFA que dio lugar a la apertura de un procedimiento por parte de la UEFA contra el CA Osasuna ante la presentación de una demanda presentada por el club, el CA Osasuna, ante los tribunales ordinarios del estado de Pamplona, ​​el Órgano de Apelación de la UEFA ha tomado la siguiente decisión: Multar al CA Osasuna con 100 000 euros y excluir al CA Osasuna de la siguiente competición de clubes de la UEFA para la que de otro modo calificaría por la violación del Artículo 11(1) del Reglamento Disciplinario de la UEFA en conjunción con el Artículo 61(1) y 62(1) de los Estatutos de la UEFA (es decir, por no haber respetado la jurisdicción exclusiva del Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS), en Lausana, al presentar una demanda ante los tribunales ordinarios del estado en Pamplona). Esta exclusión se suspende por un período de prueba de dos años, contados a partir de la fecha de la presente resolución. Retener el 5% de los ingresos UEFA que pueda obtener el CA Osasuna por su participación en la UEFA Europa Conference League 2023/24, a partir de la fase de grupos».

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