Sánchez desafía a Iglesias: promete a la UE un ingreso mínimo vital que fuerce a buscar empleo

Aparece recogido en el plan de medidas remitido a la Comisión Europea como complemento del plan de recuperación nacional

PSOE Podemos
Pedro Sánchez y Pablo Iglesias en Moncloa. (Foto. Podemos)
Carlos Cuesta

Pedro Sánchez es consciente de que tiene problemas de pago. Necesita los 70.000 millones en ayudas directas del rescate europeo y ha empezado ya a prometer a Bruselas determinadas reformas, alguna vinculada a su proyecto estrella del ingreso mínimo vital que, no sólo minoran los compromisos electorales suyos y de Pablo Iglesias, sino que, además, pueden hacer chirriar la alianza entre PSOE y Podemos.

Uno de esos puntos aparece recogido en el plan de medidas remitido a la Comisión Europea como complemento del plan de recuperación nacional. Allí se destaca el compromiso de «vincular el ingreso mínimo vital con el tránsito de la exclusión social al empleo». Es decir, que no se pueda convertir en una renta eterna, sino dirigida a que el perceptor busque empleo y deje de cobrar el subsidio.

El punto alude a otras materias. En concreto a la «revisión de las subvenciones y bonificaciones a la contratación laboral». El documento señala que el “objetivo” de estas medidas es reorientar “las bonificaciones a la contratación, que suponen el 25 % del gasto en políticas activas, pero tienen una eficacia limitada”, según la AIREF, para centrar ese dinero en “mejorar la empleabilidad de colectivos específicos de baja empleabilidad, especialmente en periodos recesivos”.

Pero, pese a ese enunciado, lo cierto es que la medida que se compromete a realizar el Gobierno lleva una sorpresa en su enunciado. En primer lugar promete “simplificar los incentivos y los requisitos de las empresas beneficiarias, para centrarse en la empleabilidad de los desempleados, y siempre para contratos indefinidos”; asegura que mejorará “los programas de formación” acompañándolos de “programas de ayuda personalizada más amplios, en función de la empleabilidad de los trabajadores, como los perfilados individuales”; dice que reforzará “la coordinación entre administraciones públicas”; y por último, señala su compromiso de “vincular el ingreso mínimo vital con el tránsito de la exclusión social al empleo”.

La última frase se convierte, así, en todo un aviso a Podemos. Y en todo un potencial freno a su deseo de convertir el ingreso mínimo vital en una renta sin limitaciones temporales. Si el Gobierno cumple con lo prometido en este documento, ese ingreso mínimo vital tendrá que ir orientado a que el perceptor abandone su situación de paro y se incorpore al mercado laboral. Es más, el cobro tendrá que estar “vinculado” a ese “tránsito” desde el paro al trabajo.

La actual regulación del ingreso mínimo vital especifica que el Real Decreto-ley «establece una prestación de naturaleza económica que garantiza un nivel mínimo de renta a quienes se encuentren en situación de vulnerabilidad económica, permitiendo que todas las personas y familias puedan atender las necesidades básicas de sus hogares», tal y como señala la propia explicación oficial del Gobierno.

Prestaciones 

El ingreso mínimo vital, de hecho, es ahora una prestación para hogares de cualquier tamaño, también los unipersonales. En cada hogar puede haber un titular que solicita la prestación. Si el hogar está formado por una sola persona el titular tendrá entre 23 y 65 años y deberá llevar al menos tres años constituido como hogar. Si el hogar tiene dos o más miembros, de manera general la edad del titular estará entre 23 y 65 años salvo en los casos en que se cuente con menores a cargo. Estos hogares deberán llevar constituidos al menos un año.

Para todos los tipos de hogar se requerirá al menos un año ininterrumpido de residencia legal y efectiva en España, excepto en las situaciones de violencia de género, trata y explotación sexual.

Para que le sea reconocida la prestación, el hogar debe tener unos ingresos totales inferiores a la renta garantizada para su tipo de unidad de convivencia. Además, para certificar que el ingreso mínimo vital llegue a los hogares más vulnerables, se exigirá un patrimonio (descontando la vivienda habitual) inferior a 3 veces la renta garantizada anual para un hogar unipersonal, con una escala de incrementos por número de miembros en el hogar.

No computan como ingresos los salarios sociales, rentas mínimas de inserción o ayudas análogas de asistencia social concedidas por las comunidades autónomas. Pero el compromiso ahora adquirido ante la UE incluye esa “vinculación” con el tránsito del parado hacia el empleo. Y eso puede forzar una reforma en el sentido de condicionar el cobro en caso de no favorecer ese “tránsito” al mercado laboral.

Los objetivos actuales del ingreso mínimo vital señalan, de hecho, el propósito de “garantizar un nivel de ingresos mínimo a todos los hogares con independencia del lugar de residencia”; “incentivar la incorporación al mercado laboral de las personas en situación o riesgo de exclusión social”; “así como reducir el riesgo de cronificación de la pobreza, mediante la incorporación de un complemento al empleo para las personas beneficiarias del ingreso mínimo vital”. Ahora surge un nuevo objetivo: “El tránsito de la exclusión social al empleo”.

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