Tercera vía para la amnistía: reformar el delito de terrorismo y que Tsunami sea «desobediencia civil»
El Gobierno ve "margen" para alcanzar un acuerdo con Junts sobre la Ley de Amnistía
Tras el duro revés de Junts a Pedro Sánchez con el rechazo a la Ley de Amnistía, los negociadores disponen ahora de un nuevo plazo para alcanzar algún acuerdo. Las posiciones están encalladas, pero el Gobierno ve «margen para negociar». Los de Carles Puigdemont mantienen que la amnistía «no debe dejar a nadie fuera», pensando expresamente en las causas judiciales que cercan al separatismo, la de Tsunami y el conocido como caso Voloh, en el que se investigan los vínculos con el Kremlin. En el primer caso, la intención es desactivar las investigaciones del juez de la Audiencia Nacional Manuel García-Castellón, que ha vuelto a reafirmar su calificación de «terrorismo» en las acciones cometidas por Tsunami. Una de las vías «a explorar» en esta nueva negociación de la amnistía pasa incluso por la reforma del Código Penal para precisar el alcance de este delito, de forma que los disturbios promovidos por la plataforma separatista queden enmarcados en la «desobediencia civil», la «libertad de expresión» y el «derecho a la protesta».
Se trata de una posibilidad que ahora se tantea, con el fin de neutralizar una causa que afectaría al propio Puigdemont. La exclusión de parte del terrorismo en la Ley de Amnistía es, de hecho, la cuestión que más distancia a Junts y a Moncloa y alcanzar un «punto intermedio» es el objetivo de las conversaciones. En las filas de Junts, empero, no ven que la solución para alcanzar un acuerdo final pueda venir por este camino. No ven recorrido a una propuesta que, en cualquier caso, no ha sido puesta sobre la mesa de forma tácita por los socialistas.
La última versión de la Ley de Amnistía recoge que ésta se aplicará a los condenados por terrorismo, haya o no sentencia firme, con la excepción de aquellos hechos en los que «de forma manifiesta y con intención directa, hayan causado violaciones graves de derechos humanos, en particular, las previstas en el artículo 2 y 3 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos -relativos a delitos contra la vida y torturas- y de las Libertades Fundamentales, y en el derecho internacional humanitario».
Con esa redacción se pretendía blindar a los 12 miembros de los autodenominados Comités de Defensa de la República (CDR) y a los 12 procesados por los altercados violentos promovidos por Tsunami, entre ellos, Puigdemont y la líder de ERC, Marta Rovira.
Sin embargo, el juez ha apuntado estos días a una vía de escape, al señalar en un auto que las graves lesiones sufridas por dos policías en los violentos disturbios de Tsunami en Barcelona, en 2019, serían «incompatibles» con el Convenio de Protección de los Derechos Humanos, y quedarían amparadas por el artículo 2 expresamente excluido de la amnistía. Esta precisión del magistrado propició inquietud en el separatismo y la ruptura con el PSOE en la votación de la ley en el Congreso al considerar Junts que el texto no ofrecía suficiente blindaje a los encausados.
«Subvertir el orden constitucional»
García-Castellón, que ha acordado la prórroga de la instrucción durante seis meses, insiste además en que Tsunami Democràtic fue «una organización estructurada, jerarquizada y con vocación de permanencia (…) cuya finalidad esencial era subvertir el orden constitucional, desestabilizar económica y políticamente el Estado y alterar gravemente el orden público mediante la movilización social masiva». Objetivos que encajan en el delito de «terrorismo» tal y como lo describe el Código Penal.
Es por ello que sobre la mesa de negociación esté la posibilidad de reformar un delito cuya definición resulta «muy difusa y permite muchas interpretaciones», según ha señalado este miércoles Jaume Asens, negociador de Sumar para la amnistía y en estrecho contacto con Puigdemont.
El delito de terrorismo está recogido en el artículo 573 del Código Penal y se considera como tal «la comisión de cualquier delito grave contra la vida o la integridad física, la libertad, la integridad moral, la libertad e indemnidad sexuales, el patrimonio, los recursos naturales o el medio ambiente, la salud pública, de riesgo catastrófico, incendio, de falsedad documental, contra la Corona, de atentado y tenencia, tráfico y depósito de armas, municiones o explosivos, previstos en el presente Código, y el apoderamiento de aeronaves, buques u otros medios de transporte colectivo o de mercancías, cuando se llevaran a cabo con cualquiera de las siguientes finalidades:
- Subvertir el orden constitucional, o suprimir o desestabilizar gravemente el funcionamiento de las instituciones políticas o de las estructuras económicas o sociales del Estado, u obligar a los poderes públicos a realizar un acto o a abstenerse de hacerlo.
- Alterar gravemente la paz pública.
- Desestabilizar gravemente el funcionamiento de una organización internacional.
- Provocar un estado de terror en la población o en una parte de ella».
«Derecho de reunión»
Quienes defienden esta posible «solución» para desencallar la amnistía ven necesario precisar los «límites» del terrorismo en el Código Penal. Se amparan en organizaciones como Amnistía Internacional, que desde hace tiempo vienen reclamando una reforma para asegurar que el delito «no contiene definiciones excesivamente generales o imprecisas ni se rebasa la definición de actos terroristas formulada por el relator de la ONU».
Esta organización cita el caso Alsasua como ejemplo de que España «está aplicando una legislación que ha ampliado de forma desproporcionada los delitos de terrorismo» y enmarca en la «libertad de expresión» y el «derecho de reunión» algunos hechos que podrían ser calificados como tal.
Se trata, por ejemplo, de acciones que califican de «desobediencia civil pacífica» y que, sostienen, debe ser «protegida» por todas las instituciones del Estado. «Presentar cargos de terrorismo contra participantes en acciones de protestas pacíficas es una limitación indebida de la libertad de expresión y reunión», recogen en algunos de sus escritos.
Negociaciones
Junts, mientras, mantiene su posición de máximos, que pasa por excluir de la Ley de Amnistía cualquier referencia al terrorismo. En otras palabras, que todos los acusados o condenados por este delito queden amparados. Los de Puigdemont argumentan que, a lo largo del proceso separatista catalán, no se habrían producido hechos terroristas.
Este miércoles, aun con la resaca del golpe en el Congreso, Junts ha lanzado una nueva advertencia a Pedro Sánchez. «Incumplirá» el pacto de investidura si no blinda por completo a los independentistas que ahora están siendo investigados y que podría acabar inculpados por terrorismo o traición.
«Un no acuerdo en la Ley de Amnistía sacude los fundamentos del acuerdo de investidura. Si el PSOE no se mueve de aquí y no quiere una ley blindada, integral y de aplicación inmediata, no estará cumpliendo. Él sabrá. Sabía que no íbamos de farol», ha advertido el secretario general de la formación, Jordi Turull quien, no obstante, se ha mostrado confiado en que los socialistas «acabarán cediendo». La portavoz del partido en el Congreso, Míriam Nogueras, también ha destacado que el escenario que contemplan es que «la ley salga adelante».
Desde el Gobierno, ven «margen para negociar», según ha precisado este miércoles la vicepresidenta María Jesús Montero, quien ha destacado que «hay voluntad clara de diálogo por ambas partes». Montero se ha abierto a incorporar nuevas correcciones a la ley, al afirmar que «siempre hay condiciones para poder seguir incorporando cuestiones».