Sentencia de Junqueras: Puigdemont no podrá volver a España por Navidad
La inmunidad reconocida a Junqueras por el TJUE beneficia a los prófugos catalanes pero no es ilimitada ni absolutamente retroactiva.
Junqueras no saldrá de prisión pese a la sentencia europea que reconoce su inmunidad
Carles Puigdemont y Toni Comín no pasarán la Navidad en España. Los dos prófugos de la Justicia española necesitan el permiso del Parlamento Europeo para ser diputados. La decisión del TJUE sobre la inmunidad de Oriol Junqueras allana el camino a los políticos separatistas catalanes en la Eurocámara, pero no significa que puedan ocupar su escaño de manera inmediata.
Una vez que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha sentenciado que más allá de la mera proclamación de Junqueras como cargo electo, no era necesario que cumpliese con ningún otro trámite o formalidad para adquirir su plena condición de diputado, Puigdemont y Comín deberían poder acreditarse, en la práctica, ante el Parlamento Europeo. Sin embargo, los efectos de la resolución no serán automáticos.
El pronunciamiento de los 15 magistrados que integran la Gran Sala del TJUE sobre Oriol Junqueras establece que las formalidades de los diputados electos -una vez proclamados oficialmente por las Juntas competentes de cada uno de sus Estados origen- no son imprescindibles para que estos adquieran plenas facultades e inmunidad, beneficia Puigdemont y Comín. Pero esto no significa que la inmunidad sea ilimitada ni retroactiva, aunque todo apunta a que una vez acreditados como eurodiputados tanto Puigdemont como Comín podrán viajar con libertad por toda Europa, incluida España.
Procedimiento
El escenario es doble, por una parte cabría que la propia Eurocámara, motu proprio, una vez conocida la resolución de la Justicia europea, se decantase por levantar el veto que aplicó a ambos representantes de JxCat y permitir que recojan su acta de diputados. Por otra, los abogados de Puigdemont tienen la posibilidad de instar a la Cámara de representación comunitaria a que actúe, al hilo de la contundente sentencia de la Corte Luxemburgo, que se ha hecho pública esta mañana.
En cualquiera de ambos casos, sería tarea de los servicios jurídicos de la Eurocámara decidir sobre la dimensión burocrática de una cuestión jurídico-política inédita hasta la fecha. Los letrados del Parlamento europeo, una vez estudiada la resolución del TJUE, tendrían que emitir un dictamen dirigido al presidente del hemiciclo, David Sassoli, competente para adoptar una decisión definitiva. Algo que no se producirá nunca antes de final de año.
Euroorden
El Estado español tendrá que mover ficha ante el Parlamento Europeo si quiere evitar que Puigdemont y Comín recojan su acta como eurodiputados. Y para ello, debería presentar un suplicatorio para que el Parlamento comunitario cancele la inmunidad que les protege frente a los procedimientos judiciales abiertos contra ellos en España y pendientes tras fugarse.
Además, el Tribunal Supremo mantiene viva la Euroorden de detención internacional que el instructor del juicio del ‘procés’, el magistrado Pablo Llarena, reactivó el pasado mes de octubre contra Puigdemont y el resto de sus ex consejeros catalanes prófugos -Comín, Puig, Serret y Ponsatí- tras conocerse el fallo de la sentencia sobre el referéndum ilegal del 1-O.
Además, en el caso concreto de Puigdemont existen unas medidas cautelares impuestas por el tribunal de Bélgica que, el próximo 3 de febrero de 2020, tendrá que decidir sobre su extradición a España. El ex presidente de la Generalitat de Cataluña no puede, hoy por hoy, moverse por Europa sin la previa autorización del magistrado belga.
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