El Supremo tumba los aranceles de Trump y abre la puerta a devoluciones millonarias
el Alto Tribunal concluye de forma tajante que "la IEEPA no autoriza al presidente a imponer aranceles"

El Tribunal Supremo de Estados Unidos ha asestado el mayor revés judicial a Donald Trump desde su regreso a la Casa Blanca al dictaminar que la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional (IEEPA) no autoriza al presidente a imponer aranceles de forma unilateral. La decisión, adoptada por una mayoría de seis votos frente a tres, invalida el uso de esta norma de 1977 como base legal para los llamados «aranceles recíprocos» anunciados en abril de 2025.
En su fallo, el Alto Tribunal concluye de forma tajante que «la IEEPA no autoriza al presidente a imponer aranceles» y respalda así la sentencia previa de un tribunal inferior que ya había considerado que el recurso a esta legislación excedía la autoridad presidencial. Los magistrados conservadores Clarence Thomas, Samuel Alito y Brett Kavanaugh formularon una opinión discrepante.
La resolución desmonta la tesis defendida por la Administración Trump, que sostenía que la IEEPA otorgaba al jefe del Ejecutivo la facultad de fijar aranceles ilimitados sin someterse a las restricciones procesales previstas en otras leyes comerciales. El Supremo subraya, por el contrario, que la Casa Blanca debe «aducir una autorización clara del Congreso» cuando pretenda arrogarse una competencia de semejante alcance.
El tribunal considera insuficiente que la IEEPA conceda al presidente la potestad de «regular la importación», ya que el texto legal no contiene referencia expresa alguna a aranceles o derechos aduaneros. De hecho, recuerda que ningún presidente anterior había interpretado esta norma de emergencia como una habilitación para imponer gravámenes generalizados a socios comerciales.
«Reivindicamos únicamente el papel limitado que nos asigna el Artículo III de la Constitución», señala la sentencia, en la que los jueces insisten en que no se atribuyen competencias especiales en materia económica o de política exterior, sino que se limitan a examinar si el Ejecutivo actuó dentro de los márgenes que fija la ley.
Una ley de emergencia bajo la lupa
La IEEPA, aprobada en 1977, permite al presidente regular o prohibir determinadas transacciones internacionales cuando se declara una emergencia nacional vinculada a amenazas externas. Sin embargo, el Supremo concluye ahora que esa habilitación no equivale a una carta blanca para rediseñar la política arancelaria del país.
El origen del litigio se remonta a abril de 2025, cuando Trump anunció aranceles globales a decenas de socios comerciales mediante órdenes ejecutivas apoyadas en la citada ley. La medida fue impugnada por una docena de estados y por varias empresas estadounidenses, que consideraron que el presidente se había extralimitado en sus competencias.
A finales de mayo, el Tribunal de Comercio Internacional ya había dictaminado que el mandatario había invocado indebidamente la IEEPA para sustentar su política arancelaria. Posteriormente, a comienzos de noviembre de 2025, el Supremo escuchó los argumentos tanto de la Administración como de los demandantes antes de emitir su fallo definitivo.
Durante el proceso, el propio Trump advirtió de que una decisión contraria a sus tarifas sería “un completo desastre” y obligaría al país a reembolsar “billones” de dólares. Esa advertencia cobra ahora especial relevancia ante el escenario que se abre tras la sentencia.
Posibles reembolsos y nueva batalla legal
La resolución del Supremo no solo invalida la base jurídica de los aranceles, sino que abre la puerta a una compleja batalla judicial y económica. Miles de empresas afectadas por el encarecimiento de las importaciones podrían reclamar ahora la devolución de las cantidades abonadas en concepto de gravámenes.
El alcance financiero de esas eventuales reclamaciones dependerá de cómo se articule la ejecución de la sentencia y de si el Gobierno opta por habilitar un mecanismo específico de compensación o deja que las devoluciones se diriman caso por caso en los tribunales.
En cualquier caso, el fallo supone un claro recordatorio de los límites del poder ejecutivo en materia comercial. El Supremo deja sentado que, incluso en contextos de emergencia nacional, la política arancelaria requiere una base legal explícita y el respaldo del Congreso.
La decisión también introduce un factor de incertidumbre en la estrategia comercial de la Casa Blanca y en las relaciones con los socios afectados por los gravámenes. Más allá del impacto inmediato en las cuentas públicas, el pronunciamiento refuerza el principio de separación de poderes y delimita con mayor precisión el margen de actuación del presidente en el terreno económico.