El podemita Rodríguez ganará a Batet en el Constitucional: la ponente ve «desmesurado» perder el escaño
María Luisa Balaguer, magistrada del Tribunal Constitucional encargada de redactar el borrador de la sentencia que se pronunciará sobre la decisión de Meritxell Batet de retirarle el escaño a Alberto Rodríguez, contempla amparar al ex diputado de Podemos, que perdió su acta en el Congreso tras ser condenado a un mes y medio de prisión por agredir a un policía en una manifestación en 2014. La juez considera que la decisión de la presidenta de la Cámara Baja fue «desmesurada», según fuentes judiciales. Pese a ello, las mismas fuentes aseguran que «esto no implica la concesión de la medida cautelar» que se resolverá en las próximas semanas.
La magistrada estimará en el borrador de la sentencia los argumentos esgrimidos por Alberto Rodríguez que alega en su recurso la falta de motivación de la presidenta de la Mesa a la hora de justificar la retirada del escaño. Cabe recordar que Batet adoptó esta decisión en contra del criterio de los propios letrados de la Cámara y de la mayoría de los miembros de la Mesa.
Asimismo, el también conocido como El rastas de Podemos aduce en su recurso que la pérdida de la condición de diputado implica una doble punibilidad, siendo una consecuencia desproporcionada derivada de la sanción penal. Es decir, la retirada del acta es, a juicio de Alberto Rodríguez, un castigo excesivo para una pena de prisión de un mes y medio de cárcel que fue sustituido por multa.
En definitiva, según fuentes judiciales, el texto que ya está preparando María Luisa Balaguer abogará por determinar que se vulneraron los derechos de Alberto Rodríguez fuera número tres de Podemos a permanecer en el ejercicio del cargo público, al haberse acordado su salida de la Cámara tras dictarse la sentencia por la que se le condenó a prisión, aunque esta se sustituyera por multa.
El texto elaborado por María Luisa Balaguer deberá someterse a votación en el Pleno del Tribunal Constitucional y, en caso de ser respaldado, deberá estipular qué sucede con las actuaciones de la Junta Electoral Central, que tras conocerse la decisión de Meritxell Batet sustituyó a Alberto Rodríguez y expidió una nueva credencial de diputada a Fátima González, siguiente en la lista electoral de la formación morada por la circunscripción de Santa Cruz de Tenerife. Ésta, no obstante, ni ninguna de sus compañeras, ha querido formalizar la recogida del acta.
Condena
Fue en octubre de 2021 cuando la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo condenó a Alberto Rodríguez a un mes y medio de prisión con la accesoria de la inhabilitación para el sufragio pasivo por propinar una patada a un policía durante una manifestación en la Laguna, en Tenerife, en el año 2014. No obstante, la sentencia dejaba claro que el entonces diputado no tenía que entrar en la cárcel. Así lo contempla el Código Penal para las penas inferiores a tres meses, en cuyo caso serán sustituidas bien por multa, bien por trabajos en beneficio de la comunidad.
Por ello, el fallo suscitó serias dudas sobre si Rodríguez debía dejar realmente su escaño. Mientras, magistrados del Tribunal Supremo sostenían que el político de Podemos debía perder su acta por la «innegibilidad sobrevenida» -al igual que le sucedió a Oriol Junqueras en el Europarlamento después de ser condenado por sedición en la causa del procés-, los letrados del Congreso opinaban que podía continuar en la Cámara Baja porque su condena le impedía presentarse a unas elecciones, pero que ello no implicaba “la inhabilitación respecto de cargos ya obtenidos”. Respecto a la aplicación del artículo 6.2 de la Ley Electoral, los letrados sostenían que, al haberse sustituido la pena de prisión por una multa ya pagada, ésta «no había llegado a nacer en ningún momento”, por lo que no concurriría la citada inelegibilidad sobrevenida.
Comenzaba entonces un rifirrafe jurídico que culminó con un intercambio de misivas entre el Congreso de los Diputados y el Tribunal Supremo, que finalmente zanjó el asunto con un escrito en el que señalaba que, entre sus funciones, no se incluía la de “asesorar a otros órganos constitucionales acerca de los términos de ejecución de una sentencia ya firme”, al tiempo que explicaba que la condena de inhabilitación era “obligada” en el caso de Alberto Rodríguez. Se insistía, además, en la necesidad de conocer la fecha del inicio de cumplimiento de la pena de 45 días de inhabilitación especial para el derecho al sufragio pasivo, pero en ningún momento se mencionaba la retirada expresa del escaño.
Según fuentes judiciales consultadas por este periódico, la ponente del tribunal de garantías apostará por que Batet adoptó una decisión «desmesurada» para una pena de prisión nominativa de un mes y medio pero que, a efectos prácticos, el Código Penal sustituye por una multa. De esta manera, entenderá que se ha restringido un derecho fundamental sin motivación jurídica.
Cautelar
Antes, el Tribunal Constitucional tendrá que pronunciarse sobre la medida cautelar solicitada por Rodríguez, que supondría la devolución inmediata del escaño mientras se resuelve el fondo del asunto. La Fiscalía ya se ha opuesto al respecto y fuentes judiciales aseguran que la ponente aún no ha tomado una decisión.
Uno de sus compañeros, el magistrado Cándido Conde Pumpido, no alberga dudas al respecto. Para este juez debería estimarse la medida cautelar y restituir al diputado de la formación morada en su cargo. Sin embargo, otras fuentes explican que «dicha decisión supondrían aplicar el amparo antes incluso de que exista una sentencia» y, por ende, de que se debata un asunto de gran complejidad.
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