La Delegación del Gobierno recurre la Oficina Antifraude de Carmena por violar 6 leyes y la Constitución

Carmena-Podemos
Manuela Carmena en una reciente imagen. (Foto: Ayuntamiento de Madrid)

La Delegación de Gobierno de Madrid ha presentado un recurso ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJM) contra la Oficina contra el Fraude y la Corrupción del Ayuntamiento de Madrid. La institución liderada por Concha Dancausa explica que el reglamento y designación de director podría vulnerar «diez artículos de seis leyes, así como otros cinco de la Constitución Española» basándose en un informe de Abogacía del Estado.

Las normas posiblemente vulneradas serían la Constitución española, la Ley de Procedimiento Administrativo Común, la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público, la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Reguladora de Bases de Régimen Local y la Ley de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.

Delegación argumenta en lo referido a las funciones de la Oficina que son de «investigación y comprobación» y, por lo tanto, «suponen el ejercicio de una potestad imperativa».

Pueden llevarse a cabo mediante requerimientos, visitas de inspección o entrevistas personales afectando siempre «al ámbito de las competencias de órganos municipales (Intervención General e Inspección General de Servicios) a los que conforme a la ley les corresponde la inspección, supervisión o control de la actividad municipal».

Consideran que esta Oficina «podría invadir la competencia de los órganos encargados de investigar una responsabilidad penal, esto es, juez, fiscal o policía judicial, hasta que no se tuviera conocimiento por parte de ésta de la existencia de una investigación judicial».

Director en tela de juicio

Sobre su composición, Delegación destaca que en el reglamento orgánico no se exige que el director y los vocales que integran el consejo asesor o el personal a su servicio tengan la condición de funcionario de carrera.

Esto puede contravenir la Ley de Bases de Régimen Local (artículo 92.3) y en el Estatuto Básico del Empleado Público (artículo 9.2), que atribuyen en exclusiva a los funcionarios de carrera el ejercicio de las funciones que impliquen el desarrollo de potestades públicas o el ejercicio de autoridad.

En cuanto al director, Delegación considera que los criterios fijados por los candidatos son «indeterminados, sin que respondan a los principios de mérito y capacidad exigidos por el art.103.3.CE».

Defensa de los trabajadores

Por último, el departamento que dirige Dancausa señala que con este recurso quiere «defender los derechos del personal municipal del Ayuntamiento de Madrid, que sería sometido a un control de su actividad que no cumple con las previsiones recogidas en ley y que en este sentido supone una vulneración de sus derechos en comparación con el personal al servicio en las administraciones públicas».

PP y Ciudadanos en contra

El reglamento de la Oficina Municipal contra el Fraude y la Corrupción fue aprobado en el Pleno del 23 de diciembre con los votos favorables de Ahora Madrid y PSOE y el rechazo de PP y Ciudadanos. La Oficina dependerá del Pleno, donde están representados todos los grupos políticos, para asegurar su autonomía.

Dispondrá de un órgano de dirección y un consejo asesor, con presencia de la sociedad civil, para cumplir el mandato de la ONU sobre la lucha contra la corrupción. El tercer teniente de alcalde, Mauricio Valiente, explicó en la presentación de la iniciativa presentada por Ahora Madrid que esta oficina pretende «prevenir, investigar y reforzar las buenas prácticas».

Incluye un «mecanismo de denuncia amplio, incluso con el anonimato, y garantías para quienes se vean sometidos a investigación que, si lo desean, podrán ser acompañados por un abogado para abordar los asuntos con tranquilidad».

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