Tribunal de Cuentas

El Tribunal de Cuentas advierte a IU: «Si tardan más en devolverlo serán donaciones, no micropréstamos»

El Tribunal de Cuentas, en declaraciones a OKDIARIO, explica que, si Izquierda Unida (IU) tardase más de lo estipulado en devolver sus denominado 'microcréditos', no podría llamarlos así, sino donaciones.

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Borja Jiménez

Izquierda Unida recurre a las donaciones por parte de sus afiliados para financiar su campaña electoral 2019, como ya viene haciendo desde hace un tiempo. Sin embargo, en vez de usar la palabra donación, el partido habla de microcréditos, pese a que no da absolutamente ninguna garantía de que puedan ser devueltos los importes, toda vez que, según explican, el reembolso se hará «una vez recibamos las subvenciones electorales».

Y es que si no se devuelven las aportaciones en el plazo estipulado no se podría hablar de microcréditos, sino de préstamos. Desde Izquierda Unida, reconocen a este periódico que, en caso de que no se obtuvieran las cantidades suficientes para sufragar las devoluciones, se pediría más tiempo a los prestamistas, con lo que serían, al 100%, donaciones.

Desde el Tribunal de Cuentas explican a OKDIARIO, en relación al tema de microcréditos, que «los partidos políticos pueden optar, en función de lo que se recoge en el artículo 2, apartado d) de la Ley Orgánica 8/2007, de 4 de julio, sobre financiación de los partidos políticos (LOFPP), por la obtención de fondos procedentes de los préstamos o créditos, tanto con entidades de crédito como con particulares».

Sin embargo, lo cierto es que la figura crediticia de los microcréditos no se encuentra regulada expresamente, como tal, en la LOFPP, lo que ha motivado que el Tribunal de Cuentas haya recogido la siguiente propuesta de modificación legislativa: “Se estima procedente valorar la oportunidad de regular en mayor medida las nuevas fórmulas de financiación a través de operaciones de endeudamiento por concesión de microcréditos”.

Tribunal de Cuentas: «Se analiza si el reintegro ha tenido lugar en el año señalado, pues, de lo contrario, las cantidades recibidas sería consideradas a todos los efectos como donaciones de personas físicas sujetas a los límites y requisitos establecidos»

En su función de fiscalización de las cuentas anuales de los partidos políticos, el Tribunal de Cuentas verifica, en relación con las operaciones de endeudamiento por concesión de microcréditos que puedan concertar las formaciones políticas, si los aportantes estaban correctamente identificados, y si los importes de los créditos no excedieron el límite máximo previsto para las donaciones de personas físicas, tanto en la normativa electoral como en la de financiación de los partidos políticos.

Asimismo, el Tribunal también comprueba si dichas operaciones se han formalizado debidamente y si en los respectivos contratos se han estipulado las condiciones esenciales de las mismas.  En la medida en la que, según las condiciones estipuladas, la devolución de las cantidades recibidas por los partidos políticos deba producirse tras el cobro de las correspondientes subvenciones electorales, se analiza, en el marco de la fiscalización de la contabilidad anual, «si el reintegro ha tenido lugar en el año señalado; pues, de lo contrario, las cantidades recibidas sería consideradas a todos los efectos como donaciones de personas físicas sujetas a los límites y requisitos establecidos».

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