La ayuda de 7.200 euros para conciliar que no conocías: estos son los requisitos

La última ayuda de la Junta de Andalucía que ayuda a conciliar a los autónomos

Ayuda conciliar
Cuatro trabajadores en la calle de una ciudad. (EFE)
Pedro Antolinos

La Junta de Andalucía presidida por Juan Manuel Moreno Bonilla sigue tomando medidas para ayudar a los ciudadanos y la última tiene que ver con los autónomos, uno de los grupos que más sufren la alta tasa de impuestos con los que el Gobierno de Sánchez arrasa a la población. La última ayuda del ejecutivo en Andalucía tienen que ver con una prestación para conciliar para los trabajadores autónomos que tengan que contratar a otra persona durante un periodo de embarazo o descanso tras el nacimiento de un hijo.

La Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo perteneciente a la Junta de Andalucía ha publicado en el Boletín Oficial de Andalucía una serie de subvenciones para trabajadores autónomos para facilitar la conciliación de la vida personal, familiar y laboral. Esta ayuda para conciliar están dotadas con 600.000 euros para que las personas que están dentro de este grupo puedan contratar a otro trabajador durante la baja por embarazo, nacimiento de un hijo o cualquier otro tipo de conciliación que tiene que ver con un nacimiento.

El proceso para solicitar esta ayuda para conciliar del Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo está publicada desde el Boletín Oficial de Andalucía y las personas que quieran disponer de ésta tienen hasta el próximo 15 de septiembre para presentar la solicitud, que atañe a todas las personas que estén en el ceso de la comunidad autónoma de Andalucía.

La ayuda para conciliar de la Junta de Andalucía

La ayuda para conciliar de la Junta de Andalucía dirigidas a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral para las personas autónomas tiene dos líneas establecidas. Según recoge el Boletín Oficial de Andalucía, la línea 4 está destinada «para la contratación realizada por personas trabajadoras autónomas con hijos o hijas menores de tres años a su cargo para que trabajen en su actividad económica o profesional».

Por su parte, la línea 5 está destinada para «la contratación realizada por personas trabajadoras autónomas para su sustitución en los supuestos de riesgo durante el embarazo, y en los periodos de descanso por nacimiento de hijo o hija, adopción, guarda con fines de adopción, o acogimiento familiar».

Por lo que respecta a los requisitos y las personas que pueden optar a este tipo de subvenciones son las siguientes:

  • Línea 4: Personas trabajadoras autónomas, que tengan a su cargo hijos o hijas menores de tres años por nacimiento o adopción, guarda con fines de adopción, o acogimiento familiar permanente de la persona menor de tres años.
  • Línea 5: Las mujeres trabajadoras autónomas en situación de riesgo durante el embarazo y las personas trabajadoras autónomas, en general, para el disfrute del periodo de descanso por nacimiento de hijo o hija, adopción, guarda con fines de adopción, o acogimiento familiar.

Cuantía de la ayuda para conciliar

La Junta de Andalucía destina un total de 600.000 euros, de los cuales 315.000 euros irán a parar a los autónomos correspondientes a la línea 4 mientras que los de la 5 recibirán 285.000 euros. De esta forma, la cuantía de la ayuda para conciliar será la siguiente. Por lo que respecta a la línea 4:

  • 6.000 euros a tanto alzado, por cada nueva contratación por cuenta ajena realizada con una persona desempleada no ocupada e inscrita en el Servicio Andaluz de Empleo como demandante de empleo con una jornada de trabajo a tiempo completo por un periodo de doce meses.
  • 7.200 euros por cada nueva contratación por cuenta ajena que se realice con una jornada de trabajo a tiempo completo por un periodo de doce meses. La condición será que la contratación se realice con una persona desempleada no ocupada, inscrita en el Servicio Andaluz de Empleo como demandante de empleo, que sea: mujer, hombre menor de 30 años, persona con discapacidad reconocida en un grado igual o superior al 33%, víctima de violencia de género o víctima de terrorismo.

En el caso de la línea 5:

  • 3.200 por un periodo de ocho meses: Para el contrato de interinidad a jornada completa formalizado por las mujeres trabajadoras autónomas en los supuestos de riesgo por el embarazo.
  • 1.700 euros por un período de dieciséis semanas y 1.900 euros por un período de dieciocho semanas: para el contrato de interinidad a jornada completa formalizado por las personas trabajadoras autónomas en el periodo de descanso por motivos de nacimiento de hijo o hija, adopción, guarda con fines de adopción y acogimiento familiar.

Estás cuantías se incrementarán en un 50% en el caso de que se contraten a personas desempleadas no ocupadas inscritas en el Servicio Andaluz de Empleo como demandantes de empleo, que sean: mujeres, hombres menores de 30 años, persona con discapacidad reconocida en un grado igual o superior al 33% o víctima de violencia de género.

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