Estos son los trámites que debe superar Sánchez para exhumar a Franco tras la decisión del Supremo
Un juez mantiene suspendida la licencia para abrir la tumba de Franco
Los Franco seguirán dando la batalla: recurso al Constitucional con solicitud de cautelares
El Supremo ha autorizado la exhumación de Franco y con su decisión veta a la familia la posibilidad de enterrarlo en la madrileña catedral de La Almudena. Estos son los trámites, y escollos, que todavía deberá salvar Pedro Sánchez para hacer efectiva la salida de los restos del dictador del Valle de los Caídos, con destino al cementerio de El Pardo, una vez la sentencia del Alto Tribunal, firme y unánime, pueda ejecutarse:
Amparo constitucional
Los Franco han avanzado a OKDIARIO que continuarán agotando instancias judiciales en contra de la decisión de exhumar al dictador. Por ello, anuncian recurso ante el Constitucional tras conocerse, este martes, el fallo de los seis magistrados rechazando, en su totalidad, la impugnación planteada ante la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo contra la decisión del Gobierno.
Solicitarán al Tribunal de Garantías que adopte medidas cautelarísimas para impedir que el Gobierno pueda hacer efectiva la salida de Franco -de la que ha sido su tumba durante los últimos 40 años- antes de que el máximo órgano constitucional se pronuncie sobre la admisión a trámite de su nueva solicitud de amparo y de que el Ejecutivo socialista en funciones pueda acometer intervenciones irreversibles, tal y como ya han apuntado desde Moncloa, antes de la repetición electoral del próximo 10-N.
De modo que Sánchez tendría que esperar, como mínimo, el plazo legal de 30 días de que disponen los Franco, una vez se les notifique formalmente la sentencia íntegra del Supremo, para recurrir en amparo al Constitucional.
Y esto sin perjuicio de que si el Tribunal de Garantías admitiese suspender provisionalmente la sentencia firme del Supremo, el plazo podría prolongarse hasta que se resuelva sobre el fondo de la causa: decidir si el Alto Tribunal ha vulnerado derechos fundamentales de los Franco, como sostiene la familia.
Autorización de la Iglesia
Fuentes jurídicas apuntan a OKDIARIO que la sentencia del Supremo sobre la exhumación de Franco -que ha legalizado el Real Decreto y los acuerdos ministeriales posteriores- podría recoger un pronunciamiento expreso sobre la preceptiva autorización de la Iglesia que, según los Tratados Internacionales vigentes entre el Estado Español y la Santa Sede, necesitaría Sánchez para trasladar, de facto, los restos del dictador.
El recurso de casación presentado por la familia Franco -y al que posteriormente se sumaban los interpuestos por la Fundación, la Abadía benedictina y la Asociación para la defensa del Valle de los Caídos- planteaba esta duda competencial al Supremo: la validación del acuerdo de exhumación quedaría, aún así, supeditado al permiso del padre Cantera, prior del Valle de los Caídos y máxima autoridad eclesiástica en la Basílica de Cuelgamuros.
Según la jerarquía normativa en España, aún cuando la decisión del Gobierno ha sido confirmada por los seis magistrados de la Sala Tercera del Supremo, ésta no podría anteponerse a la inviolabilidad de los espacios de culto, recogida en los acuerdos suscritos entre el Vaticano y España.
De manera que, Pedro Sánchez deberá proponer a su Consejo de Ministros la adopción de un nuevo acuerdo ejecutivo, con una nueva fecha concreta para la exhumación de Franco, y una vez formalizado el mismo dirigirse a la Iglesia para comunicarlo y obtener su conformidad.
Licencia urbanística
El juez encargado de decidir sobre la legalidad de la licencia urbanísitca concedida por el Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial para la apertura de la tumba de Franco previa al traslado de los restos del dictador -José Yusty Bastarreche- ordenaba la suspensión cautelar de la misma, el pasado mes de febrero.
Pendiente de tomar una decisión definitiva sobre el fondo del asunto, el magistrado fijó la comparecencia en sede judicial de los arquitectos que firmaron el estudio encargado por la familia Franco -José Ismael de la Barba y Enrique Porto Rey- para desvirtuar la autorización administrativa emitida por el Consistorio; y, del aparejador titular del ente municipal. Una declaración que se producirá en los próximos días.
A salvo de un pronunciamiento expreso del Tribunal Supremo -y aún en dicho caso- en la sentencia que avala la exhumación de Franco, y cuyo fallo se ha hecho público en avance este martes, la conformidad del Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial en un trámite imprescindible para la salida de los restos del dictador del Valle de los Caídos, depende de la decisión final del titular del Juzgado de lo contencioso-administrativo número 3 de Madrid.
La Abogacía del Estado incluyó este aspecto en su escrito de contestación al recurso planteado por los Franco ante el Alto Tribunal, así como el de conclusiones finales, y es previsible que los seis magistrados de la Sección Cuarta de la Sala Tercera que han autorizado la exhumación de Franco, subsanen el trámite en sentido favorable al Gobierno.
«Es decisivo recordar que se trata de remover unas losas de mármol, que a su vez tapan una losa de granito de, al parecer, 2.000 kilos de peso. Y no hace falta ser arquitecto, arquitecto técnico, ingeniero ni maestro de obras para percatarse de que ello es de por sí algo complicado, difícil de manejar y, por tanto, peligroso por el riesgo evidente de caída, rotura o cualquier otro accidente que pueda ocurrir, y que a su vez pueda causar daños a las personas, sin dudo un grupo no escaso de ellas, que tienen que realizar la citada maniobra», decía el juez en un Auto.