Comunidad de Madrid

Condenado a seis meses de cárcel un hombre por insultar y escupir a dos mujeres que se besaban en una calle de Madrid en 2023

El suceso ocurrió el 5 de noviembre por la noche y el individuo estará inhabilitado para el derecho de sufragio pasivo

Condenado a seis meses de cárcel un hombre por insultar y escupir a dos mujeres que se besaban en una calle de Madrid en 2023
Audiencia Provincial de Madrid. (EFE)

La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado este martes a un hombre por insultar y escupir a dos mujeres que se besaban en la calle Pamplona 7 (Madrid) en 2023. El individuo estará preso durante seis meses después de considerarse que vulneró la dignidad y el colectivo de las víctimas.

Tal y como consta en la sentencia, la institución mencionada denuncia «el comportamiento, las frases y los gestos obscenos» empleados por parte del autor. Además, en el escrito se pena al individuo por ir «en contra de los derechos fundamentales y las libertades públicas garantizadas por la Constitución».

Después de conocerse su tiempo de condena, el agresor tendrá también que pagar una multa diaria en esos seis meses y no podrá impartir clases de ningún modo durante cinco años. De igual manera, tendrá que indemnizar a ambas mujeres con 300 euros a cada una por «los daños morales ocasionados».

Si el hombre no vuelve a delinquir, abona los pagos a las dos víctimas y realiza un curso de igualdad en dos años, su pena de prisión se suspenderá. La resolución indica que el individuo realizó insultos de carácter homófobo y que escucharon las personas cercanas al lugar de los hechos.

La resolución recoge que el acusado profirió reiteradamente expresiones insultantes y degradantes de carácter homófobo, audibles para las personas que se encontraban en las proximidades. Durante el episodio, se llevó las manos a los genitales, realizó gestos obscenos y llegó a escupir a las dos mujeres.

De entre los insultos proliferados por el hombre, se encuentran algunos como «lesbianas de mierda» o «putas sidosas». Las circunstancias en las que se produjo el suceso y el comportamiento del individuo, sumadas a las frases citadas, conformaron los elementos que la sentencia de la Audiencia Provincial recoge para relatar cómo fue el acontecimiento.

Por ende, el tribunal remarca que el comportamiento, por su carácter degradante y despreciativo, «supuso un quebranto de la dignidad de las destinatarias y del colectivo al que pertenecen».

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