El Tribunal Supremo hará pública la sentencia sobre las ‘tarjetas black’ la próxima semana
El Tribunal Supremo publicará la sentencia sobre las ‘tarjetas black’ la próxima semana. Según las fuentes consultadas por OKDIARIO, el magistrado ponente, Miguel Colmenero, ultima en estos días el fallo que resolverá los recursos de casación presentados ante el Alto Tribunal.
La Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional condenaba el 23 de febrero de 2017 por un delito continuado de apropiación indebida a los 65 acusados que utilizaron las tarjetas de Caja Madrid y Bankia entre los años 2003 y 2012.
El tribunal imponía condenas a los expresidentes, exconsejeros y exdirectivos que oscilaban entre los 3 meses y los 6 años de prisión. Las penas más elevadas son para los dos expresidentes de Caja Madrid y Bankia: el fallecido Miguel Blesa a 6 años y el exministro Rodrigo Rato a 4 años y 6 meses. La Audiencia les consideraba autores de un delito continuado de apropiación indebida.
De los 64 condenados, sólo cuatro exconsejeros de la caja, condenados a entre dos años y doce meses de cárcel, no interpuesieron recurso de casación, entre ellos el expresidente de la CEOE, Gerardo Díaz Ferrán. Tampoco el exsecretario de Estado de Hacienda, José Manuel Fernández Norniella, y los representantes del PP en la entidad bancaria, Mercedes Rojo y Ricardo Romero de Tejada.
El pasado 22 de mayo, el tribunal celebró la deliberación y votación de los escritos a puerta cerrada después de que ninguna de las partes solicitara una vista pública.
Muchas de las defensas que han recurrido ante el Supremo consideran que la sentencia de la Audiencia Nacional «no está lo suficientemente motivada en tanto que recoge los argumentos empleados por la Fiscalía Anticorrupción en su escrito de acusación sin abundar, a lo largo de sus 259 folios, en explicaciones».
Algunos condenados esperan que el Supremo opte por cambiar la calificación jurídica de los hechos y se modifique el delito continuado de apropiación indebida por el de administración desleal. Un supuesto al que aludían algunas acusaciones como la Confederación Intersindical de Crédito (CIC) o el propio grupo BFA-Bankia.
A parte de Blesa y Rato, el resto de los acusados eran condenados como colaboradores, salvo el caso del ex director General de Medios Ildelfonso Sánchez Barcoj, 2 años y 6 meses, a quien se le considera colaborador y cómplice de la operativa desarrollada que contribuyó a mermar el caudal de la entidad bancaria.
Los hechos probados de la sentencia
La sentencia de la Audiencia Nacional relataba cómo una vez que Miguel Blesa se colocó al frente de la entidad, por su condición de presidente recibió dos tarjetas de crédito, una de empresa para gastos de representación, y otra también corporativa que se atribuyó a sí mismo: “Al margen de sus retribuciones convenidas contractualmente, para dedicarla a atenciones netamente personales, en detrimento, con el uso que le dio del caudal de Caja Madrid”.
Los jueces describían las tarjetas de crédito entregadas, que tenían un límite máximo anual, con un tope mensual del que se informaba a los acusados en el momento de su entrega, aunque el Presidente Blesa podía modificarlo y además esos límites no eran coincidentes en todos los casos.
Según la sentencia, cuando Rodrigo Rato accedió a la presidencia de Bankia informado de las tarjetas en cuestión: “Mantuvo la misma dinámica en todos los aspectos ya expuestos, atribuyéndose una sin amparo en su paquete retributivo, evidenciando además por las condiciones de uso, lo que no le impidió el empleo que le dio contra el caudal de la entidad, el detrimento del mismo, junto al que sabía que se originaba con las que seguía operativas de la etapa de su predecesor en el cargo”.
Tanto a Rato como a Blesa, el tribunal les consideraba actores en tanto que ostentaban “ el dominio del hecho” y ellos mismos podían haber acordado “ el reverso de la decisión adoptada” es decir, suprimir esa operativa. A los demás acusados se les considera colaboradores, porque contribuyeron todos ellos a la merma del caudal de la entidad bancaria.
Anulada la condena contra Blesa
En agosto del pasado año, el Tribunal Supremo declaraba extinta la responsabilidad penal del que fuera presidente de Caja Madrid, Miguel Blesa, condenado a seis años de prisión por las ‘tarjetas black’ de la entidad, a consecuencia de su fallecimiento.
La Sala Segunda del Alto Tribunal formalizaba dicha medida, contemplada por la ley para todos aquellos casos en los que se produzca la defunción del condenado, incluso antes de que la sentencia se haya hecho firme, como sucedía con Blesa.
Según recoge la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LeCrim), la acción penal quedó extinguida el pasado 19 de julio, cuando el exbanquero fue encontrado muerto con un disparo en el pecho en una finca de Córdoba, momento en el que cayó de forma automática el efecto de su recurso ante el Tribunal Supremo.