Crisis del coronavirus

El Supremo exige de nuevo a Illa los informes técnicos que justificaron los cambios de fase

Se trata de ampliar la documentación ya entregada por el Ministerio de Sanidad a los magistrados de la Sala Tercera para justificar la decisión que permitió los paseos de los menores de edad, durante el estado de alarma.

El Supremo da 10 días a Illa para que entregue los informes por los que negó a Madrid la fase 1

Ministerio de Sanidad
El ministro de Sanidad, Salvador Illa.

Un nuevo plazo de 5 días para que el ministro Illa entregue al Supremo todos los informes técnicos empleados para autorizar los cambios de fase de la desescalada del coronavirus. El Alto Tribunal vuelve a exigir al titular de Sanidad que aporte, en sede judicial, el expediente administrativo completo en el que se apoyó para confeccionar las órdenes que permitieron suavizar las condiciones del confinamiento de los menores españoles.

El Supremo ha requerido, ahora, al Ministerio de Sanidad, en una diligencia de ordenación a la que ha tenido acceso OKDIARIO, que amplíe la documentación remitida sobre el informe de cuatro páginas del pasado 25 de abril, publicado en primicia por este diario, y en base al que se justificaron las primeras salidas de los niños de 0 a 14 años en plena pandemia de coronavirus. En dicho documento, el Departamento que lidera Illa respondió a los miembros de la Sección Cuarta de la Sala Tercera con un escueto listado de organismos nacionales e internacionales que habrían participado en el Comité creado para dicha misión, pero sin aportar las conclusiones obtenidas por cada uno de ellos.

Entre los mismos, se encontraba el Ministerio de Asuntos Sociales y Agenda 2030 cuya cartera ocupa el vicepresidente Pablo Iglesias al que Illa consultó como ‘experto’ para fijar los requisitos de la medida de alivio del estado de alarma.

Incompleto

El nuevo requerimiento a Sanidad se produce después de que el abogado valenciano que pleitea contra el estado de alarma, Curro Nicolau, recurriese ante el Supremo la orden ministerial que permitió a los niños españoles salir de paseo, una hora al día, acompañados por uno de sus padres.  El letrado consideró que la respuesta inicialmente aportada por Illa a la Sala era insuficiente y, por ello, presentó un nuevo escrito en el que solicitaba la ampliación de los informes.

Sanidad debe aportar «todos los informes técnicos y documentos que justificaron la declaración del estado de alarma con motivo de la pandemia, y concretamente los relativos a las medidas de confinamiento adoptadas así como todos los datos de carácter epidemiológico relacionados con el virus SARS-COV19 que se refieren a la primera detección en España, las medidas adoptadas para evitar su propagación, el seguimiento de la epidemia y la justificación relativa a las medidas de confinamiento y desconfinamiento adoptadas por el Ministerio de Sanidad», rezaba el documento de Nicolau.

El Supremo ha coincidido con el planteamiento del joven abogado valenciano y busca completar el expediente administrativo con toda la documentación manejada por el Ministerio para «determinar si la orden recurrida tiene un respaldo científico y contiene criterios objetivos en las medidas adoptadas que serán analizadas en la correspondiente fase probatoria del presente procedimiento».

Comunidad de Madrid

No es la primera vez que los magistrados de la Sala Tercera se dirigen al titular del Departamento de Sanidad para que acredite qué datos médicos respaldan los requisitos fijados en las distintas normas ministeriales que regularon los cambios de fase en el plan de desescalada del estado de alarma diseñado por el Gobierno.

La petición se ha trasladado al Ministerio cuando están cerca de cumplirse los 10 días de plazo que el Supremo ya dio a Illa, para que aportase toda la documentación con la que negó a Madrid el paso a la fase 1, tras admitir a trámite el recurso planteado por la Comunidad de Madrid contra la resolución ministerial, en una diligencia emitida el pasado 27 de mayo por el letrado de la Administración de Justicia.

El Ejecutivo regional presidido por Isabel Díaz Ayuso consideró que el rechazo no obedeció a «criterios técnicos» y alegó no haber tenido constancia de la existencia de «ningún informe que motivara el primer rechazo». Por ello, acordó interponer un recurso ante el Supremo contra la presunta decisión arbitraria del Ministerio de Sanidad, tras impedir éste que la región avanzase, hasta en dos ocasiones, de fase en el plan de desescalada previsto para la crisis del coronavirus.

El propio consejero de Sanidad, Enrique Ruiz Escudero, informó sobre la cuestión en el marco de un Consejo de Gobierno extraordinario, celebrado el pasado 20 de mayo. En el transcurso de la reunión se definieron los motivos por los que la Comunidad de Madrid elevó a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo la petición de determinar si la resolución de Sanidad fue tomada en base a criterios técnicos y ajustada a Derecho.

Al igual que en el caso del abogado Curro Nicolau, los servicios jurídicos de la Comunidad de Madrid mantienen dudas razonables acerca de que los criterios e indicadores empleados por Sanidad para su toma de decisiones, lo hayan sido en base a datos técnicos y objetivos o aplicados de manera homogénea y en igualdad de condiciones para todas las regiones.

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