Ley de 'emergencia habitacional'

Proposición de ley a la carta de Pablo e Irene: Podemos quiere impedir los desahucios por impago

Proposición de ley a la carta de Pablo e Irene: Podemos quiere impedir los desahucios por impago
Irene Montero y Pablo Iglesias.
Luz Sela
  • Luz Sela
  • Periodista política. En OKDIARIO desde 2016. Cubriendo la información del Congreso de los Diputados. Licenciada en Periodismo por la Universidad de Santiago de Compostela. Antes, en COPE, ABC Punto Radio y Libertad Digital.

Al mismo tiempo en que Pablo Iglesias e Irene Montero ultimaban la compra de su vivienda, Podemos registraba en el Congreso una de sus últimas iniciativas: la proposición de ley de emergencia habitacional en familias vulnerables en el ámbito habitacional y de la pobreza energética. 

La proposición, calificada el pasado 3 de mayo, y pendiente de debate parlamentario, limita que un propietario pueda desahuciar a quien impaga la hipoteca y fija por ley el precio de los alquileres, con sanciones de hasta medio millón de euros, entre otras medidas.

La ley establece, por ejemplo, la obligación del propietario o prestatario de ofrecer alquiler social al demandado que no pueda hacer frente al pago de la vivienda «antes de interponer la demanda de ejecución hipotecaria, por impago de alquiler o por precario si el demandado está en situación de exclusión residencial».

Alquiler social

La cuantía de ese alquiler estará determinado por ley, de forma que «en
 ningún caso se podrá dedicar más del 30 % de los ingresos a la vivienda, incluyendo además los suministros básicos».

La proposición obliga también a los bancos-en tanto grandes tenedores-a ofrecer una alternativa habitacional «en viviendas del gran tenedor en el mismo municipio, y de características análogas a las de la residencia habitual si ésta ya no está en posesión del obligado o sus empresas filiales». El incumplimiento de la obligación de ofrecer un alquiler social implica sanciones de hasta medio millón de euros.

El partido propone además una moratoria de los lanzamientos hipotecarios hasta transcurrido un año desde la entrada en vigor de la ley.

También establece todo un embrollo burocrático para evitar los desalojos, de manera que estos «no menoscaben la protección establecida en el artículo 18 de la Constitución en relación con el derecho a una vivienda digna».  «En todo procedimiento, antes de ordenar cualquier lanzamiento de personas en inmuebles que constituyan su domicilio, el juez deberá dar audiencia a aquellas para, en su caso, autorizar o denegar la medida atendiendo a las circunstancias concurrentes y con ponderación de los intereses en conflicto», se explica.

Dación en pago

La proposición recoge nuevas medidas «contra el sobreendeudamiento» relacionadas con la vivienda, como la dación en pago, que podrá ser solicitada por el deudor, de forma que toda la deuda se considere liquidada.

«En este caso, el Tribunal dictará resolución autorizando la entrega y acordando la adjudicación del inmueble al ejecutante en pago del total de la deuda garantizada, extinguiéndose la misma junto con los intereses y costas», se determina.

El partido añade además que, si una vez subastados los bienes hipotecados,
«su producto fuera insuficiente para cubrir el crédito, el ejecutante podrá pedir el embargo por la cantidad que falte», pero «en el supuesto que el bien ejecutado sea la vivienda habitual del deudor, la deuda restante, incluyendo intereses y costas, se entenderá completamente saldada a todos los efectos, no pudiendo iniciarse reclamación posterior de ningún tipo». 

La iniciativa de Podemos modifica la actual Ley Hipotecaria en otros supuestos, de forma que, por ejemplo «en el supuesto de recaer sobre la vivienda habitual del deudor, y en todos aquellos casos en que se pacte expresamente, su responsabilidad quedará limitada exclusivamente al bien hipotecado». 

En este caso «la responsabilidad del deudor y la acción del acreedor, por virtud del préstamo hipotecario, quedarán limitadas al importe de los bienes hipotecados, y no alcanzarán a los demás bienes del patrimonio del deudor».

Los avalistas no pueden ser embargados

El partido quiere evitar además que se puedan embargar los bienes de avalistas, fiadores o «hipotecantes no deudores». 

En otro artículo, de «mejoras en el procedimiento de ejecución hipotecaria», se contempla que el desahuciado pueda «interponer recurso de revisión ante el Tribunal Supremo contra una resolución judicial firme, con arreglo a las normas procesales de cada orden jurisdiccional, cuando el Tribunal Europeo de Derechos Humanos o el Tribunal de Justicia de la Unión Europea hayan declarado que dicha resolución ha sido dictada en violación de alguno de los derechos reconocidos en el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y Libertades Fundamentales y sus Protocolos o de las Directivas comunitarias».

«Situación injusta»

Podemos argumenta que «en el ámbito legislativo, el Estado español tiene una normativa hipotecaria anómala en el panorama europeo, que sobreprotege a la parte acreedora frente a los prestatarios» y critica que el procedimiento de ejecución hipotecaria comporte «no sólo la pérdida de la vivienda habitual, sino también la posibilidad de que se embarguen los salarios y otros bienes presentes y futuros, del deudor hipotecario como de sus avalistas, subsistiendo parte de la deuda contraída».

«Dicha situación es insostenible y profundamente injusta», concluye el partido.

La formación recuerda que la Constitución «reconoce el derecho a una vivienda digna» y critica a los bancos que «prestando servicio de carácter privado, es decir, para lucro privativo, han sido beneficiarias de ingentes ayudas y subvenciones de carácter público sin contraprestación a los ciudadanos españoles».

Lo último en España

Últimas noticias