El Supremo condena al Gobierno por su reforma unilateral del acceso a la Abogacía y la Procura
Una sentencia desvelada por OKDIARIO demuestra una nueva chapuza legislativa del Gobierno de Pedro Sánchez
El Tribunal Supremo ha declarado nulo el Real Decreto que regulaba el acceso unificado a las profesiones de abogado y procurador, al detectar graves deficiencias en su proceso de elaboración. La sentencia que desvela OKDIARIO estima el recurso presentado por el Consejo General de Procuradores de España. El Supremo ha condenado al pago de las costas procesales del proceso al Ejecutivo de Pedro Sánchez con un límite máximo de 4.000 euros.
La Sala Tercera del Alto Tribunal considera que la norma adolece de importantes carencias en su tramitación, especialmente por la ausencia de un adecuado análisis del impacto sobre la competencia en la Memoria de Análisis de Impacto Normativo (MAIN). No se analiza el impacto sobre la competencia de este real decreto y también se obvia la consulta a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). Los magistrados subrayan que este análisis era especialmente necesario dado que el reglamento introducía una transformación fundamental en el sistema de acceso a ambas profesiones.
El Supremo en su condena al Ejecutivo también señala otros dos defectos significativos: la omisión del preceptivo informe del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y la falta del test de proporcionalidad exigido por la normativa europea.
La sentencia destaca que el reglamento anulado desarrollaba la Ley de 2021 por la que se modificó la Ley de 2006 sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales. Esa norma buscaba dar respuesta a un procedimiento de infracción abierto por la Comisión Europea contra España. La reforma pretendía unificar los requisitos de acceso para ambas profesiones, estableciendo una titulación, curso de capacitación y prueba de evaluación comunes.
La anulación afecta especialmente al régimen transitorio que regulaba el paso de procuradores a abogados y viceversa, un aspecto que, según el tribunal, requería un análisis detallado de su impacto en la competencia al establecer requisitos diferenciados para ambos colectivos.
La sentencia es especialmente crítica con la calidad técnica de la memoria que acompañaba al Real Decreto. Los magistrados señalan que ésta se limitaba a afirmar que «no se prevé un impacto susceptible de valoración económica de la nueva regulación», sin aportar ningún tipo de análisis o justificación. Esta falta de rigor técnico resulta «palmariamente insuficiente» para una reforma de tal calado, según el tribunal.
La Abogacía del Estado intentó defender la validez de la norma argumentando que el Anteproyecto de la Ley de 2021 ya había sido valorada por la CNMC en 2018. Sin embargo, el Supremo rechaza este argumento, señalando que «los informes elaborados para normas anteriores no pueden sustituir el informe específico requerido para el actual proyecto, salvo en casos de mera reproducción normativa».
La anulación del Real Decreto y condena del Supremo en costas afecta de manera directa a miles de profesionales del sector. Especialmente relevante es la situación de aquellos procuradores que ya habían iniciado los trámites para ejercer como abogados bajo el nuevo sistema, que ahora queda en suspenso hasta que se apruebe una nueva regulación. Hay que destacar que muchos procuradores con la digitalización ven reducidas sus funciones y optan por dar el salto a la Abogacía.
El Ministerio de Justicia, tras el batacazo impulsado por el Consejo General de Procuradores de España, deberá ahora elaborar un nuevo Real Decreto que subsane las deficiencias detectadas por el Supremo. Este nuevo texto deberá incluir un exhaustivo análisis de impacto sobre la competencia, contar con el informe preceptivo del Consejo General del Poder Judicial y someterse al test de proporcionalidad exigido por la normativa europea.
La condena del Supremo sigue la línea de jurisprudencia marcada por el propio tribunal en abril de 2024, cuando anuló el Real Decreto sobre aranceles de procuradores por deficiencias similares en su memoria económica. Los limitaba a 75.000 euros por asunto. Esta nueva condena al Gobierno envía un mensaje claro al Ejecutivo sobre la importancia de cumplir escrupulosamente con todos los requisitos procedimentales en la elaboración de normas que afectan a servicios profesionales regulados.
Otras chapuzas
La actividad legislativa del Gobierno de Pedro Sánchez ha estado marcada por varias polémicas relacionadas con errores técnicos y problemas de redacción que han generado inseguridad jurídica.
Por ejemplo, la Ley Montero o Ley del Sólo sí es sí. Provocó un efecto no deseado de rebajas masivas de penas a agresores sexuales. El error en la redacción de las horquillas penales obligó a una reforma urgente meses después de su entrada en vigor, tras más de mil reducciones de condenas.
También el Supremo anuló el Real Decreto de publicidad del juego, la Ley de Vivienda no ha conseguido una bajada de precios e incluyó referencias a un «índice de precios de referencia» que no existía o el reglamento de la Abogacía del Estado que también fue anulado por el Supremo.
Esta nueva condena del Supremo al Gobierno apuntan a un patrón de falta de rigor técnico en la elaboración normativa, que ha llevado a correcciones posteriores y ha generado inseguridad jurídica en múltiples sectores. Los expertos señalan que las prisas por aprobar determinadas leyes han afectado a su calidad técnica y han provocado efectos no deseados que podrían haberse evitado con una tramitación más pausada y rigurosa.