El letrado mayor de Armengol rechaza retirar la Ley de Amnistía como pide el Senado
"El conflicto planteado es improcedente", sostienen los letrados del Congreso
Los letrados del Congreso rechazan la petición del Senado de retirar y anular la tramitación de la Ley de Amnistía. Han elaborado un informe que saldrá adelante y será aprobado este martes por la Mesa del Congreso.
El documento de los servicios jurídicos de la Cámara Baja responde al Senado y rechaza que la tramitación de la Ley de Amnistía en el Congreso haya sido errónea y defiende su procedimiento en esa cámara.
«El Congreso ha actuado en el ejercicio constitucional y reglamentario de sus atribuciones», aseguran los letrados en esta réplica a la Cámara alta y solicita a la Cámara Baja que desestime mañana por «improcedente» dicha petición que consideran una «injerencia».
El texto del requerimiento, impulsado por el PP en el Senado al tener mayoría absoluta, plantea que hubo «no sólo errores durante la tramitación de la Ley de Amnistía sino sobre todo que el Congreso tendría que haber tramitado la ley como una reforma constitucional y no como una ley orgánica».
«Es improcedente»
Los letrados del Congreso hacen alusión a «cuestiones procedimentales» y señalan, con varias sentencias del Tribunal Constitucional, la legitimidad y autonomía parlamentaria de cada cámara. Los juristas, a través de nueve puntos, recalcan en esta propuesta de acuerdo -que este martes votará la Mesa del Congreso y ante la que los partidos que integran este órgano pueden hacer alegaciones o aportaciones- que el conflicto planteado es «improcedente» por referirse a decisiones que no constituyen el objeto propio de un conflicto de atribuciones, sino que va ligado a una petición de inconstitucionalidad.
Recuerdan además que existe jurisprudencia del Tribunal Constitucional que señala que la iniciativa no podía tramitarse como reforma constitucional «porque por ese procedimiento únicamente pueden tramitarse iniciativas de reformas de preceptos particulares de la Constitución… y siempre sobre la base de una propuesta de texto constitucional alternativo al actualmente en vigor».
Los letrados precisan que a la Mesa del Congreso no le corresponde «efectuar un control de constitucionalidad» y no ven dudas sobre la tramitación de la proposición de ley orgánica en la Cámara Baja, ni en cuanto a plazos ni sobre los procedimiento en los debates.
Sobre las alegaciones que hace el Senado de «vicios formales de procedimiento» el informe jurídico censura que persigan una «clara injerencia» en el principio de autonomía parlamentaria y consideran que evidencian la «verdadera naturaleza» del conflicto de atribuciones que plantea el Senado, que es la de incidir en la inconstitucionalidad de la ley.
«No puede el Senado, bajo la apariencia de la defensa de sus atribuciones, intentar subvertir las legítimamente ejercidas por el Congreso en el marco del procedimiento legislativo. El planteamiento del conflicto supondría un artificio para evitar cumplir con su obligación constitucional y suplantar al Congreso en el ejercicio de sus atribuciones», sostienen los servicios jurídicos.
«El Congreso actuó correctamente»
También recalcan que la Mesa del Congreso no tiene función para paralizar ni retirar una ley tramitada ya que «no existe ningún cauce reglamentario» que lo permita, y «semejante pretensión implicaría reconocer una potestad exorbitante» a este órgano rector.
«El Congreso actuó correctamente, ejerciendo su propia competencia, en sus justos términos», recalcan los letrados, instando al Senado a «desistir» de este planteamiento y «dar cumplimiento al deber de tramitación de la iniciativa» que -no obstante- se encuentra ahora en fase de comisión en la Cámara Alta.
Y es que una vez que el Congreso rechace oficialmente el requerimiento del Senado esa cámara podría iniciar un conflicto entre órganos constitucionales ante el Tribunal Constitucional, que tomaría su primera decisión sobre la amnistía, aunque sería sobre cómo fue su tramitación.
En todo caso, los letrados del Congreso se reafirman en su informe inicial de noviembre que avaló la tramitación de la iniciativa legislativa alegando que las dudas de constitucionalidad que pudieran existir no eran tan «palmarias» como para vetarla ignorando el derecho de los parlamentarios a discutirla. En su opinión, declarar la inconstitucionalidad de una iniciativa no es labor de la Mesa del Congreso ni de su homóloga del Senado, sino del propio Tribunal Constitucional.
Tampoco aceptan el argumento del Senado de que debió tratarse como una reforma constitucional porque el Tribunal Constitucional exige que ese tipo de iniciativas deben contener un articulado alternativo a la Carta Magna, y no había tal.