Todos los sindicatos de Policía Nacional exigen la condena de Puigdemont y Junqueras por sedición

sueldo policía
Agentes de la Policía Nacional (EFE)
Carlos Cuesta

La Policía se ha cansado de esperar. Acaba de personarse como acusación particular para exigir la condena por delito de secesión de Puigdemont, Junqueras, Forcadell, Trapero, Sánchez (ANC) y Cuixart (Ominum Cultural), “sin perjuicio de otras personas que pudieran devenir responsables en la presente instrucción”.

La acusación la hacen agrupando a “todos los sindicatos de Policía Nacional: Sindicato Unificado de Policía (SUP), Confederación Española de Policía (CEP), Unión Federal de Policía (UFP), Sindicato Profesional de Policía (SPP), y Alternativa Sindical Policial (ASP)”.

La personación destaca que se trata de “sindicatos policiales que engloban al 90% de los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía, directamente afectados y perjudicados por los hechos que se relatan en la presente querella”: los acaecidos entre el 21 de septiembre y el 2 de octubre en Cataluña.

Entre los hechos narrados por los policías figura que el “27.09.2017 se celebra la Junta de Seguridad de Cataluña, donde el Secretario de Estado de Seguridad advierte y requiere a Carlos Puigdemont para que «suspenda» la votación del 1-O, dado el mandato judicial, y para que los Mossos de Esquadra cumplan la orden judicial y procedan al cierre de los colegios electorales para impedir la celebración de la votación” y que el “1 de octubre de 2017 los Mossos de Esquadra, incumpliendo lo ordenado por el Tribunal Superior de Justicia, permiten que los colegios electorales fueran “ocupados” por multitud de personas desde el viernes 29 de septiembre”.

La querella amplía y señala que “sobre las 8,00 de la mañana del 1 de octubre, ante la evidente desidia en el cumplimiento de las funciones encomendadas a los Mossos, la Guardia Civil y la Policía Nacional tienen que intervenir, intentando desalojar los colegios electorales. En dicho desalojo se produjeron diversos incidentes entre las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, al desobedecer y resistirse la multitud a cumplir el mandato judicial y policial. Dichos incidentes se producen como consecuencia directa de la dejación de funciones de la autoridad policial que debía impedir la ocupación de los colegios electorales, que eran los Mossos.

Por estos hechos se siguen, como mínimo, actuaciones judiciales en 23 juzgados de Instrucción en Cataluña”. La Policía no se olvida de que “en los diferentes hoteles donde se encontraban alojados los miembros de Policía Nacional y Guardia Civil trasladados a Cataluña, se comienza una campaña de hostigamiento contra ellos, siendo asediados, e incluso expulsados de algunos hoteles”. Todo ello, bajo el amparo de la flagrante desobediencia a mandato judicial y resistencia a agente de la autoridad”, que  “es manipulada por los querellados mediáticamente, bajo la apariencia del ejercicio de un derecho democrático de voto, cuando lo acontecido realmente es que se ha procedido a la celebración de un acto ilegal, el referéndum, y a la llamada a la desobediencia a miles de personas, provocando concentraciones que no tenían las autorizaciones administrativas pertinentes y cuya única finalidad era dificultar la actuación de Policía y Guardia Civil y alterar gravemente la paz pública y el orden constitucional”.

La querella aclara que todo ello encaja en el delito de sedición, art. 544 del Código Penal, donde se señala que “son reos de sedición los que, sin estar comprendidos en el delito de rebelión, se alcen pública y tumultuariamente para impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales, la aplicación de las Leyes o a cualquier autoridad, corporación oficial o funcionario público, el legítimo ejercicio de sus funciones o el cumplimiento de sus acuerdos, o de las resoluciones administrativas o judiciales”. La pena para estos delitos asciende a un máximo de quince años, “si fueran personas constituidas en autoridad”.

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