TRIBUNALES

Caso Imelsa: la Audiencia de Valencia condena al ‘yonki del dinero’ a 7 años y 10 meses

Absuelve al PP como responsable civil subsidiario de un presuntos desvío de fondos en las campañas de 2007 y 2008

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Caso Imelsa PP
Marcos Benavent, el 'yonki del dinero' en una imagen de archivo.

El primer juicio por la macrocausa de Imelsa ya tiene sentencia: la sección quinta de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a siete años y diez meses de prisión al que fuera gerente de la extinta empresa pública de la Diputación provincial y autodenominado yonki del dinero por los delitos de prevaricación, malversación y falsedad y blanqueo en la primera pieza del caso, la de Thematica.

En esta pieza, cuya vista comenzó en mayo del pasado año, se han juzgado irregularidades en adjudicaciones a la empresa Thematica Events, de la que el yonki del dinero era titular del 40% de forma encubierta. La sala ha impuesto a Benavent una condena similar a la reclamada por la Fiscalía Anticorrupción, que solicitaba ocho años y tres de prisión para el acusado.

El juicio llegó tras más de seis años desde que se practicaran las primeras detenciones en este procedimiento -en 2014 Esquerra Unida llevó a la Fiscalía unas grabaciones con las supuestas irregularidades y en enero de 2016 se hicieron los primeros arrestos- y comprendió varios apartados.

Entre ellos, un presunto desvío de fondos para el abono de campañas electorales del Partido Popular en las elecciones municipales de 2007 y en las generales del año 2008. En este apartado, la sala ha absuelto a todos los procesados de un delito de malversación de caudales públicos: Benavent; el administrador de Thematica Events, Rafael García Barat; el exalcalde de Moncada con el PP y exvicepresidente de la corporación provincial, Juan José Medina, para quien el ministerio fiscal pedía cinco años de cárcel, y al PP como responsable civil subsidiario.

Las otras piezas

La pieza de Thematica se ha dividido en cuatro apartados: el de las campañas electorales del PP; la adjudicación del servicio de Bibliobús de los veranos de 2008 y 2009 a cargo de la Concejalía de Cultura del Ayuntamiento de València y este mismo servicio para las pedanías en 2010 y para el verano de 2010 -en este último no llegó a promoverse-; el evento Metamorphosis en el MuVIM y la actividad desarrollada en torno a la empresa Berceo Mantenimiento con vistas a un blanqueo de capitales.

En el banquillo de los acusados además de Benavent, Medina y García Barat han sido juzgadas cinco personas más: la jefa de servicio de Acción Cultural de la Concejalía de Cultura, Francisca Tamarit; los administradores de varias mercantiles que admitieron al inicio de la vista los hechos por los que habían sido procesados: José Antonio Toledo y Francisco Javier Márquez, responsables de sociedades que realizaron facturas por trabajos no realizados, y José Estarlich, que fue al igual que Jaime José Úbeda administrador de la mercantil Berceo, cuya propiedad real era del yonki.

Por el apartado del Bibliobús, la sala ha condenado a Tamarit y García Barat a cinco y cuatro años y siete meses de prisión, respectivamente, por malversación y falsedad y les impone una indemnización al Ayuntamiento de 106.728 euros, con Thematica y otra entidad como responsable civil subsidiaria.

Por el del evento Metamorphosis, absuelve al que fuera director financiero de Imelsa, José Enrique Montblanch, y condena a Benavent por prevaricación, malversación y falsedad a cinco años y seis meses de prisión, inhabilitación y el pago de una multa de 17.100 euros y a indemnizar con 136.634,51 euros a la heredera de Divalterra, junto con García Barat, a quien condena a cuatro años y siete meses de cárcel; a diez meses de cárcel a Toledo por malversación y falsedad, al igual que a Francisco Javier Márquez y a año y medio a Úbeda.

Y por último, en el apartado de Berceo Mantenimientos SL., condena al yonki por blanqueo y falsedad a dos años y cuatro meses de prisión y a la pena de multa de 295.000 euros y a que junto con Úbeda, condenado a un año y siete meses, indemnicen con 93.186 euros a la mercantil heredera de Divalterra. En este caso, Estarlich ha sido condenado a siete meses de cárcel.

La sala ha tenido en cuenta las atenuantes de dilaciones indebidas y confesión en los condenados que admitieron los hechos así como reparación del daño, ya que dos consignaron parte o el total del dinero reclamado como responsabilidad.

El tribunal ha rechazado la nulidad y exclusión del procedimiento de las grabaciones de los dos pendrives y otras intervenciones telefónicas que pedían las defensas, que alegaban vulneración del derecho a la intimidad e irregularidades en la cadena de custodia.

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