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Aviso de Hacienda a los jubilados: dejad de hacer esto porque os vigilan

Aviso de Hacienda a los jubilados: dejad de hacer esto porque os vigilan
Janire Manzanas
  • Janire Manzanas
  • Graduada en Marketing y experta en Marketing Digital. Redactora en OK Diario. Experta en curiosidades, mascotas, consumo y Lotería de Navidad.

Hacienda ha lanzado un serio aviso a los jubilados acerca de una práctica relativamente común entre este grupo de población: guardar dinero ‘bajo el colchón’. Son muchas las personas mayores que tienen la costumbre de guardar dinero en efectivo en casa, ya sea para tenerlo a mano si surge algún imprevisto o para ahorrarlo. Sin embargo, conlleva una serie de riesgos que conviene conocer.

Cuidado con el dinero guardado ‘bajo el colchón’

Lo normal es que saquen el dinero de su cuenta corriente una vez cobran la pensión y se lo lleven a casa, sitio en el que a partir de ese momento pasan a tener la total responsabilidad de todo lo que le pase a ese dinero.

En lo que respecta a Hacienda, puede controlar todos los movimientos que implican billetes de 500 euros, así como los ingresos o las retiradas por importe superior a 3.000 euros. En ambos casos, los jubilados pueden sacar el dinero de su cuenta corriente para guardarlo en casa.

Pero, ¿de qué manera puede la Agencia Tributaria ser conocedora de estos movimiento bancarios? Cabe señalar que tiene acuerdos establecidos con la Ley General Tributaria por la que los bancos deben informar de las operaciones mencionadas anteriormente.

Además, aunque el importe sea inferior a 3.000 euros, si la entidad bancaria sospecha de algún movimiento extraño, puede igualmente informar a Hacienda.

El artículo 93 de Ley General Tributaria publicada en este Boletín Oficia del Estado (BOE) establece que las entidades bancarias están obligadas“a proporcionar a la Administración tributaria toda clase de datos, informes, antecedentes y justificantes con trascendencia tributaria relacionados con el cumplimiento de sus propias obligaciones tributarias o deducidos de sus relaciones económicas, profesionales o financieras con otras personas”.

Y añade que “los movimientos de cuentas corrientes, depósitos de ahorro y a plazo, cuentas de préstamos y créditos y demás operaciones activas y pasivas, incluidas las que se reflejen en cuentas transitorias o se materialicen en la emisión de cheques u otras órdenes de pago” también están dentro de este grupo.

Por lo tanto, Hacienda puede llamar a aquellos jubilados que hayan realizado diferentes movimientos en su cuenta corriente que hayan levantado sospecha. Aún así, no hay motivos para preocuparse, ya que en el caso de que la Agencia Tributaria envíe una citación por este motivo, tener el dinero ‘bajo el colchón’ no es delito. Solo habrá que aclarar el origen del dinero, esto es, si procede de la pensión de jubilación o de capital inmobiliario, por ejemplo.

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