Más de 13 años de cárcel para un inmigrante ilegal marroquí por una violación en una chabola de Almería
La Audiencia acuerda su expulsión de España durante 10 años una vez cumpla 3/4 partes de la pena

La Audiencia de Almería ha sentenciado a un hombre a 13 años y cuatro meses de cárcel por violar, agredir y vejar de forma continuada a la mujer con la que convivía en un asentamiento chabolista. El condenado es un inmigrante marroquí en situación irregular. El tribunal acuerda su expulsión de España durante 10 años una vez cumpla las tres cuartas partes de la pena o acceda al tercer grado.
La sentencia, a la que ha tenido acceso OKDIARIO Andalucía, señala que el acusado y la víctima, que vivía en Francia, se conocieron por internet e iniciaron una relación sentimental. Ella se fue a vivir con él a un poblado chabolista de Almería. La primera semana de convivencia fue «buena», pero luego él pasó a insultarla de forma habitual, llamándola «puta» y diciéndole que «no servía para nada».
La tarde del 6 de mayo de 2024, cuando apenas llevaban un mes viviendo juntos, iniciaron una fuerte discusión después de que él bloqueara en su teléfono a una amiga con la que ella estaba hablando. El procesado le dio varios puñetazos en el brazo y acto seguido, pese a su negativa, la violó en la chabola.
La agresión le causó hematomas en el brazo y marcas en el cuello. El tribunal considera creíble, persistente y verosímil el testimonio de la víctima, corroborado por el parte médico y el informe forense. Rechaza también las alegaciones de la defensa, que pedía la nulidad de la prueba de ADN y la absolución.
El acusado, sin antecedentes penales, se encuentra en prisión provisional por esta causa desde el 7 de mayo de 2024, un día después de los hechos.
Por la agresión sexual, la Audiencia de Almería lo condena a 12 años y seis meses de prisión, 16 años de alejamiento y ocho años de libertad vigilada. Por las lesiones, le impone 10 meses de cárcel y tres años de alejamiento, y por la vejación continuada, añade 20 días de localización permanente y 6 meses de alejamiento.
El tribunal acuerda la sustitución de todas las penas por la expulsión de España y la prohibición de regresar durante 10 años, medida que se ejecutará cuando el condenado acceda al tercer grado o haya cumplido tres cuartas partes de la pena.
Además, en el ámbito civil, deberá indemnizar a la víctima con 6.250 euros (250 por las lesiones y 6.000 por el daño moral causado). También deberá pagar las costas procesales, incluidas las de la acusación particular. Contra la sentencia, dictada por la Sección Tercera, cabe recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.
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