REFORMA DEL CÓDIGO PENAL

Hacienda embarga 721 euros a una de las personas que rezaron frente a una clínica abortista

Ministros Pedro Sánchez
María Jesús Montero será la cuarta vicepresidenta del Gobierno.
Carlos Cuesta

La lucha del Gobierno contra las asociaciones que han pedido rezar frente a las clínicas abortistas va muy en serio. Hacienda ha embargado ya el importe de 721,20 euros a una de las personas que se concentró para rezar ante una clínica abortista. Según el expediente, por negarse a ser identificada por la Policía. Según la sancionada, se identificó en el propio acto y por eso ha podido ser multada. El cobro se ha hecho en apremio y se convierte en toda una advertencia para los miembros de grupos católicos que se han convocado ante estos centros.

La persona sobre la que se ha efectuado el embargo no ha empezado en estos momentos a acudir a las clínicas abortistas. Al revés, el embargo corresponde, de hecho, a una concentración efectuada en el año 2016. De hecho, los letrados de la Fundación Abogados Cristianos aseguran que el hecho está prescrito.

Para colmo, tal y como argumenta la mencionada fundación, la acusación inicial de concentración ilegal o incluso de ausencia de identificación fue rechazada por la Delegación del Gobierno en su momento, cuando era responsable de ese organismo Concepción Dancausa. Así, el escrito firmado por la entonces delegada del Gobierno señalaba que “de las actuaciones practicadas en la instrucción del expediente, ha podido acreditarse que, si bien en el acuerdo de iniciación se relataron correctamente los hechos, en el párrafo siguiente se tipificaron de manera incorrecta al transcribir sólo el final del artículo 36.6 de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de Protección de la Seguridad Ciudadana señalando que los hechos constitutivos de una infracción grave eran la negativa a identificarse a requerimiento de la autoridad o de sus agentes, cuando debió transcribirse el párrafo anterior […]”, donde se añade que es cuando los agentes actúan “en el ejercicio de sus funciones”.

Por ello, la Delegación del Gobierno procedió al “sobreseimiento del expediente”. Pese a lo cual, la afectada ha acabado siendo embargada.
Para colmo, los hechos del expediente señalan que los asistentes a la concentración de “25 personas”, según la directora de la clínica abortista, “lejos de obedecer a los requerimientos de los agentes de la autoridad, continuaron en su negativa de abandonar el lugar”, pero, precisamente por ello, se les obligó a desplazarse a la acera de enfrente “donde se procede a su identificación por el agente titular del carné profesional número XX.XXX”.

La cruzada contra los actos de oración ante las clínicas abortistas está en marcha. El Congreso, de hecho, tramita ya una reforma del Código Penal para intentar evitar rezar ante estas clínicas abortistas. Grupos católicos han pedido la oración ante estas clínicas y la respuesta oficial es intentar penalizar, bajo la figura de acoso, la decisión de rezar ante esos locales.
El objetivo es penalizar como acoso a las mujeres que acuden a clínicas para la interrupción voluntaria del embarazo los llamamientos de grupos católicos a rezar.

La propuesta de reforma del Código Penal pretende añadir un nuevo artículo, denominado como 172 quater. Un pequeño cambio que permitiría condenar con «pena de prisión de tres meses a un año o de trabajos en beneficio de la comunidad» a toda persona que «hostigue o coarte la libertad de una mujer que pretenda ejercer su derecho a la interrupción voluntaria del embarazo, promoviendo, favoreciendo, o participando en concentraciones en las proximidades de lugares habilitados para interrumpir embarazos, causando un menoscabo en la libertad o intimidad de esta».

El nuevo artículo incorpora un añadido más y regula que «atendidas la gravedad, las circunstancias personales del autor y las concurrentes en la realización del hecho, el tribunal podrá imponer, además, la prohibición de acudir a determinados lugares por tiempo de seis meses a tres años”. Ese apartado parece destinado a las organizaciones con capacidad de movilización en este tipo de actos de oración.

La exposición de motivos se ha adaptado, así, a unos llamamientos a la oración que están efectuando grupos católicos frente a los centros de aborto. El texto señala que «el acoso a los centros sanitarios donde las mujeres interrumpen voluntariamente los embarazos es una constante». Y añade que la nueva norma pretende «garantizar una zona de seguridad alrededor de los centros sanitarios», con el fin de que «quede garantizada la intimidad de las mujeres, su libertad y seguridad física y moral, y de este modo garantizar los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres”.

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