Un inmigrante peruano ante su posible expulsión de España tras encerrar a su pareja en casa durante horas

Audiencia de Sevilla
Audiencia de Sevilla (EUROPA PRESS).
Borja Jiménez

Un inmigrante peruano residente en Sevilla ha sido condenado a dos años de prisión por delitos continuados de coacciones y de quebrantamiento de medida cautelar, tras haber sometido a su expareja a medidas «de control» como «encerrarla en la vivienda sin posibilidad de salir» de la misma o dejarla «en la calle sin llaves», extremo reconocido por el encartado. Sin embargo, queda pendiente un auto sobre su posible expulsión de España como sustitución de la pena de prisión

El asunto ha quedado resuelto mediante un acuerdo de conformidad entre las partes, quedando pendiente un auto que zanje sobre su posible expulsión de España como sustitución de la pena de prisión, pues se trata de un ciudadano peruano, o la suspensión de la misma por el tiempo ya cumplido entre rejas.

Según el escrito de acusación de la Fiscalía, recogido por Europa Press y cuyo contenido ha aceptado el acusado, identificado como Juan Fidel C.V., el mismo mantuvo una relación sentimental con la víctima, durante la cual y además tras la misma, «a sabiendas de que ella padece una enfermedad psiquiátrica que le hace especialmente vulnerable y es además adicta a sustancias estupefacientes, y aprovechando tal circunstancia, ejercía de manera habitual conductas de control» sobre la mujer.

Más al detalle, la Fiscalía precisa que el encartado, natural de Perú, conseguía supuestamente que la mujer «le entregase las llaves de su vivienda», en el barrio de Pino Montano, «bien con la promesa de entregarle droga a cambio, bien creándole el temor de pegarle si no lo hacía; y una vez con las llaves las usaba para limitar los movimientos de su pareja, encerrándola en la vivienda sin posibilidad de salir o dejándola en la calle sin llaves y sin acceso a la misma».

Fruto de ello, el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número uno de Sevilla impuso al acusado la prohibición cautelar de aproximarse a la víctima, su domicilio o su lugar e trabajo mientras durase la presente causa judicial.

Pero pese a ello, según la Fiscalía, Juan Fidel C.V., «mostrando un absoluto desprecio a la autoridad de la anterior resolución, desde la misma fecha del dictado de la misma, regresó en diversas ocasiones al domicilio» de su expareja.

Encerrada

En una de estas ocasiones, según el relato de los hechos aceptado por el encartado, el mismo «regresó al domicilio donde ya residía» su expareja «tras haber abandonado la casa de acogida que le fue asignada, haciéndose con un juego de llaves y dejándola en la calle sin posibilidad de acceder» a la vivienda; mientras en otra dejó «encerrada» a la mujer «durante horas» en el inmueble «hasta que fue auxiliada» por la Policía y los Bomberos.

Dado el caso, la Fiscalía atribuía a Juan Fidel C.V. un delito continuado de coacciones y otro delito continuado de quebrantamiento de medida cautelar, reclamando para él en conjunto 22 meses de cárcel, dos años y medio de prohibición de acercarse a la víctima o comunicarse con ella y dos años y medio de privación del derecho a tenencia y porte de armas.

La acusación particular, ejercida por su expareja, agregaba a tales delitos el delito adicional de detención ilegal, por lo que solicitaba penas de cárcel más elevadas para el acusado.

El juicio estaba previsto para este jueves en la Sección Cuarta de la Audiencia de Sevilla, si bien la sesión ha materializado el acuerdo alcanzado finalmente entre la Fiscalía, la acusación particular y la defensa, para resolver el asunto por conformidad entre todas las partes.

Acuerdo

Fruto de dicho acuerdo, la acusación particular ha renunciado a los cargos que presentaba por un presunto delito de detención ilegal, adhiriéndose al relato de hechos de la Fiscalía; y Juan Fidel C.V. ha reconocido y asumido tales hechos, aceptando un año de cárcel por el delito continuado de coacciones y otro año más de prisión por el delito continuado de quebrantamiento de medida cautelar; además de dos años y medio de prohibición de aproximarse o comunicarse con la víctima.

A partir de ahí, la Fiscalía y la acusación particular han propuesto la sustitución de la pena de cárcel por la expulsión de España del condenado durante un periodo de tiempo, extremo al que la defensa y el propio encartado se han opuesto, alegando su «arraigo» en Sevilla. En paralelo, la defensa de Juan Fidel C.V. ha solicitado de su lado la suspensión de las penas de prisión a cuenta del tiempo que el inculpado ha pasado ya privado de libertad.

Dado el caso, el tribunal ha decidido deliberar sobre ambos aspectos y resolver sobre los mismos en un auto que habrá de dictar para concretar cómo se materializa la condena.

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