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Cuidado con la DGT: inicia una caza con duras sanciones a los conductores que no respeten esta norma

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Janire Manzanas
  • Janire Manzanas
  • Graduada en Marketing y experta en Marketing Digital. Redactora en OK Diario. Experta en curiosidades, mascotas, consumo y Lotería de Navidad.

Con el objetivo de reducir la siniestralidad vial en las carreteras españolas, la DGT impone sanciones a los conductores que no respeten las normas. En el último año, se han endurecido muchas de ellas, como por ejemplo por llevar un detector de radar en el coche, aunque no se esté utilizando. Ahora, el organismo ha anunciado que va a dar caza a los conductores que no vayan por el carril derecho cuando circulan por autovías y autopistas.

Aunque esta es una norma bien conocida por todos, hay quienes la ignoran, pero es de especial interés saber que se considera una infracción grave, y como tal conlleva una multa de 200 euros y la pérdida de tres puntos del carnet de conducir.

Tal y como recoge el Reglamento General de Circulación, es obligatorio circular por el carril derecho en autovías y autopistas, excepto cuando se realice una maniobra de adelantamiento a otro vehículo. Una vez rebasado, es necesario regresar al carril derecho. Por supuesto, toda maniobra tiene que señalizarse con intermitentes.

Únicamente existe una excepción, que también aparece recogida en el Reglamento General de Circulación, y que permite circular por el carril izquierdo en autovías y autopistas. Se da cuando las circunstancias del tráfico así lo requieran, como por ejemplo si hay un atasco o el carril derecho está inhabilitado por trabajos de mantenimiento.

El artículo 31 del Reglamento General de Circulación es muy claro al respecto: «Fuera de poblado, en las calzadas con más de un carril reservado para su sentido de la marcha, el conductor de un automóvil circulará normalmente por el carril situado más a la derecha, si bien se podrá utilizar el resto de los de dicho sentido cuando las circunstancias del tráfico o de la vía lo aconsejen, a condición de que no entorpezca la marcha de otro vehículo que le siga».

¿Se puede adelantar por la derecha?

Solo se contemplan tres excepciones en las que es posible adelantar por la derecha.

  • En primer lugar, si el vehículo al que adelantas está indicando claramente su propósito de cambiar de dirección a la izquierda.
  • En vías urbanas, está permitido adelantar por la derecha en calzadas que tengan como mínimo dos carriles reservados a la circulación en el mismo sentido de marcha.
  • En un atasco, si te mantienes en el carril derecho, no es adelantamiento, sino rebasamiento.

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