LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

La Ley de Vivienda lo confirma: ahora necesitarás autorización de los vecinos para alquilar tu vivienda

El Gobierno otorga a las comunidades el poder de veto: será necesario un 60% de vecinos a favor del propietario

Los propietarios que logren el permiso podrán sufrir un recargo de hasta el 20% en los gastos de comunidad

El cambio en la ley de alquileres ya es oficial: el propietario tiene que pagar este gasto según la LAU

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Piso en alquiler.

El mercado inmobiliario en España afronta un cambio de paradigma que redefine los límites de la propiedad privada. Con la entrada en vigor de la nueva Ley de Vivienda, el derecho de un propietario a explotar su piso como alojamiento vacacional queda supeditado a la voluntad de sus vecinos.

Se acaba así la era de la libertad total para los pisos turísticos: a partir de ahora, la junta de propietarios tiene la última palabra y una capacidad de control económico que busca proteger la convivencia y frenar la escalada de precios en el alquiler residencial.

El fin de la autonomía individual en los edificios

La reforma de la Ley de Propiedad Horizontal introduce un requisito que hasta hace poco era impensable: la autorización expresa. Desde abril de 2025, cualquier dueño que pretenda inscribir su vivienda como turística deberá someter su decisión a votación en la junta. No bastará con una aprobación simple; la ley exige una mayoría cualificada de tres quintas partes de las cuotas de participación para que el permiso sea válido.

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Junta de propietarios.

Este giro legal responde a la creciente presión social en los centros históricos de ciudades como Madrid, Barcelona o Sevilla, donde el «sobreturismo» ha desplazado a los residentes tradicionales. Con esta herramienta, las comunidades pueden blindar el carácter residencial de su inmueble, evitando el trasiego constante de maletas, el ruido a deshoras y el deterioro de la convivencia.

Un recargo del 20% para compensar el desgaste

Además del permiso previo, la ley introduce una medida de «justicia distributiva» en los gastos del edificio. Las comunidades de propietarios están ahora facultadas para imponer cuotas adicionales de hasta un 20% en los gastos comunes a aquellas viviendas que operen como negocio turístico.

La lógica de esta medida es clara: los alojamientos de rotación constante generan un uso mucho más intensivo de ascensores, portales y limpieza. Hasta ahora, este sobrecoste lo asumían todos los vecinos por igual; con la nueva normativa, el propietario que obtiene el beneficio económico deberá compensar proporcionalmente el mayor desgaste del inmueble.

Vigilancia total mediante la Ventanilla Única Digital

Para evitar que la picaresca burle la ley, el Gobierno ha puesto en marcha la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos. Este registro estatal centraliza todos los contratos de alquiler turístico y de corta estancia, permitiendo a las autoridades cruzar datos de forma inmediata.

Con este sistema, se pretende aflorar los miles de pisos que operan de forma clandestina y asegurar que ninguna vivienda funcione como alojamiento turístico sin el sello de aprobación de su comunidad de vecinos. La vivienda deja de ser vista exclusivamente como un activo financiero para recuperar su función social como hogar estable.

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