Merlos compró su Porsche a través de una patrimonial para pagar menos impuestos
En diciembre de 2018 Alfonso Merlos adquirió un Porsche modelo Panamera 4S de «segunda mano». La operación de compra-venta la realizó a través de una sociedad pantalla, de la que él mismo es presidente y consejero, con el objetivo de pagar menos impuestos en la adquisición de su nuevo vehículo.
El periodista compró su Porsche a través de la inmobiliaria Elaine Dreams SL creada en junio de 2016. Según aparece en el registro mercantil el objeto social de esta empresa es: «La compra-venta, gestión e intermediación de toda clase de fincas rústicas y urbanas, la promoción y construcción sobre las mismas de toda clase de edificaciones, su conservación, reparación, rehabilitación, venta o arrendamiento no financiero, y la construcción de toda clase de obras públicas».
Esta compañía está domiciliada en Murcia, región natal del periodista, y fue creada con un capital social de 3.000 euros. Sin embargo, las cuentas anuales de la sociedad no han sido depositadas desde su constitución, según consta en el Registro Mercantil. Merlos que ocupa el máximo cargo dentro de esta empresa decide, dos años después de su creación, adquirir a través de la sociedad un coche valorado en la actualidad entre 29.000 a 32.000 euros, siendo el coste de este modelo en 2010 de 109.000 €.
Pagar menos impuestos
El objetivo del periodista era pagar menos impuestos. Por esta razón compró a un particular su vehículo de lujo mediante una inmobiliaria. El dueño de un coche, adquirido a través de una empresa, goza de innumerables beneficios como la deducción de gastos tales como el impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) del vehículo (en su totalidad si es de uso puramente profesional y en un 50% si también es utilizado en la vida privada). Además, Merlos también cuenta con la posibilidad de deducirse otros gastos derivados del uso común del vehículo como la reparación, el mantenimiento, seguros y amortización.
En el caso de agentes comerciales o representantes, Hacienda permite un «uso particular residual o accesorio» de los vehículos. Una excepción que, sin lugar a duda, beneficia a Alfonso Merlos que adquirió su Porsche a través de una inmobiliaria.
Infracción e irregularidades
Uno de los gastos fijos anuales que conlleva tener en propiedad un vehículo (ya sea el titular una persona física o jurídica) es el pago del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM), también conocido como impuesto de circulación. Esto es un tributo municipal directo vinculado al propio vehículo y no al uso del mismo. Por ello, aunque el vehículo se encuentre en desuso el titular deberá pagar dicho impuesto y no se librará de él hasta que no dé de baja su vehículo en la Jefatura Provincial de Tráfico.
Otras de las normas que los propietarios deben cumplir es domiciliar el coche en la ciudad en la que va a circular. Sin embargo, Alfonso Merlos no cumple con este requisito. El domicilio fiscal de su Porsche consta en una céntrica calle de Murcia mientras que él reside en su vivienda de Boadilla del Monte (Madrid).
Además, en la Dirección General de Tráfico (DGT) consta un impago correspondiente al año 2019, por el que Alfonso Merlos debería haber abonado 216, 90 euros que ahora debe a las arcas públicas.
El documento, al que ha tenido acceso OKDIARIO, también refleja que el Porsche Panamera de Merlos no ha pasado la última ITV que le venció el 22 de noviembre de 2019.
No tributa por IRPF
Pero esta no es la única operación realizada por el periodista para pagar menos impuestos. A través de otra sociedad –Trocadero Comunicación SL–, de la que es administrador único, cobra su sueldo del Colegio de Abogados de Madrid (ICAM) por el que recibe 181.500 euros con el IVA incluido por dirigir el departamento de Comunicación. En el contrato firmado por Merlos con el ICAM aparece desglosada la retribución percibida por el periodista. Ésta es 150.000 euros sin IVA que corresponde a una retribución fija (120.000 €) y otra variable (30.000 €).
Merlos tiene firmado un contrato a través de su empresa y no en régimen de autónomo para no tributar a través del IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) que es mucho más elevado que el Impuesto sobre Sociedades a partir de un determinado baremo de ingresos. Las sociedades tributan a un tipo fijo (un 25%), mientras que el Impuesto sobre las Personas Físicas a partir de más de 60.001 euros las retenciones son de un 45%.