Sanidad revisará el esquema de precios de medicamentos y añadirá nuevos tramos de copago farmacéutico

Se fomenta la competencia a través de la reformulación del sistema de precios de referencia para incentivar la entrada de medicamentos genéricos

Sanidad precio medicamentos y copago
El ministerio de Sanidad.
Diego Buenosvinos
  • Diego Buenosvinos
  • Especialista en periodismo de Salud en OKDIARIO; responsable de Comunicación y Prensa en el Colegio de Enfermería de León. Antes, redactor jefe en la Crónica el Mundo de León y colaborador en Onda Cero. Distinguido con la medalla de oro de la Diputación de León por la información y dedicación a la provincia y autor de libros como 'El arte de cuidar'.

Fact checked

×

Este artículo de OkSalud ha sido verificado para garantizar la mayor precisión y veracidad posible: se incluyen, en su mayoría, estudios médicos, enlaces a medios acreditados en la temática y se menciona a instituciones académicas de investigación. Todo el contenido de OkSalud está revisado pero, si consideras que es dudoso, inexacto u obsoleto, puedes contactarnos para poder realizar las posibles modificaciones pertinentes.

El Ministerio de Sanidad prepara la consulta pública previa el proyecto de Real Decreto que busca actualizar el sistema de financiación y fijación de precios de los medicamentos en España.

Con esta iniciativa, se pretende dar respuesta a la necesidad de clarificar y desarrollar aspectos clave de la normativa actual, que data de 2015, y que no ha sido desarrollada en su totalidad. El objetivo principal es asegurar el acceso a los medicamentos para los ciudadanos, al mismo tiempo que se controla el gasto farmacéutico y se promueve la eficiencia del Sistema Nacional de Salud (SNS).

El Real Decreto pretende dar mayor transparencia y seguridad jurídica, por lo que se definirán con «mayor precisión» los criterios para la inclusión, exclusión y revisión de medicamentos en la financiación pública, lo que «reducirá la incertidumbre para las compañías farmacéuticas y agilizará la toma de decisiones», detallan.

Asimismo, se fomenta la competencia a través de la reformulación del sistema de precios de referencia para incentivar la entrada de medicamentos genéricos y biosimilares, lo que contribuirá a la sostenibilidad del sistema.

También se implementará un sistema de evaluación ‘ex post’ para analizar la efectividad y eficiencia de los medicamentos una vez que están en el mercado. Además, se establecerá un marco de relación más claro entre la Administración, las compañías farmacéuticas, los profesionales sanitarios y los pacientes, fomentando la participación de todos en la toma de decisiones.

Los ciudadanos, organizaciones y asociaciones pueden enviar sus opiniones, propuestas o sugerencias hasta el 15 de enero

El Ministerio afirma que este proyecto de Real Decreto se alinea con la Estrategia de la Industria Farmacéutica 2024-2028, recientemente aprobada por el Consejo de Ministros, y con los compromisos adquiridos por España en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Copago farmacéutico

Por otra parte, Sanidad podría incluir un nuevo copago a rentas superiores a 35.000 euros anuales, pero la reforma se intensificará para aquellos con ingresos superiores a 100.000 euros.

En el sistema actual, las personas activas con una renta anual entre 18.000 y 100.000 euros pagan un 50% del coste de sus medicamentos, mientras que aquellos con ingresos superiores a los 100.000 euros tienen un copago del 60%.

Aportación actual en función de la renta

Para asignar la aportación farmacéutica que corresponde a cada usuario, la Agencia Tributaria facilita anualmente al INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) los datos del nivel de renta de los usuarios, procedentes de la declaración del IRPF del último ejercicio fiscal. A partir de estos datos, el INSS asigna la aportación farmacéutica individual y la comunica a los Servicios de Salud de las comunidades autónomas.

Con carácter general, el porcentaje de aportaciones del usuario seguirá el siguiente esquema:

El 60% del PVP: para los usuarios y sus beneficiarios cuya renta sea igual o superior a 100.000 euros consignada en la casilla de base liquidable general y del ahorro de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las personas

El 50% del PVP: para las personas que ostenten la condición de asegurado activo y sus beneficiarios cuya renta sea igual o superior a 18.000 euros e inferior a 100.000 euros consignada en la casilla de base liquidable general y del ahorro de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

El 40% del PVP: para las personas que ostenten la condición de asegurado activo y sus beneficiarios que no se encuentren incluidos en los apartados a. ó b. anteriores.

El 10% del PVP: para las personas que ostenten la condición de asegurado como pensionistas de la Seguridad Social y sus beneficiarios, con excepción de las personas incluidas en apartado a. anterior.

Lo último en OkSalud

Últimas noticias