Crimen de los tirantes

A Rodrigo Lanza le esperan entre 20 y 25 años de cárcel por haber asesinado con odio ideológico

Ver vídeo

El crimen que acabó con la vida de Víctor Laínez por el simple hecho de vestir con unos tirantes con la bandera de España tendrá una agravante nada habitual, la de delito de odio. Así, el asesino, Rodrigo Lanza, cumplirá más del máximo de pena que actualmente se contempla por un asesinato, 20 años, y podría llegar a ser condenado a 25 años de prisión.

Las penas

La pena será tan elevada porque el Código Penal marca que la condena por asesinato es de entre 15 y 20 años. Pero el ahora condenado se irá a la mitad superior de la pena porque el jurado ha declarado probado que hubo alevosía por su parte. Es decir, que atacó a su víctima por detrás sin posibilidad de que ésta se defendiera. Unas penas que chocan, y mucho, con la primera condena que se anuló de tan solo cinco años.

Odio

Aunque lo que realmente incrementa la pena y hace especial, jurídicamente hablando este caso, es que se ha apreciado que existió una agravante de odio por razón de ideología por parte de asesino. Esta agravante, incrementa el tipo del asesinato y lo pone en la máxima pena aplicable.

No es un delito de odio del Artículo 510 Código Penal, sino un agravante porque, ante la dos posibilidades, que vaya por delito de odio o sea agravante, la pena es mucho mayor si se contempla como asesinato con agravante que si fuera solo y de forma independiente como delito de odio. Aunque la naturaleza sea la misma y tenga una raíz común.

El crimen de los tirantes

El crimen cometido por Rodrigo Lanza cumple, a la perfección, uno de los preceptos que define este tipo de delitos: “Que la víctima tiene una condición simbólica al no ser atacada por ser ella, sino por lo que representa, y podría ser ella o cualquier otra que tenga sus mismas características”.

La guía práctica para la abogacía explica sobre los delitos de odio por razón de ideología o por motivos ideológicos que, estos guardan relación con los pensamientos o manifestaciones políticos de los sujetos, libertad expresamente protegida en el artículo 16 de la Constitución Española.

Por este motivo, en muchas ocasiones el Tribunal Supremo hace referencia a este tipo de actuación como odio por discriminación política. Y ello teniendo en cuenta que el resto de los motivos relacionados con la ideología se relacionan directamente con otros motivos de discriminación expresamente reconocidos, como las razones religiosas”.

Así, el crimen cometido por Lanza se incardina perfectamente en la definición hecha por la Fundación Abogacía Española. Y por ello, el jurado no ha tenido ninguna duda a la hora de aplicar esta agravante. Ahora será la magistrada la que deba emitir una sentencia con la pena definitiva. Sobre la sentencia cabe recurso.

El asesino

Según el jurado popular, Rodrigo Lanza asesinó a Víctor Laínez tras mantener una discusión ideológica. Lanza atacó por detrás a Laínez y le asestó puñetazos y patadas en la cabeza. Una agresión tan brutal que, finalmente, acabó con la vida de la víctima.

Pero esta condena no es la primera en el historial de Lanza. A Rodrigo Lanza le persigue un pasado delictivo de gran calado, ya que en 2006, durante el desalojo de una casa okupa en la ciudad de Barcelona, Lanza hirió a un agente de la Guardia Urbana que, debido a las heridas sufridas, quedó en estado vegetativo.

Los hechos ocurrieron cuando durante el desalojo, una de las piedras que el grupo de okupas lanzaron contra los agentes impactó de manera brutal sobre el cráneo de guardia Salas. La piedra fue lanzada por Lanza, y el impacto fue tan brutal que el policía se desplomó de manera fulminante.

Pero además del pedrazo, el agente siguió recibiendo golpes del grupo de antisistema mientras se encontraba inconsciente. Salas nunca se recuperó. La pedrada le dejó en estado vegetativo y en situación de “gran invalidez”. Por aquella agresión, Rodrigo Lanza fue condenado a nueve años de prisión, de los cuales cumplió siete.

Lo último en España

Últimas noticias