Ayudas públicas

Nueva ayuda de 100 euros mensuales por hijo: requisitos y cómo solicitarla

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Descubre cómo es y cómo pedir la nueva ayuda para bebés hasta los 3 años
Blanca Espada

Entre las nuevas medidas anunciadas el Gobierno para favorecer a las familias que más lo necesitan, y que están incluidas en la nueva Ley de Familias que ha formado parte del paquete de los Presupuestos Generales del Estado para 2023 se incluye una destinada a niños menores de 3 años así que si tienes hijos de esa edad o menos puede que te interese saber de qué se trata y qué trámite seguir para solicitarla. Te hablamos a continuación, de la nueva ayuda de 100 euros mensuales por hijo: requisitos y cómo solicitarla.

Nueva ayuda de 100 euros mensuales para hijos hasta 3 años

La llamada «renta de crianza» es una de las nuevas medidas que se han incluido en los nuevo PGE y que tiene que ver con la ayuda de 100 euros al mes por cada hijo entre los 0 y 3 años. Una ayuda que va a entrar en vigor a partir del próximo 1 de enero y que en realidad no es nueva del todo si bien que no deja de ser la deducción por maternidad a la que ya tenían derecho las madres trabajadoras y que ahora se va a extender a todas las madres con bebés entre los 0 y 3 años.

Por el momento la ley es un borrador, de modo que podría sufrir algunas modificaciones. Si embargo, en función de lo que se ha dado a conocer podemos explicarlos cómo pedirla.

¿Quién puede solicitar la ayuda?

Com decimos, la ayuda seguirá beneficiando a las madres trabajadoras ya sea que trabajen por cuenta propia o ajena, así como a las madres que no están trabajando.

Para solicitarla eso sí, se debe estar dada de alta en la  Seguridad Social o mutualidad durante al menos 30 días o haber sido receptora de una prestación por desempleo.

Sin embargo, el gobierno ha hablado de una ayuda de prestación de crianza para las familias con hijos menores a cargo, y no se habla sólo de las madres. De todos modos, la actual deducción por maternidad no sólo se adjudica a madres con hijos de 0 a 3 años (si es un caso de adopción o acogimiento, se puede solicitar con independencia de la edad del menor, durante los 3 años siguientes a la fecha de inscripción en el Registro Civil o durante los 3 años posteriores a la fecha de la resolución judicial o administrativa), sino también en el caso de progenitores del mismo sexo,
el padre o tutor en caso si fallece la madre así como el padre o tutor cuando la guarda y custodia es exclusiva.

¿Cómo se solicita la ayuda?

Hay dos maneras de percibir esta ayuda. Una es sumarla a la declaración de IRPF en la próxima campaña de la Renta de la Agencia Tributaria. Si lo hacemos así Hacienda lo restará de nuestra declaración si nos sale a pagar, o nos lo ingresará en el caso de que salga a devolver.

La otra manera es pedir la ayuda mensualmente,  mediante el Modelo 140, correspondiente a las deducciones por maternidad. Si deseas solicitarlo y presentar este modelo, debes ingresar en la web de la Agencia Tributaria, con tu DNI electrónico, certificado digital o a través del sistema Cl@ve.  O también puedes solicitar cita previa y presentar el modelo de forma presencial o hacer el trámite por teléfono llamando al 937297171, extensiones 135 ó 286.

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