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Hacienda te vigila y el Gobierno confirma: te pueden pedir dinero por vivir con tus padres

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Blanca Espada

En los últimos días, mucho se ha hablado de cómo Hacienda podría llegar a pedir dinero a quienes viven con sus padres. Algo que se ha extendido y que ha comenzado a preocupar a muchas personas cuya situación de vida les ha llevado a tener que volver a casa de sus padres. Sin embargo, cuando se revisa bien la normativa, se descubre que la historia es menos alarmante de lo que parece y que la mayoría de hogares no tienen nada de lo que preocuparse aunque lo cierto es que existe una situación en la que sí, Haciendate puede pedir que tributes como una donación por vivir en una casa que sea de tus padres o de hecho, pedírselo a ellos.

Debemos aclarar entonces que la duda surge por un malentendido sobre dos situaciones muy diferentes. Una cosa es vivir en la casa familiar, donde siempre ha residido el núcleo del hogar, y otra muy distinta instalarse en un piso propiedad de los padres sin pagar alquiler. La primera opción forma parte de la vida normal de miles de familias. La segunda, en cambio, es la que abre la puerta a interpretaciones más estrictas por parte de Hacienda, aunque tampoco supone una persecución automática. La confusión se alimenta porque casi nadie conoce los matices, de modo que conviene explicarlos bien y no pensar que cualquier joven que comparte hogar con sus padres puede recibir una notificación. La norma no funciona así. Para entender por qué hay casos que sí preocupan al fisco y otros que no, hay que desgranar paso a paso cómo interpreta la ley la cesión de una vivienda y qué considera realmente como un beneficio sujeto a impuestos.

¿Te puede pedir Hacienda dinero por vivir con tus padres?

El caso más común es también el más sencillo. Si el hijo vive en la vivienda habitual de los progenitores, no existe conflicto fiscal. La Agencia Tributaria no pide explicaciones y tampoco exige documentación adicional y, por supuesto, no reclama ningún pago. La legislación española recoge desde hace décadas el deber de alimentos, que obliga a los padres a proporcionar hogar y sustento a sus descendientes cuando no tienen recursos suficientes. Esa figura legal cubre por completo la convivencia familiar y excluye cualquier consecuencia tributaria.

En otras palabras, compartir casa con los padres no genera impuestos ni para ellos ni para los hijos. Es una situación protegida por el Código Civil y considerada parte de la vida familiar. El problema no aparece en este escenario cotidiano, sino cuando la vivienda cedida es otra distinta.

El verdadero foco de la Agencia Tributaria

La situación cambia cuando los propietarios permiten que su hijo se instale en un segundo inmueble sin pagar alquiler. Puede tratarse de un piso vacío, una vivienda que antes se alquilaba o una casa de vacaciones que pasa a utilizarse como residencia. A ojos del IRPF, esta cesión gratuita no es neutral. La ley entiende que los dueños están obteniendo un beneficio teórico, una renta que no han cobrado pero que podrían haber cobrado si la alquilaran a terceros. Por eso aparece en la declaración la llamada imputación de rentas inmobiliarias.

Ese cálculo se hace aplicando un porcentaje sobre el valor catastral del inmueble, lo que en la práctica obliga a los propietarios a pagar por un ingreso inexistente. A ello se suma otra barrera: al no tratarse de un alquiler real, no pueden deducirse gastos como el IBI, las reparaciones o la comunidad. El resultado es que la cesión gratuita de una segunda vivienda tiene un coste tributario para los dueños, aunque se trate de ayudar a un hijo a independizarse.

El hijo y la sombra de una donación

La advertencia más llamativa de los últimos días tiene que ver con la situación del hijo. Desde una perspectiva jurídica estricta, vivir gratis en un inmueble ajeno se considera una donación del derecho de uso. Y como todas las donaciones, podría estar sujeta al impuesto de sucesiones y donaciones, que gestionan las comunidades autónomas. La base de cálculo sería el precio aproximado de un alquiler en la zona.

En la práctica sin embargo, este tipo de actuaciones es excepcional. Las administraciones autonómicas no suelen iniciar procedimientos por cesiones de uso dentro de la familia salvo que se trate de viviendas de alto valor o existan indicios claros de alquiler en dinero negro. La teoría legal existe, pero  muchos expertos señalan que su aplicación es muy limitada en la vida real.

Cómo evitar problemas

Aun así, hay familias que prefieren curarse en salud y dejar todo documentado para evitar dudas en una futura revisión. Los expertos recomiendan que herramienta más útil es el contrato de comodato, un acuerdo mediante el cual se presta una vivienda para su uso gratuito sin que exista contraprestación económica. Este documento permite justificar ante Hacienda que no hay ingresos y que la cesión no oculta un alquiler encubierto. No convierte la situación en un alquiler ni altera los impuestos ya previstos para los propietarios, pero ayuda a blindar la posición del hijo y aporta seguridad jurídica.

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