PUEDEN EMBARGAR LA NÓMINA

Hacienda confirma el palo y ésto es lo que te va a pasar si no pagas una multa

Hacienda puede embargar la nómina por el impago de una multa de tráfico

Hacienda multa
(Foto: Freepik)
Pedro Antolinos

Hacienda puede embargar las nóminas de las personas que se hayan desentendido de una multa de tráfico. Abonar en el tiempo correspondiente una sanción de la DGT es obligatorio si no quieres tener problemas con la Agencia Tributaria. La Administración tiene potestad legal para acudir al salario de cualquier trabajador y llevarse la cantidad correspondiente, siempre y cuando se supere el Salario Mínimo Interprofesional. Consulta en este artículo todo sobre la multa que puedes recibir de Hacienda por una sanción de la DGT.

Llega el mes de agosto y en los próximos días habrá cientos de miles de desplazamientos por todas las carreteras de España. La etapa reina de las vacaciones comienza en los próximos días y por ello millones de desplazamientos iniciarán un viaje con su vehículo propio. Con el periodo estival llega un tiempo en el que hay que tener máxima precaución al volante. Esta es una época en la que también proliferan las multas por exceso de velocidad en las autopistas y autovías de nuestro país.

Antes de subir marcha y pisar el acelerador, hay que tener en cuenta que una multa de la DGT puede derivar en problemas con Hacienda. Con la Agencia Tributaria siempre es recomendable estar al día y por ello siempre es recomendable pagar lo más rápido posible una infracción de tráfico. Para disfrutar del descuento del 50% que se ofrece por rápido pago y por evitar problemas futuros que pueden desembocar en recargos e incluso en el embargo de una nómina por parte de Hacienda.

Sí, la Agencia Tributaria tiene potestad legal para acudir a una nómina de un trabajador y recaudar el porcentaje correspondiente a una multa impagada. Esto suele ocurrir cuando la DGT impone una infracción a un ciudadano que se desentiende y hace caso omiso de los requerimientos de tráfico. En esta situación, Hacienda nunca olvida y acaba yendo a la nómina del trabajador para llevarse el porcentaje correspondiente, según le ampare la ley.

DGT

Hacienda y la multa de la DGT

El artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil establece una protección legal para los trabajadores que reciban el Salario Mínimo Interprofesional, fijado en 1.184 euros mensuales en 14 pagas. Según la norma, Hacienda no podrá intervenir en la nómina de los trabajadores que cobren menos o esta cantidad. «Es inembargable el salario, sueldo, pensión, retribución o su equivalente, que no exceda de la cuantía señalada para el salario mínimo interprofesional (SMI)», dice la ley sobre los embargos a los perceptores del SMI.

Hacienda sí podrá embargar las nóminas de los trabajadores que sobrepasen el Salario Mínimo Interprofesional, pero solo sobre la parte que excede este mínimo. Por ejemplo, los primeros 1.184 euros son inembargables; de los segundos 1.184 euros podrá recaudar sólo el 30%, de los terceros el 50% y así sucesivamente. En caso de que la nómina no alcance para pagar la multa, la Agencia Tributaria irá a por la del mes siguiente.

La página web oficial de los Automovilistas Europeos Asociados, en un artículo publicado sobre cómo repercute una multa de tráfico en Hacienda, ha puesto un ejemplo de una multa de 500 euros a un automovilista que gana 2.400 euros mensuales. Todo con la referencia de los 1.134 euros, que era el Salario Mínimo Interprofesional en el pasado mes de diciembre de 2024.

Esta asociación deja claro que los primeros 1.134 serían inembargables y de los segundos 1.134 Hacienda se llevaría el 30%, que equivale a 340,2 euros. De los 132 euros restantes, recogería el 50%, que es igual a 66 euros. De esta forma, del salario de 2.400 euros se embargarían 406,2 euros y los 100 restantes corresponderían a la nómina del mes siguiente.

  • Primeros 1.134 euros: inembargables.
  • Segundos 1.134 euros: el 30% = 340,2 euros.
  • De los 132 euros restantes: el 50% = 66 euros.
  • Total salario 2.400 euros: embargado = 406,2 euros.

Hay que tener en cuenta que, en caso de pago tardío, también se pueden imponer recargos. Por ejemplo, se cobrará un 5% cuando se inicie el proceso de apremio y el recargo será de un 10% si se paga durante este proceso. Si se abona esta cantidad una vez finalizado el apremio, el interés será de un 20%. Por ello, siempre que te llegue la notificación de una multa de la DGT a tu domicilio o a la aplicación del teléfono móvil, lo más recomendable es pagarla de la forma más rápida posible para disfrutar del descuento y evitar recargos o embargos de la nómina.

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